Periódico Oficial de Tlaxcala del 29/1/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 14
IV.

Periódico Oficial No. 5 Primera Sección, Enero 29 del 2020

El diagnostico, situación y detección jerarquizada de los problemas que determinan el desarrollo integral del municipio, conformado por datos socioeconómicos y sociodemográficos.

V.

Análisis estratégico FODA;

VI.

Alineación de los ejes rectores conforme a lo marcado al Plan Nacional y al Plan Estatal.

VII. Debe de contener los Ejes Rectores y Transversales que dirigirán las bases de las atribuciones del ejecutivo municipal, determinara la actividad económica, social, política, cultural y ambiental; con el propósito de consolidar la trasformación del municipio, alineado con lo estipulado por el programa Agenda 2030; y VIII. Los ejes rectores deberán estar conformados por objetivos específicos, estrategias, líneas de acción e indicadores, para establecer las metas programadas por la administración.
ARTÍCULO 57.
Requisitos a satisfacer referentes al programa Sectorial La Dirección de Planeación y Estrategia en coordinación con el área involucrada en emitir el programa sectorial, especificaran los objetivos y prioridades en el desempeño del programa, con lo cual deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I.

El diagnóstico: situación y detección jerarquizada de los problemas que determinan el desarrollo integral del municipio, conformado por datos socioeconómicos y sociodemográficos.

II.

Análisis estratégico FODA.

III.

Objetivos: Al enunciado o la razón de ser de una dependencia, entidad o unidad responsable, así como el beneficio que se pretende generar para la sociedad.

IV.

Estrategia: Fijar las bases para la integración y funcionamiento del Sistema Municipal de Planeación; y
V.

Metas: Establecer las normas y principios para llevar a cabo la planeación del desarrollo del Municipio, a fin de encauzar las actividades, y Señalar los fundamentos y las bases para coordinar y Fijar los mecanismos que permitan promover y garantizar la participación social en la elaboración, seguimiento y evaluación de los planes y programas a que se refiere el presente.

TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Reglamento Planeación para el Desarrollo Municipal en Municipio de Calpulalpan, Tlaxcala, entrará vigor al día siguiente de su publicación en Periódico Oficial del Gobierno del Estado Tlaxcala.

de el en el de
SEGUNDO.- Este Reglamento deberá difundirse a la ciudadanía a partir de su aprobación por el Ayuntamiento de Calpulalpan Tlaxcala.
TERCERO.- Todos los casos no previstos expresamente en el presente Reglamento serán resueltos por el Director del área de Planeación y Estrategia.
CUARTO.- Publíquese y Cúmplase.
Aprobado y expedido en la Sala de Cabildos del Ayuntamiento de Calpulalpan Tlaxcala, en la Vigésima Novena Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve.
Lic. Neptali Moisés Gutiérrez Juárez Presidente Municipal Constitucional Lic. Carina Flores Avelar Síndica Municipal C.P. Ismael Portilla Montalvo Primer Regidor

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 29/1/2020

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha29/01/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones575

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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