Periódico Oficial de Tlaxcala del 18/12/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Periódico Oficial No. 51 Primera Sección, Diciembre 18 del 2019
I.

Departamento Finanzas;

de
Administración
II.

Departamento de Cultura Promoción Deportiva; y
III.

Departamento de Desarrollo del Deporte.

Física
y
VI.

y
Artículo 17. El Instituto contará además con unidades administrativas que le sean autorizadas en su estructura orgánica, cuyas funciones y líneas de autoridad se establecerán en el manual de organización. Asimismo, se auxiliará de los servidores públicos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, en términos de la normatividad aplicable y del presupuesto de egresos autorizado.

CAPÍTULO VI
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
Y FINANZAS
Artículo 18. El Departamento de Administración y Finanzas, tendrá las facultades y obligaciones siguientes:

Página 5
Promover acciones de capacitación para la formación integral del personal tendientes a mejorar el desempeño del personal y brindar atención de calidad a los usuarios;

VII. Elaborar los proyectos de presupuestos que le correspondan y una vez aprobados, verificar su correcta y oportuna ejecución por parte de las unidades administrativas;
VIII. Asesorar técnicamente en asuntos de su competencia a las unidades administrativas;
IX.

Cumplir con los requerimientos administrativos que permitan recibir los recursos que sean transferidos mediante convenios que el instituto celebre con la Comisión Nacional de Cultura y Deporte;

X.

Proveer al Instituto de los recursos materiales, técnicos y económicos necesarios para la operación del mismo, vigilando su uso adecuado; y
XI.

Las demás que señalen el Consejo de Administración, el Director General y las disposiciones normativas aplicables.

I.

Acordar con el Director General el despacho de los asuntos a su cargo y los que le sean asignados;

II.

Elaborar y presentar ante las autoridades competentes los estados financieros del Instituto, previa autorización del Director General;

III.

Planear, dirigir, organizar, coordinar y presentar los resultados de las evaluaciones del desempeño personal;

I.

IV.

Vigilar y controlar que se cumplan las normas y disposiciones en materia de sistemas de registros de contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, adquisiciones, conservación, uso de los muebles e inmuebles del Instituto;

Acordar con el Director General el despacho de los asuntos a su cargo y los que le sean asignados;

II.

Desempeñar las comisiones que le encomiende el Director General y mantenerlo informado sobre su desarrollo y cumplimiento;

Dirigir programas y actividades de cultura física y deporte en el estado, para promover el acceso masivo de la población a la práctica sistemática de actividades físicas, recreativas y deportivas;

III.

Establecer metodologías y estrategias que fomentes la realización de actividades físicas, deportivas y recreativas de
V.

CAPÍTULO VII
DEPARTAMENTO DE CULTURA FÍSICA Y
PROMOCIÓN DEPORTIVA
Artículo 19. El Departamento de Cultura Física y Promoción Deportiva, tendrá las facultades y obligaciones siguientes:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 18/12/2019

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha18/12/2019

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones575

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031