Periódico Oficial de Tlaxcala del 29/1/2014 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Periódico Oficial No. 5 Segunda Sección, Enero 29 del 2014
recursos y generar ahorros, sin afectar las metas de los programas de gobierno.
Segundo: Del destino de los ahorros.- El importe del ahorro que se obtenga como resultado de la instrumentación de las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria, contenidas en los presentes Lineamientos, se destinará a los programas prioritarios del ejecutor del gasto que los genere, tales como: inversiones públicas; proyectos de inversión y desarrollo social; modernización administrativa y actualización tecnológica que contribuya a hacer más eficientes los servicios de gobierno; así como, para impulsar el programa de profesionalización, capacitación y protección a las prestaciones de seguridad social de los servidores públicos del Estado.

Capítulo Segundo Políticas generales del ejercicio del gasto público 2014
Quinto: Las Dependencias y Entidades se sujetarán a las políticas generales del ejercicio del presupuesto, siguientes:
I

Dependencias y Entidades: Las señaladas en la Ley Orgánica de la Administración Pública de Tlaxcala y la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala.

Secretaría: La Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

Oficialía Mayor: La Oficialía Mayor del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

Contraloría: La Contraloría del Ejecutivo del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

Acuerdo: El Acuerdo que establece las Políticas Generales del Ejercicio del Presupuesto, las Medidas de Mejora y Modernización, así como de Austeridad del Gasto Público de la Gestión Administrativa para el Ejercicio 2014.

Del ejercicio del presupuesto.- El ejercicio del gasto se efectuará con estricto apego a la Ley aplicable, a las normas establecidas, así como a las políticas generales del ejercicio del presupuesto, las medidas de mejora y modernización así como de austeridad del gasto público de la gestión administrativa para el ejercicio 2014.
El ejercicio del gasto se ajustará a las partidas y montos autorizados en el presupuesto anual calendarizado, salvo las adecuaciones que apruebe la Secretaría, ajustándose a la normatividad vigente.

Tercero: De los sujetos.- Son responsables de aplicar estos lineamientos, los titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado, así como los titulares de las áreas de Administración de las mismas.
Cuarto: Definiciones.- Para los efectos de interpretación de los presentes Lineamientos, se entenderá por:

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II

De los responsables.- Los titulares de las Dependencias y Entidades, así como los titulares de sus respectivas áreas administrativas, son responsables de la administración y ejercicio de su presupuesto, bajo la coordinación de la Secretaría.

III

Del techo presupuestario.- Al inicio del ejercicio 2014, la Secretaría dará a conocer, a cada Dependencia y Entidad, el techo presupuestal anual calendarizado, que les fue aprobado al que deberán sujetarseclasificado por capítulo, concepto y partida de gasto, así como fuente de financiamiento.

IV

De las adecuaciones presupuestarias.- Las adecuaciones presupuestarias serán aprobadas por la Secretaría, siempre y cuando:
a Estén debidamente justificadas.
b No afecten la operación, ni el cumplimiento de las metas institucionales.
c No impliquen incrementos al capítulo 1000, de servicios personales.
d En el caso de las Entidades, que cuenten con el visto bueno de su órgano de gobierno.

V

De la priorización del ejercicio del presupuesto.- En el ejercicio presupuestario,

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 29/1/2014 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha29/01/2014

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones495

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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