Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/8/2013 - Sección 2

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Página 2

Periódico Oficial No. 34 Segunda Sección, Agosto 21 del 2013

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Congreso del Estado Libre y Soberano.
Tlaxcala. Poder Legislativo.
MARIANO
GONZALEZ
ZARUR, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed:
Que por conducto de la Secretaría Parlamentaría del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente:
EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE
DEL PUEBLO DECRETA

DECRETO No. 185
ARTÍCULO ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45, 47 y 54 fracción II
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 5 fracción I, 7, 9 fracción II, y 10 letra A fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, SE REFORMAN: el artículo 1; las fracciones III y IV del artículo 2; el artículo 8 Ter; el artículo 9; el párrafo segundo del artículo 10; los párrafos primero y tercero del artículo 11; los párrafos primero y quinto del artículo 12; las fracciones II y III del artículo 14; artículos 15, 16; el párrafo último del artículo 17; los artículos 21, 23; el párrafo primero del artículo 24; las fracciones XI y XIV del artículo 25; la fracción V
del artículo 27; los artículos 28, 29; el artículo 30 y sus fracciones I y V de la letra A, y fracciones IV y VII de la letra C; los artículos 31, 32; las fracciones III y IV del artículo 33; las fracciones II y VIII del artículo 35; el artículo 36 y su fracción V; las fracciones I y II del artículo 38; el artículo 40 y sus fracciones I, III y V; la fracción I del artículo 40 Bis;
las fracciones III y IV del artículo 42; la fracción IV
del artículo 44; las fracciones I y VIII y se restablece la fracción VI del artículo 47; la fracción III del artículo 48; la fracción III del artículo 49; las fracciones I y II del artículo 50; el artículo 50 Bis; el artículo 50 Ter; el artículo 50 Quáter; el artículo 51;
la fracción VI del artículo 54; los artículos 61, 63, el párrafo segundo del artículo 64; 67; las fracciones I, X, XVI, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV
y XXVI del artículo 68; los párrafos segundo y
tercero del artículo 69; la fracción I del artículo 71;
las fracciones I, II, VI y X del artículo 72; el artículo 74; el artículo 79; las fracciones I y VI del artículo 80; los artículos 86, 87, 89, 90; las fracciones I y II
del artículo 91; el artículo 93; se restablecen las fracciones I y II del artículo 100; el párrafo segundo del artículo 104; la fracción III del artículo 106; la fracción II del artículo 107; el párrafo primero del artículo 108; los artículos 109, 110, 111, 113, 117;
las fracciones VIII, IX y XV del artículo 118; el artículo 120; SE ADICIONAN: las fracciones V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIII al artículo 2; el artículo 2 Bis, 2Ter, 3 Bis, 4 Bis, 4 Ter, 4 Quáter, 6
Bis, 6 Ter, 6 Quáter, un párrafo cuarto al artículo 11, los párrafos sexto y séptimo del artículo 12; un párrafo segundo al artículo 14; un párrafo segundo al artículo 15; un párrafo segundo al artículo 17, recorriéndose en su orden los subsecuentes; un párrafo segundo al artículo 23; los párrafos segundo y quinto al artículo 24; las fracciones XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXII al artículo 25;
las fracciones VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII al artículo 27; un párrafo segundo al artículo 28; las fracciones VIII, IX, X, XI, XII, XIII y XIV a la letra A, las fracciones VIII, IX, X y XI a la letra C del artículo 30; los párrafos segundo y tercero al artículo 32; un artículo 32 Bis; las fracciones IX y X al artículo 35; las fracciones VI, VII, VIII y IX al artículo 36; las fracciones VI, VII y VIII al artículo 40; las fracciones V, VI, VII, VIII y IX al artículo 42; los artículos 45 Bis, 45 Ter, 45 Quáter; las fracciones IX, X, XI, XII, XIII y XIV al artículo 47;
las fracciones IV, V y VI al artículo 48; las fracciones IV, V, VI, VII, VIII, IX y X al artículo 49; las fracciones III y IV al artículo 50; las fracciones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI y XVII al artículo 50 Bis; un párrafo segundo al artículo 50 Ter; las fracciones III, IV, V, VI y VII al artículo 50 Quáter; los artículos 50
Quinquies, 50 Sexies, 50 Septies y 50 Octies; un párrafo segundo al artículo 51; el artículo 52 Bis; las fracciones VII, VIII, IX, X y XI al artículo 54; un Capítulo Sexto denominado De los Administradores de Oficina al TÍTULO TERCERO con los artículos 60 Bis y 60 Ter; un párrafo segundo al artículo 63;
un artículo 64 Bis; los artículos 65 Bis y 65 Ter; un

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/8/2013 - Sección 2

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

PaísMéxico

Fecha21/08/2013

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones441

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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