Periódico Oficial de Tamaulipas del 9/12/2021 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 09 de diciembre de 2021

Página 3

ACUERDO GUBERNAMENTAL MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
TÍTULO PRIMERO
DEL ÁMBITO DE LA COMPETENCIA Y ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA
CAPÍTULO ÚNICO
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- La Secretaría de Obras Públicas, como dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones y facultades que expresamente le encomiendan la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y demás disposiciones legales aplicables, así como los reglamentos, decretos y acuerdos que emanen del Titular del Ejecutivo Estatal.
Las disposiciones de este Reglamento tienen por objeto establecer las bases de organización y funcionamiento interno, la administración, el ejercicio de atribuciones y el despacho de los asuntos que corresponden a las Unidades Administrativas que integran la Secretaría de Obras Públicas.
ARTÍCULO 2.- Para efectos de este Reglamento se entenderá por:
I.- Bitácora: El documento que sirve como instrumento de comunicación convencional entre la contratante y el contratista, en donde se anotarán los hechos señalados expresamente en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas para el Estado de Tamaulipas, así como todos aquellos asuntos que afecten el desarrollo de las obras públicas o de los servicios relacionados con las mismas;
II.- Comité: El Comité Técnico para la Contratación de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
III.- Contratista: La persona física o moral que celebre contratos de obras públicas o de servicios relacionados con las mismas;
IV.- Dependencias: Las señaladas en las fracciones I a XVII del numeral 1 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas;
V.- Dictamen Técnico Justificativo: El documento que propone, la necesidad de realizar las excepciones a la licitación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como convenios, suspensiones, modificación de monto y plazo de ejecución; los tipos de rescisión o terminación anticipada y, en general las causas extraordinarias que soporten las necesidades técnicas, que funden y motiven las circunstancias que originan en cada caso, deberán contar con la autorización del titular del área responsable de los trabajos;
VI.- Entidades: Las señaladas en numeral 3 del artículo 1 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas;
VII.- Estado: El Estado Libre y Soberano de Tamaulipas;
VIII.- Expediente Ejecutivo: El conjunto de documentos físicos y/o digitales que integran un proyecto u obra pública;
IX.- Expediente Técnico: El expediente que contiene el proyecto ejecutivo, licencias, y/o permisos de construcción, propiedad del predio o derechos de vía, catálogo de conceptos, términos de referencia, trabajos por ejecutar, necesarios para llevar a cabo el proceso de licitación o adjudicación, según sea el caso y que requiere revisión normativa de acuerdo a su rubro;
X.- Expediente Unitario: El documento conformado por archivos magnéticos y documentales, en el que se incluye toda la información y documentación comprobatoria del gasto relacionado con una obra pública o servicio relacionado con la misma, ejecutada a través de contrato o por administración directa;
XI.- Ley Estatal: La Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas para el Estado de Tamaulipas;
XII.- Ley Federal y Reglamento: La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento;
XIII.- Licitación: El procedimiento administrativo público o de invitación a cuando menos tres contratistas, a través del cual las dependencias o entidades eligen a la persona física o moral que deba celebrar un contrato de obra pública;
XIV.- Licitante: La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública o de invitación a cuando menos tres contratistas;
XV.- Padrón de Contratistas: El Padrón de Contratistas de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
XVI.- Presupuesto Base: La documentación que avala y soporta el estudio de mercado efectuado para valorar las obras o servicios relacionados que pretenda o contrate la Secretaría, el cual contiene presupuesto, análisis de precios unitarios, análisis de costos y cotizaciones de los principales insumos del proyecto;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 9/12/2021 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha09/12/2021

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones1057

Primera edición27/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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