Periódico Oficial de Sinaloa del 24/4/2020 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

4 EL ESTADO DE SINALOA

Viernes 24 de Abril de 2020

recaudación en materia del impuesto predial, en tratándose de fincas urbanas, por lo que es necesario realizar acciones para perfeccionar la colaboración administrativa en materia fiscal, a efecto de mejorar la eficiencia recaudadora e impulsar una mayor autonomía financiera del Estado y sus Municipios, mediante la colaboración en el cobro de este impuesto entre el Gobierno del Estado y el Municipio, ratificando la voluntad expresada con anterioridad y ampliándola para abarcar ahora el Impuesto Predial distinto del que refiere la fracción II, inciso a, del articulo 34, circunscrito a aquel que le transfiera el Municipio.
Que con motivo de esta reforma, se estima que el municipio fortalecerá sus ingresos no solo por concepto del flujo que generará un ingreso mayor, sino también por lo que se refiere a las participaciones federales que le corresponden de los fondos establecidos en las leyes de coordinación fiscal federal y estatal, en cuyo caso el beneficiario indirecto será, con toda seguridad, el Gobierno del Estado de Sinaloa y el Estado en su conjunto.
Que a efecto de que Gobierno del Estado coadyuve de manera más completa en la cobranza de este impuesto con el Municipio, las partes convienen en celebrar el presente Convenio conforme a las siguientes Declaraciones y Cláusulas:
DECLARACIONES
1.- DECLARA "EL ESTADO", POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES, QUE:
1. En términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación según los principios de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, y lo establecido por los artículos 1 y 3 de la Constitución Politica del Estado de Sinaloa y por los articulos 1, 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa.
2. Sus representantes, los CC. LIC. QUIRINO ORDÁZ COPPEL, LIC. GONZALO GÓMEZ
FLORES, ING. LUIS ALBERTO DE LA VEGA ARMENTA Y MTRO. GABRIEL JOSE
GARCIA COPPEL, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, Secretario General de Gobierno, Secretario de Administración y Finanzas y el Director General del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Sinaloa, respectivamente se encuentran facultados para suscribir el presente Convenio en términos de lo establecido en los artículos 65 fracción XXIII Bis y 69 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1, 2
3 y 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 7, 8, 15
fracciones l y II, 17 fracción X y LX; 18 fracciones XI, XII, XIII, XV, XLVI y LVIII; y, 36 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa, publicado en el periódico oficial El Estado de Sinaloa No. 001 de fecha 01 de enero de 2017, Edición Especial Uno; 10, fracción XX, del Reglamento Interior de la Secretaria General de Gobierno; 1; 9, fracciones I, III, XXIII, XXIX, XXXI, LVIII y LXXII; y, 10, fracción VI y XVIII, del

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 24/4/2020 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha24/04/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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