Periódico Oficial de Sinaloa del 20/3/2020 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

Viernes 20 de Marzo de 2020

EL ESTADO DE SINALOA 3

Derivado de lo anterior y por acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de designar al Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, como la instancia encargada de llevar a cabo la emisión de las Constancias de Antecedentes Penales en el Estado de Sinaloa, por ser esta dependencia quien tiene a su cargo la información contenida en el Sistema Estatal de Información para la Seguridad Pública, se considera procedente reformar el Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, adicionando la facultad de "instrumentar los conducente para asegurar la correcta expedición de Constancias de no Antecedentes Penales o de Antecedentes Penales, a la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia y al Centro Estatal de Información, quienes en forma conjunta realizarán las acciones necesarias para que este Secretariado Ejecutivo esté en condiciones de expedir las Constancias de Antecedentes Penales.
Que en mérito de las anteriores consideraciones y con fundamento en las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias citadas, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES AL REGLAMENTO DEL
SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA.
ARTICULO ÚNICO.- Se reforman las fracciones XXV del articulo 22, y XXIII del articulo 29, se adicionan la fracción XXVI recorriéndose en su orden la subsecuente al articulo 22, y la fracción XXIV recorriéndose en su orden la subsecuente al articulo 29 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, para quedar como sigue:
Articulo 22
I. a XXIV
XXV. Llevar el registro de los datos y firma autógrafa de los servidores públicos adscritos a los Centros Estatales y unidades administrativas del Secretariado Ejecutivo, desde el nombramiento de sus Titulares hasta el de los jefes de departamento y homólogos;
XXVI. Instrumentar en Coordinación con el Centro de Información lo conducente para asegurar la correcta expedición de constancias de antecedentes penales o de no antecedentes penales en su caso; y XXVII. Las demás que le atribuyan las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables o que expresamente le instruya el Secretario Ejecutivo.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 20/3/2020 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha20/03/2020

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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