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Periódico Oficial de Sinaloa del 4/3/2020 - 2da. Sección
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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección
Miércoles 04 de Marzo de 2020
2 EL ESTADO DE SINALOA
GOBIERNO DEL ESTADO
El Ciudadano LIC. QUIRINO ORDAZ COPPEL, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber Que por el H Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Tercera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente,
DECRETO NÚMERO: 325
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES
DE LA LEY DE SALUD DEL ESTADO DE SINALOA.
ARTÍCULO ÚNICO: Se reforma el artículo 99, párrafo primero. Se adicionan el Capítulo IV, denominado "Del Programa Estatal para la Prevención y Atención del Uso Nocivo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, al Título Cuarto; los artículos 73 Bis;
93 Bis; 93 Bis 1; 93 Bis 2; 93 Bis 3; 104 Bis; 174 Bis; y la fracción II Bis al artículo 312, todos de la Ley de Salud del Estado de Sinaloa, para quedar como sigue:
CAPÍTULO IV
DEL PROGRAMA ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN
DEL USO NOCIVO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y
DE LA COMUNICACIÓN
Artículo 73 Bis. La Secretaría de Salud en el ámbito de su competencia, se coordinará con las instituciones de educación y organismos de los sectores privado y social, para el diseño y ejecución dcl Programa Estatal.