Periódico Oficial de Sinaloa del 31/1/2020 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

EL ESTADO DE SINALOA 3

Viernes 31 de Enero de 2020

De igual manera, las disposiciones previstas en la ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, en los numerales 68 y 91, se establece que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública.
tiene a su cargo el Sistema Estatal de Información para la Seguridad Pública, el cual, entre otros. cuenta con el Sistema Único de Información Criminal, que comprende el Registro Administrativo de Detenciones.
el Registro de Información Penitenciaria, el Registro de Información de Justicia para Adolescentes, el Registro Estatal de Víctimas, y el Registro del Seguimiento de las Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional.
Asimismo, se estable que el Sistema Estatal de Información podrá incluir lo base de datos. su recepción y emisión que puedan ser utilizados para asuntos relacionados con lo protección civil, salud o cualesquier otro servicio público en beneficio de la comunidad.
Derivado de lo anterior, en pleno observancia o las disposiciones legales antes señalados y con motivo de la autonomía constitucional de la Fiscalía General, y la designación del Titular del Ejecutivo del Estado de Sinaloa, al Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública como la instancia encargada de llevar a cabo la emisión de constancias de antecedentes penales en el estado de Sinaloa, se considera procedente reformar el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, derogando la fracción VIII de su artículo 27, relativo a la facultad y obligación del Director General Jurídico de esta institución, de instrumentar lo conducente para asegurar la correcta expedición de registros o constancias de antecedentes o de no antecedentes penales.
En merito de las anteriores consideraciones, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL CUAL SE REFORMA EL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL
ESTADO DE SINALOA.
UNICO. - Se deroga la fracción VII del articulo 27 del Reglamento de la Ley Orgánico de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa. para quedar como sigue:
Artículo 27
- VII
VIII. Derogado.
IX - XVIII .
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su uicoción en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa".
Culiacán, Sin a a 27 de enero de 2020.
Sinaloa El Fiscal Gel al del Estado Dr. Juo DESPACHO DEL
C. FISCAL GENERAL

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 31/1/2020 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha31/01/2020

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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