Periódico Oficial de Sinaloa del 17/1/2020 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

2 EL ESTADO DE SINALOA

Viernes 17 de Enero de 2020

PODER EJECUTIVO FEDERAL - ESTATAL
INSTITUTO NACIONAL PARA El, FEDERALISMO Y El. DESARROLLO
MUNICIPAL

SEGOB

INAFED

r nv átenn n.

d5

SINALOA
GOBIERNO DEL ESTADO

CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE FEDERALISMO.
DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO MUNICIPAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE.
EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A
TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL PARA EL FEDERALISMO Y EL DESARROLLO
MUNICIPAL. REPRESENTADO POR EL COORDINADOR, EL C. RAFAEL JOSÉ CORTÉS
GÓMEZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INAFED"; Y POR LA OTRA
PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA, REPRESENTADO
POR EL C. QUIRINO ORDAZ COPPEL, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL C. GONZALO GÓMEZ FLORES, SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO, EL C. RICARDO MADRID PÉREZ, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Y EL C. FRANCISCO ANTONIO CASTAÑEDA VERDUZCO, DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO SINALOENSE DE DESARROLLO SOCIAL. A QUIENES EN LO SUCESIVO SE
LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO"; Y A QUIENES ACTUANDO
CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 40
que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa.
democrática, laica y federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior: unidos en una Federación establecida según los principios de la Ley fundamental.
En términos del artículo 33 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, la coordinación que se requiera a efecto de que éstos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por dichas instancks se planeen de manera conjunta, para lo cual se podrá considerar la participación que corresponda a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de Méxic!o.
El articulo 27, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que a la Secretaria de Gobernación le corresponde diseñar e instrumentar programas anuales, previo diagnóstico a los ayuntamientos, para la asesoría, capacitación y formación de sus integrantes, así corno de los funcionarios municipales, con el fin de contribuir a su profesionalización y al desarrollo institucional de los municipios.
A "EL INAFED" le corresponde, entre otras atribuciones, promover la realización de acciones para el fortalecimiento del federalismo entre las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como para el desarrollo y la colaboración 1
T

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 17/1/2020 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha17/01/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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