Periódico Oficial de Querétaro del 3/6/2020

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Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

Pág. 12274

PERIÓDICO OFICIAL

3 de junio de 2020

PODER EJECUTIVO
Francisco Domínguez Servién, Gobernador del Estado de Querétaro, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 22, fracción II de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 9 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y CONSIDERANDO
1. Que con la finalidad de cumplir el cometido del Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021, se crearon diversos Ejes Rectores, siendo uno de ellos el denominado Querétaro con Buen Gobierno. Este eje contiene las estrategias y líneas de acción tendientes a gobernar con vistas al desarrollo humano integral, teniendo en cuenta que es necesario que la administración pública estatal sea un facilitador efectivo y confiable. Este eje se enfoca en lograr el financiamiento para el desarrollo a través de una gestión pública eficiente, eficaz, transparente y austera. Las mencionadas líneas de acción se encuentran dentro de las estrategias que son numeradas como Estrategia V.1 Estabilidad de las finanzas del Estado; Estrategia V.2 Fortalecimiento de una gestión transparente y que rinda cuentas en el Estado de Querétaro, y Estrategia V.3 Fomento de la eficiencia gubernamental en el Estado de Querétaro.
2. Que en referencia a la Estrategia V. 3 que contempla el Eje Rector Querétaro con Buen Gobierno, se busca lograr que con una gestión pública eficaz, eficiente, transparente y austera se financie el desarrollo y éste se traduzca en mejor calidad de vida de la población queretana. Lo anterior a través del fomento de una gestión del desempeño orientada a resultados en las instancias de gobierno, del fortalecimiento de la capacidad financiera y operativa de los organismos del gobierno, promoviendo la mejora regulatoria en las instituciones de gobierno y actualizando el marco normativo.
3. Que en fecha 29 de diciembre de 1994 fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, el Reglamento del Registro Público de la Propiedad, mediante el cual se establece que esta es la institución mediante la cual el Estado proporciona el servicio de dar publicidad a los hechos y actos jurídicos que, conforme a la Ley o en razón de la voluntad de las partes así lo requieran para surtir efectos ante terceros, así como realizar los demás actos que por sus funciones le correspondan.
4. Que la idea del registro nace con la finalidad de simplificar la prueba de los derechos sobre bienes, normalmente compleja, de tal suerte que el propietario pueda exhibir un título fehaciente y con alto grado de certeza para efecto de protección, conservación y circulación del derecho, en todo ámbito jurídico, sea contractual, judicial o administrativo; razón por la cual el titular gozará de una situación de inmunidad frente a la interferencia o ataque de terceros, así como de facilitación en la circulación de los bienes, para efecto de evitar el riesgo de transferencias o cargas ocultas que paralizarían el comercio por falta de seguridad de la propiedad y de las cargas.1
5. Que se entiende por derecho registral al conjunto de principios y normas que regula la tutela de ciertas situaciones jurídicas subjetivas a través de un recurso de técnica jurídica consistente en la publicidad, organizada en forma institucional, que produce diversos y determinados efectos jurídicos sustantivos de derecho privado tales como el nacimiento, preferencia y oponibilidad de dichas situaciones jurídicas, con los fines de certeza y protección.2
6. Que el efecto de inscribir un acto o hecho jurídico en el Registro Público de la Propiedad es dar certeza y conocimiento público respecto de dicho acto o hecho y hacerlo oponible a terceros, es decir, es el medio por el cual un acuerdo privado celebrado entre dos personas puede generar una obligación de respeto y de reconocimiento por parte de terceros que no fueron parte de dicho trato.

1

Messineo, Francesco: Manual de Derecho Civil y Comercial, EJEA, Buenos Aires 1979, traducción de Santiago Sentís Melendo, t. III, p. 568.
GONZALEZ Barrón, Gunther Hernán, Bases fundamentales del derecho registral, Anuario Iberoamericano de Derecho Notarial. números 45. años 2015-2016, p. 124-125.
2

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 3/6/2020

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha03/06/2020

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

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