Periódico Oficial de Chiapas del 30/9/2020 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 30 de septiembre de 2020

Periódico Oficial No. 128 2a. Sección
del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha 26
de Agosto de 1981, misma que es aplicable de conformidad al artículo Décimo Transitorio del Decreto No. 173, por el que se expide la nueva Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha 18 de Febrero del 2020, se concede al C. JAIME ORTIZ
SURIANO, la Pensión por Vejez solicitada.
SEGUNDO: El importe mensual de ésta Pensión por Vejez, de acuerdo a la antigedad comprobada, en términos de lo dispuesto por los artículos 102 y 110 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha 26 de Agosto de 1981, misma que es aplicable de conformidad al artículo Décimo Transitorio del Decreto No. 173, por el que se expide la nueva Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha 18 de Febrero del 2020, será el equivalente al 80% del 100% del sueldo regulador mensual obtenido del promedio de la suma de los sueldos percibidos por el peticionario, durante los últimos 36
meses de trabajo, dividido entre 36, y que corresponde a $ 5,621.99 CINCO MIL SEISCIENTOS
VEINTIÚN PESOS 99/100 M.N., que percibe el C. JAIME ORTIZ SURIANO, por lo que ésta pensión quedará integrada de la siguiente manera:
SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA

$

2,563.48

COMPENSACIÓN POR SERVICIOS ESPECIALES

$

854.45

PREVISIÓN SOCIAL MÚLTIPLE

$

1,079.66

TOTAL REMUNERACIONES

$

4,497.59

CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 59/100 M.N.
TERCERO: En términos de lo dispuesto por el artículo 106, de la Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha 26 de Agosto de 1981, misma que es aplicable de conformidad al artículo Décimo Transitorio del Decreto No. 173, por el que se expide la nueva Ley del Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Chiapas, publicada con fecha 18 de Febrero del 2020; el monto de la pensión concedida aumentará, al mismo tiempo en que se incrementen los sueldos de los trabajadores de confianza.
CUARTO: Este beneficio surtirá sus efectos legales correspondientes a partir de su publicación en el Periódico Oficial.
QUINTO: Publíquese el Presente Acuerdo de Pensión por Vejez en el Periódico Oficial, en términos del artículo 13 fracciones III y V de la Ley Estatal del Periódico Oficial.
SEXTO: Notifíquese y cúmplase.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a los dieciocho días del mes de Agosto del año dos mil veinte.
RUTILIO ESCANDÓN CADENAS, GOBERNADOR DEL ESTADO.- ISMAEL BRITO MAZARIEGOS, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- JAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ, SECRETARIO DE
HACIENDA.- Rúbricas.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 30/9/2020 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha30/09/2020

Nro. de páginas140

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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