Periódico Oficial de Aguascalientes del 25/6/2018

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes

Junio 25 de 2018

PERIÓDICO OFICIAL

ATE NTAM E NTE .
LA MESA DIRECTIVA
Francisco Martínez Delgado, DIPUTADO PRESIDENTE.
Iván Alejandro Sánchez Nájera, DIPUTADO PRIMER SECRETARIO.
Ma. Estela Cortés Meléndez, DIPUTADA SEGUNDA SECRETARIA.
En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35 y 46 fracción I de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 21 de junio de 2018.- Martín Orozco Sandoval.Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Lic.
Ricardo Enrique Morán Faz.- Rúbrica.

GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
PODER LEGISLATIVO
ASUNTO: DECRETO NÚMERO 326
14 de junio del 2018.
C. C. P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.
PRESENTE.
Habitantes de Aguascalientes sabed:
La LXIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto Número 326
Minuta Constitucional ARTÍCULO PRIMERO.- Esta LXIII Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes en términos de lo previsto por el Artículo 135
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprueba el Proyecto de Decreto por el que se Reforma el Artículo Décimo Sexto Transitorio del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia Política-Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de Febrero de 2014, en la forma y términos propuestos por el Honorable Congreso de la Unión; y al tenor siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
CD-LXIII-III-1P-299
POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO TRANSITORIO DEL DECRETO
POR EL EQUE SE REFORMAN, ADICIONAN
Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA
POLÍTIA-ELECTORAL, PUBLICADO EN EL
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10
DE FEBRERO DE 2014.

Primera Sección
Pág. 3

Artículo Único.- Se reforma el actual segundo párrafo y se adiciona un segundo párrafo, pasando el actual segundo a ser tercero, al artículo Décimo Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS
PRIMERO.- a DÉCIMO QUINTO.-
DÉCIMO SEXTO.-
Una vez realizada la declaratoria a que se refiere el párrafo anterior, la Cámara de Senadores iniciara de forma inmediata el procedimiento previsto en el Apartado A del artículo 102 de esta Constitución para la designación del Fiscal General de la Republica. Si la Cámara de Senadores no estuviere reunida, la Comisión Permanente la convocara inmediatamente a sesión extraordinaria.
El Procurador General de la Republica que se encuentre en funciones al momento de expedirse la declaratoria a que se refiere el primer párrafo de este artículo, continuara en su encargo hasta en tanto el Senado designe al Fiscal General de la Republica.
DÉCIMO SÉPTIMO.- a VIGÉSIMO PRIMERO.
TRANSITORIO
Único. El presente Decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Para los efectos del Artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comuníquese al Congreso de la Unión o a la Comisión Permanente en su caso, para que haga el cómputo de los votos de las Legislaturas Locales y la Declaratoria correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO.- Remítase el presente Decreto al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, para los efectos de su debida publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
Dado en el Salón de Sesiones Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes, a los catorce días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
Por lo tanto, el Congreso ordena se imprima, publique y se le dé el debido cumplimiento.
Aguascalientes, Ags., a 14 de junio del año 2018.
ATE NTAM E NTE .
LA MESA DIRECTIVA
Francisco Martínez Delgado, DIPUTADO PRESIDENTE.
Iván Alejandro Sánchez Nájera, DIPUTADO PRIMER SECRETARIO.
Ma. Estela Cortés Meléndez, DIPUTADA SEGUNDA SECRETARIA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 25/6/2018

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes

PaísMéxico

Fecha25/06/2018

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones1339

Primera edición03/01/2000

Ultima edición28/08/2023

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