Periódico Oficial de Aguascalientes del 16/10/2017 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Octubre 16 de 2017

PERIÓDICO OFICIAL

Cuarta Sección
Pág. 3

Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Aguascalientes, bajo el Registro Número 40, fojas 381 del Libro número 1089 de la sección 1 del Municipio de Aguascalientes en fecha 07 de marzo de 1990, es por ello que administrativamente procede declararlo incorporado como Patrimonio y Propiedad del Gobierno del Estado de Aguascalientes y clasificarlo como bien Inmueble del dominio público por estar destinado al servicio de las Dependencias y/o Entidades del Ejecutivo; con los efectos y alcances jurídicos y/o administrativos a que se refieren los artículos señalados en la presente declaratoria.

AL NORTE: en treinta metros, con la calle Cuatro E;

5.- El inmueble objeto de la presente declaratoria, el cual debe ser considerado patrimonio y propiedad de Gobierno del Estado de Aguascalientes se encuentran los Talleres Gráficos del Gobierno del Estado ubicado en Ciudad Industrial de Aguascalientes, lote número diecinueve, de la manzana número seis, el cual tiene una superficie de TRES MIL UN
METROS, CINCUENTA CENTÍMETROS CUADRADOS, cuya titularidad se acredita con la escritura pública descrita en el considerando cuarto, en la que se consignó la compraventa a favor del Gobierno del Estado de Aguascalientes, con los siguientes
Compraventa, por la cantidad de $350000,000.00
TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES PESOS, 00/100 M.N.

ANTECEDENTES:
Por escritura pública de fecha catorce de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, pasada ante la fe del Lic. Jorge H. Reynoso Talamantes, notario público número siete de los del Estado de Aguascalientes, bajo el número DOS MIL TRESCIENTOS
CUARENTA, volumen dieciséis romano, de mi protocolo, la empresa ADEMES DE AGUASCALIENTES Sociedad Anónima de Capital Variable, representada por el señor Licenciado Armando Guel Serna, adquirió por Compra-Venta que le hizo a Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, en su carácter de Fiduciaria del Gobierno Federal en el Fideicomiso denominado Ciudad Industrial de Aguascalientes, representado por su Apoderado Especial, señor ingeniero Carlos Lozano de la Torre, el lote número diecinueve, de la manzana número seis de la Ciudad Industrial de Aguascalientes, el cual tiene una superficie de TRES MIL UN METROS, CINCUENTA CENTÍMETROS CUADRADOS. Todo lo cual consta en la escritura relacionada la cual está inscrita en el Registro Público de la Propiedad, el día seis de junio de mil novecientos ochenta y cinco, bajo el número seis, fojas treinta y tres del libro número seiscientos setenta y seis, de la sección primera del municipio de Aguascalientes.
INMUEBLE A DECLARAR:
La empresa ADEMES DE AGUASCALIENTES, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada por el señor Licenciado Armando Guel Serna, vende y el Gobierno del Estado de Aguascalientes, representado por el señor Pedro Rivas Cuellar, Tesorero General del Estado, compra, adquiere y recibe, el lote número diecinueve, de la manzana número seis, de la ciudad industrial de Aguascalientes, con una superficie de TRES MIL UN METROS, CINCUENTA
CENTÍMETROS CUADRADOS y las siguientes medidas y colindancias:

AL SUR: en treinta metros, con el Lote Siete de la manzana Seis;
AL ORIENTE: en noventa y nueve metros, setenta centímetros con el Lote Dieciocho, Manzana Seis;
Y AL PONIENTE: en cien metros, cuarenta centímetros, con el Lote Veinte de la VALOR DE TRANSACCIÓN:

6.- Dicho inmueble fue adquirido para albergar los bienes muebles y los servidores públicos que forman parte del Gobierno del Estado, siendo ocupado por la Oficialía Mayor del Estado de Aguascalientes, para ofrecer un servicio a la población hidrocálida en cumplimiento irrestricto del Estado Constitucional de Derecho, lo que satisface el destino de dominio público para el cual se encuentra afectado dicho inmueble. Por lo que esta Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, determina que el inmueble descrito en el considerando que precede, satisface los requisitos legales para Declararlo Patrimonio del Estado por ser de su propiedad, el cual fue adquirido de acuerdo al marco normativo vigente; y satisface las finalidades de servicio público para sujetarlo al régimen de dominio público en términos del artículo 7 fracción I, 8º fracción II y 10 fracción III de la Ley de Bienes del Estado de Aguascalientes.
7.- Que el inmueble materia de la presente, es apto para el servicio público, funciones y actividades propias de las Dependencias y Entidades del Gobierno del Estado de Aguascalientes, y conforme a las facultades de las que se encuentra investida esta Dependencia, es legalmente competente para formular la DECLARATORIA DE INCORPORACIÓN
AL PATRIMONIO DE GOBIERNO DEL ESTADO, ASÍ
COMO LA SUJECIÓN DEL MISMO AL RÉGIMEN
DE DOMINIO PÚBLICO, respecto de los bienes inmuebles como el que es materia de la presente, resultan indispensables para la prestación de los servicios públicos que al Gobierno del Estado de Aguascalientes corresponden; declaratoria que en este caso se emite respecto del inmueble cuya ubicación, superficie, medidas y colindancias se especifican en el Considerando Quinto de la presente declaratoria, y por consiguiente, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Bienes del Estado de Aguascalientes, Las Dependencias y Entidades del Ejecutivo, tendrán en el ámbito de sus respectivas competencias, las facultades para poseer, vigilar, conservar, administrar y controlar los bienes inmuebles del Gobierno del Estado.
8.- Cabe destacar que es propósito del Ejecutivo Estatal, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Bienes del Estado de Aguascalientes, que el patrimonio inmobiliario Estatal en posesión, vigilancia, conservación, administración y control de las Dependencias

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 16/10/2017 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha16/10/2017

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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