Periódico Oficial de Aguascalientes del 15/8/2016 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Bajo este contexto tales instrumentos de planeación demandan una actualización en razón de las necesidades básicas de una población atendiendo a su desarrollo económico, cultural y social, todo ello conlleva a la determinación de estrategias que vinculen prioridades, metas y objetivos, orientados a ese concepto generatriz de crecimiento armónico, integral y sustentable, evidenciando por tanto un compromiso de evaluación y evolución de los programas actualizándose continuamente.
SEXTO.- Que actualmente el crecimiento de la Ciudad de Aguascalientes se rige por el Programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Aguascalientes 2030, La Ciudad que queremos, publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha del 7 de enero del 2008, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio el 22 del mismo mes y año; documento que adquiere el carácter de norma general obligatoria para autoridades y particulares, de conformidad con el artículo 122 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes.
Este programa tiene como marco de referencia el Conteo Nacional de Población y Vivienda 2005 que indicaba que la Ciudad de Aguascalientes se extendía sobre una superficie de 11,260 hectáreas y que su población era de 663,671 habitantes, representando una densidad de población de 59 habitantes por hectárea.
El polígono de crecimiento enmarcado por el limite determinado en el Programa de Desarrollo Urbano 2030, se puede apreciar gráficamente en el plano de Zonificación Secundaria que es un anexo del citado Programa, en el que se aprecia la zona urbana consolidada y los usos del suelo que se han determinado para las zonas norte, sur, este y oeste de la ciudad. Del mismo plano se advierte que la capital del Estado ha crecido aceleradamente hacia el noroeste, oriente, sureste y sur, con densidades predominantes de tipo popular y de interés social, y para la zona poniente, cuyo desarrollo ha sido más lento, la zonificación secundaria contempla usos del suelo habitacionales de tipo medio, residencial y popular en menor proporción.
Dicho Programa cuenta con diversos anexos que indican gráficamente la zona urbana consolidada, así como las vialidades existentes y las vialidades propuestas para determinar el crecimiento de la ciudad a través de una estructuración vial adecuada, entre otros.
Es por lo anterior, que la dinámica de la ciudad misma requiere la adecuación normativa, el sustento legal y la certidumbre jurídica para un desarrollo urbano sustentable y equilibrado, por lo que se presenta el Programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Aguascalientes 2040
a efecto de satisfacer dichas necesidades.
SÉPTIMO.- El objetivo es generar un proceso continuo de planeación y gestión del desarrollo urbano que permita elevar las condiciones de habitabilidad, gobernanza, y equidad urbanas en el área de aplicación del PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DE LA ZONA
DE OJOCALIENTE, AGUASCALIENTES y aprovechar su potencial de desarrollo, logrando así, un territorio más equitativo, incluyente y transversal en oportunidades para sus habitantes, en el que la vinculación entre los elementos de la reproducción social estén en sinergia con el desarrollo de actividades económicas y productivas que detonen el desarrollo integral y productivo de dicha zona.
OCTAVO.- Que este H. Ayuntamiento, aprobó por unanimidad su Plan de Desarrollo Municipal, y le reconoció como un compromiso social que representa la obligación de responder
PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 68 y 71 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 3, 4, 16, 36 fracciones XLV, XLVI y XLVII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; 24 fracciones I, II y XXX y 51 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes; 6. 16, 71 fracción I y demás relativos y aplicables del Código Municipal de Aguascalientes, se acuerda de conformidad el PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DE LA ZONA DE OJOCALIENTE 2015-2035, DEL PROYECTO TERRITORIO DE GIGANTES, resolviendo PROCEDENTE dar seguimiento a la propuesta presentada por el Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes, ante el Honorable Cabildo del Municipio de Aguascalientes.
SEGUNDO.- Se instruye al Lic. Manuel Cortina Reynoso, Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno, realice los trámites necesarios para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, e inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
Lo anterior para el conocimiento de la ciudadanía. Dado en el salón de Cabildo por el Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Aguascalientes en la Sesión Ordinaria Abierta celebrada el día primero de agosto del año dos mil dieciséis.
Ing. Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, Presidente Municipal; Regidores, Sergio Lara Sánchez, José Reyna Muñoz. José Refugio Muñoz de Luna, Carmen Lucía Franco Ruiz Esparza, Ernesto Saúl Jiménez Colombo, Verónica Ramírez Luna, Jesús Alberto Rodríguez Flores, Federico Domínguez Ibarra, Norma Fabiola Aragón Leal, Arturo Fernandez Estrada, Edith Yuriana Reyes Pedroza, David Mendoza Vargas, Eric Berthaúd Reyes, Xóchitl Acenet Casillas Camacho, Síndico de Hacienda Ma. Del Refugio López Rodríguez, Síndico Procurador Rafael Ahmmed Franco Aguilar; Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno, Lic.
Manuel Cortina Reynoso.- Rúbricas.
Por lo que tiene el honor de comunicarlo, para su conocimiento y efectos legales conducentes. En tal ver, promulga y ordena se de publicidad para su debido cumplimiento al día 1 de Agosto de 2016, de conformidad con los artículos 77 y 107 fracción IX del Código Municipal de Aguascalientes, Lic. Manuel Cortina Reynoso. El Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno.- Rúbrica.

a las expectativas ciudadanas de un modo responsable y estratégico, pero también un deber con el que debe cumplirse con correspondencia de los altos valores que esto significa, obedeció además al trabajo directo de mujeres y hombres que se involucraron personalmente con el privilegio de representar los intereses colectivos bajo el noble encargo de atender las necesidades comunes de quienes vivimos en el Municipio de Aguascalientes, para establecer mecanismos que faciliten la organización de esta administración garantizando su desarrollo integral.
De conformidad con los motivos y fundamentos vertidos con anterioridad, se somete a la recta consideración de este H. Cuerpo Colegiado para su análisis, discusión y en su caso aprobación, los siguientes PUNTOS RESOLUTIVOS:

Agosto 15 de 2016
PERIÓDICO OFICIAL
Cuarta Sección Pág. 3

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 15/8/2016 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha15/08/2016

Nro. de páginas192

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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