Periódico Oficial de Aguascalientes del 15/8/2016 - Sección 4ta.

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PRIMERO.- Que el Municipio es una Institución jurídica política y social de carácter público, con autoridades propias funciones específicas y con libre administración de su hacienda con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuya finalidad consiste en organizar a una comunidad en la gestión de sus intereses, proteger y fomentar los valores de la convivencia local y prestar los servicios básicos que ésta requiera. Así mismo tiene la potestad para normar directa y libremente las materias de su competencia, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 66
de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, 2 y 3 de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes.
SEGUNDO.- En el artículo 115 fracción V inciso a, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 71 fracción I y IV de la Constitución Política para el Estado de Aguascalientes; así como de los artículos 36 fracción XLVII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; 24 fracción II del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes, otorgan la facultad para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo municipal, así como de autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia.
TERCERO.- Que el artículo 17 y 18 de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, en correlación con los artículos 11 y 12 del Código Municipal de Aguascalientes, establece que el H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Aguascalientes es un Órgano Colegiado encargado de establecer y definir las acciones, criterios y políticas con que deben manejarse los recursos y servicios del Municipio.
CUARTO.- Las acciones que se realicen en el Municipio, deberán ser congruentes con las disposiciones establecidas en los diversos ordenamientos aplicables, respetando en todo momento el principio de legalidad.
QUINTO.- Los Programas de Desarrollo Urbano son constituidos con fundamento en el concepto de la planeación urbana, por lo tanto proveen un marco de congruencia para el crecimiento armónico y ordenado de las ciudades; consecuentemente regulan el control urbano de un centro de población como instrumento técnico y jurídico.

Propiedad del Gobierno del Estado de Aguascalientes, se definiera la superficie total que implica el PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DE LA ZONA DE OJOCALIENTE 2015-2035.
IV. Mediante Oficio No. IVSOP/DG/1034/2016, el Ing. Miguel Ángel Godínez Antillón, Director General del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes, respondió a lo solicitado por el Secretario de Desarrollo Urbano en el Municipio.
V. En fecha 28 de los presentes, el M. en V. Ing. Cesar Enrique Peralta Plancarte, Secretario de Desarrollo Urbano, mediante Oficio No. SEDUM 5513/2016, remitió información solicitada en respuesta al oficio JAMDCMDC 206/2016.
En base a lo anterior, considero necesario hacer del conocimiento de éste Honorable Ayuntamiento, los razonamientos lógico-jurídicos que se exponen a continuación CONSIDER ANDOS:

Cuarta Sección PERIÓDICO OFICIAL

I. El pasado 25 de julio de 2016, el C. Ing. Miguel Ángel Godínez Antillón, en su carácter de Director General del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes, solicitó la revisión y en su caso aprobación del H. Cabildo del PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DE LA ZONA DE OJOCALIENTE 2015-2035, DEL PROYECTO TERRITORIO DE GIGANTES, mediante el oficio No. IVSOP/DG/1027/2016, en que se recibió un CD que contiene el PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DE LA
ZONA DE OJOCALIENTE 2015-2035.
II. El 28 de julio del presente año, solicité a la Secretaría de Desarrollo Urbano la información relativa respecto del PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DE LA ZONA
DE OJOCALIENTE 2015-2035.
III. En misma fecha, el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano, solicitó mediante Oficio No. SEDUM 5512/2016 al Director General del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la
JUAN ANTONIO MARTÍN DEL CAMPO MARTÍN DEL CAMPO, PRESIDENTE MUNICIPAL
DE AGUASCALIENTES, con fundamento en los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 y demás relativos y aplicables del Código Municipal de Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Aguascalientes hace saber que el Honorable Ayuntamiento Constitucional 2014-2016, tuvo a bien aprobar el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona Ojocaliente 2015 2035, del Proyecto Territorio de Gigantes, para quedar como sigue:
HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES
P R E S E N T E.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 68 y 71 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes;
3, 4, 16, 36 fracciones XLV, XLVI y XLVII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes;
24 fracciones I, II y XXX y 51 del Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda para el Estado de Aguascalientes; 6. 16, 71 fracción I y demás relativos y aplicables del Código Municipal de Aguascalientes, el C. Presidente Municipal de Aguascalientes; Ingeniero Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, tiene a bien someter ante la consideración de este Honorable Cuerpo Edilicio, el análisis, discusión y, en su caso, aprobación del PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DE LA ZONA DE OJOCALIENTE 2015-2035, DEL PROYECTO TERRITORIO DE GIGANTES, conforme a los siguientes ANTECEDENTES:

H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES

GOBIERNO DEL ESTADO

Pág. 2
Agosto 15 de 2016

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 15/8/2016 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha15/08/2016

Nro. de páginas192

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2016>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031