La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 1/11/2019

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 208 Viernes 1º de noviembre del 2019

CONTENIDO
PODER LEGISLATIVO

Pág N

Acuerdos 2
PODER EJECUTIVO
Decretos 3
Resoluciones 4
DOCUMENTOS VARIOS 6
PODER JUDICIAL
Reseñas 36
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos 36
Avisos 37
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 40
REGLAMENTOS 44
REMATES 47
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 49
RÉGIMEN MUNICIPAL 53
AVISOS 54
NOTIFICACIONES 70

PODER LEGISLATIVO
ACUERDOS
N 07-19-20
EL DIRECTORIO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
COMUNICA QUE:
En la sesión ordinaria N 068-2019, celebrada por el Directorio Legislativo el 24 de setiembre del 2019, artículo 21, se tomó el acuerdo que a continuación se transcribe:
Se acuerda: Con base en el criterio vertido por el Departamento de Asesoría Legal, mediante oficio AL-DALE-PRO-00319-2018, modificar los siguientes reglamentos institucionales, a fin de ajustarlos al contenido del voto de la Sala Constitucional 2015014056 del 4 de setiembre de 2015:
I.
II.Reglamento para el Trámite, el Pago y la Compensación de Horas Extra en la Asamblea Legislativa aDerogar los artículos 16, 17, 18 y 19, contenidos en el Capítulo V, en virtud de que, a la luz de las presentes modificaciones, estos no resultan aplicables.
b A fin de armonizar el resto del reglamento, se realizan los siguientes ajustes:
1. Modificar el título del reglamento, para que se lea:
Reglamento para el Trámite y el Pago de Horas Extra en la Asamblea Legislativa.

2. Modificar el inciso b del artículo 2, de la siguiente manera:
Artículo 2ºObjetivo. Este Reglamento tiene como objetivos:

b Definir la normativa interna para el trámite y pago de tiempo extraordinario en la Asamblea Legislativa.

3. Modificar el artículo 3 se elimina definición de Compensación con tiempo ordinario, y se reforma definición Reporte de horas extra, de la siguiente manera:
Artículo 3ºDefinición de conceptos. Para la autorización, el trámite, el control y el pago de tiempo extraordinario, deberán tenerse presentes las siguientes definiciones:
Boleta de autorización: documento mediante el cual las jefaturas plantearán a los funcionarios, la necesidad de laborar el tiempo extraordinario; deberá contener: el día, la fecha, el nombre del funcionario, el número de cédula, la especificación del trabajo que deberá realizar, el tipo de jornada por efectuar, la firma del funcionario y la del jefe que autoriza el trabajo.
Dicha boleta quedará archivada en el respectivo departamento, para efectos de control interno.
Boleta de control de giras: documento de uso interno de la Unidad de Transportes, en el cual el operador de equipo móvil completará el detalle del servicio realizado durante la gira y lo firmará bajo fe de juramento. Dicho documento deberá presentarse al final de cada gira y será cotejado por el jefe de la Unidad ante la solicitud de servicio de transporte, con el fin de que se hayan cumplido los horarios proyectados en esta, así como la firma del diputado o encargado de la gira para dar fe de que se efectúo el servicio.
Horas con valor de tiempo sencillo H-1: corresponden al pago adicional del valor hora; se reconoce pago durante las primeras ocho horas que el servidor labore los días domingo, feriados de pago obligatorio o días de descanso.
Horas con valor de tiempo y medio H-2: corresponden al pago adicional equivalente al valor de hora y media del salario. Se reconoce el pago de H-2 al servidor que labore después de la jornada diaria, que semanalmente debe laborar en forma ordinaria.
Horas con valor de tiempo doble H-3: corresponden al pago adicional equivalente al doble del valor de la hora de salario.
Se hace efectivo para pagar las horas que exceden del horario ordinario, cuando se labore durante los días domingo, feriados de pago obligatorio, días libres o de descanso.
Reporte de horas extra: documento que envía al Departamento de Recursos Humanos el departamento o la unidad donde el funcionario laboró el tiempo extraordinario. En este reporte, deberán consignarse la fecha, unidad o departamento donde se ejecutó el trabajo, el nombre del funcionario, número de cédula, el puesto que ocupa, el horario correspondiente a la jornada extraordinaria, especificado por día; la descripción del trabajo ejecutado, la indicación de si se trató de tiempo sencillo, tiempo y medio o doble, el período que abarca, la firma del funcionario y la del superior, quien dará fe del trabajo realizado, así como de las respectivas autorizaciones. Este documento no deberá contener alteraciones, borrones ni tachaduras, considerando que es el respaldo del tiempo extraordinario por reconocer y pagar por disfrute de tiempo ordinario.
SIRHAL: sistema informático cuya finalidad es automatizar, agilizar y controlar los distintos procesos que se realizan en el Departamento de Recursos Humanos.

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 1/11/2019

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha01/11/2019

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones5353

Primera edición01/01/2003

Ultima edición03/05/2024

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