Diario Oficial de la Unión Europea del 28/10/2019 - Sección Legislación

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

28.10.2019

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 274/1

I
Actos legislativos
DECISIONES
DECISIÓN UE 2019/1798 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 14 de octubre de 2019
por la que se nombra a la Fiscal General Europea de la Fiscalía Europea
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento UE 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea 1, y en particular su artículo 14, Vista la Decisión de Ejecución UE 2018/1696 del Consejo, de 13 de julio de 2018, relativa a las normas de funcionamiento del comité de selección previsto en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento UE 2017/1939 por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea 2, Vista la Decisión UE 2018/1275 del Consejo, de 18 de septiembre de 2018, por la que se nombran los miembros del comité de selección establecido en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento UE 2017/1939 3, Vista la propuesta de una lista restringida de candidatos elaborada por el comité de selección el 4 de febrero de 2019, de conformidad con lo dispuesto en la Decisión de Ejecución UE 2018/1696, para el nombramiento del Fiscal General Europeo de la Fiscalía Europea, Considerando lo siguiente:
1

La Fiscalía Europea fue creada por el Reglamento UE 2017/1939. La Comisión se encarga del establecimiento y el funcionamiento administrativo inicial de la Fiscalía Europea hasta que esta tenga capacidad para ejecutar su propio presupuesto.

2

El Fiscal General Europeo es el jefe de la Fiscalía Europea y organiza los trabajos de la Fiscalía Europea, dirige sus actividades y adopta decisiones de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UE 2017/1939 y en el reglamento interno de la Fiscalía Europea. El Colegio de la Fiscalía Europea está compuesto por el Fiscal General Europeo y un fiscal europeo por Estado miembro.

3

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 120, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento UE 2017/1939, la Fiscalía Europea asumirá las funciones de investigación y ejercicio de la acción penal que le otorga dicho Reglamento a partir de una fecha que se determinará mediante una decisión de la Comisión sobre una propuesta del Fiscal General Europeo una vez que se cree la Fiscalía Europea.

4

Por consiguiente, es necesario nombrar, de común acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo, al primer Fiscal General Europeo de la Fiscalía Europea.

5

El 19 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea un anuncio de vacante para el puesto de Fiscal General Europeo como agente temporal de grado AD 15 4.

1
2 3
4

DO L 283 de 31.10.2017, p. 1.
DO L 282 de 12.11.2018, p. 8.
DO L 238 de 21.9.2018, p. 92.
DO C 418 A de 19.11.2018, p. 1.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 28/10/2019 - Sección Legislación

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

PaísBélgica

Fecha28/10/2019

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones9749

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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