Diario Oficial de la Federación del 30/01/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

4

DIARIO OFICIAL

Martes 30 de enero de 2024

mediante la suscripción de un Convenio de Colaboración Administrativa, el cual deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2015.
I.4.-

El artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que en territorio nacional LA SECRETARÍA podrá autorizar unidades móviles u oficinas de enlace para la tramitación de pasaportes, su establecimiento se hará mediante convenios de colaboración administrativa.

I.5.-

De conformidad con el artículo 54, fracciones IX y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores corresponde a la Dirección General de Oficinas de Pasaportes, proponer al Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, la apertura, suspensión o cierre de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace, así como promover y coordinar el programa de desconcentración administrativa de los servicios que presta LA SECRETARÍA, a través del establecimiento de Oficinas de Pasaportes, que podrán auxiliarse de Oficinas Estatales o Municipales de Enlace, mediante la suscripción de convenios de colaboración administrativa.

I.6.-

Señala como domicilio legal el ubicado en Plaza Juárez número 20, Colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06010, Ciudad de México, el cual consigna para los fines y efectos legales del presente Convenio de Colaboración Administrativa.

II.

EL AYUNTAMIENTO DECLARA QUE:

II.1.- Es una entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II.2.- Mediante Sesión Solemne Número Seis del Ayuntamiento, de fecha 16 de septiembre del año 2021, quedo instalado el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puerto Peñasco, Sonora, periodo 2021-2024.
II.3.- De acuerdo a la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección de Ayuntamiento expedida por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Sonora, de fecha 10 de junio de 2021, el C. Jorge Ivan Pivac Carrillo es electo Presidente Municipal, habiendo tomado protesta el día 16 de septiembre de 2021, ante el H. Ayuntamiento en pleno, así mismo mediante Décima Octava Sesión Extraordinaria de Ayuntamiento celebrada el 16 de octubre de 2023, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puerto Peñasco, Sonora, en el punto 4, analizó y aprobó al Presidente Municipal y Síndica Municipal a suscribir el presente Convenio de Colaboración Administrativa.
II.4.- Se designa a la Oficina Municipal de Enlace en Puerto Peñasco, Sonora, a través de su Titular, como el área responsable, de vigilar y dar cumplimiento al presente Convenio de Colaboración Administrativa.
II.5.- Es su voluntad colaborar con LA SECRETARÍA, en el despacho de los asuntos que son de su competencia, en beneficio de los habitantes del Municipio de Puerto Peñasco, Sonora.
II.6.- Cuenta con los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para la operación de la Oficina Municipal de Enlace.
II.7.- Señala como domicilio legal para oír y recibir todo tipo de documentos y notificaciones, relacionados con el Convenio que nos ocupa en: Palacio Municipal de Puerto Peñasco, ubicado en Boulevard Benito Juárez S/N, Col. Benito Juárez, C.P. 83550, Puerto Peñasco, Sonora.
III.- LAS PARTES DECLARAN QUE:
III.1.- Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan, así como las facultades o atribuciones con las que cuentan para celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa.
III.2.- Tienen interés y es su voluntad celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa para contribuir a sus objetivos comunes.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 30/01/2024

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha30/01/2024

Nro. de páginas316

Nro. de ediciones3440

Primera edición01/01/2011

Ultima edición06/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031