Diario Oficial de la Federación del 30/01/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Martes 30 de enero de 2024

DIARIO OFICIAL

3

ANTECEDENTES
PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, LA SECRETARÍA realizará sus actividades de manera programada, tomando en cuenta los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y las políticas, prioridades y modalidades que para el logro de objetivos y metas dicte el Titular del Ejecutivo Federal.
SEGUNDO.- Que de conformidad con los artículos 2, fracciones IV y V y 4, de la Ley de Planeación, es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo, misma que tiene dentro de sus principios el de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; así como el fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional.
TERCERO.- Que el artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje establece que en territorio nacional, se podrán autorizar unidades móviles u oficinas de enlace para la tramitación de pasaportes, su establecimiento se hará mediante convenios de colaboración administrativa.
CUARTO.- En términos de lo dispuesto en el artículo 7 del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2015; EL AYUNTAMIENTO mediante oficio PM/894/2022 de fecha 14 de diciembre de 2022, envió a la Dirección General de Oficinas de Pasaportes la solicitud para el establecimiento de una Oficina Municipal de Enlace en Puerto Peñasco, Sonora, asimismo, a través de oficio PM/0066/2023 de fecha 01 de marzo de 2023, el Presidente Municipal de Puerto Peñasco, Sonora, remitió a la Dirección General de Oficinas de Pasaportes, la justificación correspondiente para su apertura, mediante el cual hizo hincapié de la necesidad de una oficina municipal de enlace obedeciendo a su densidad poblacional de aproximadamente 89,122
habitantes y a su ubicación geográfica, beneficiando a municipios cercanos y/o colindantes, lo que incrementa, por ende, la demanda ciudadana de los servicios que ofrece LA SECRETARÍA, así como la declaración a la que hace referencia el artículo 7 en su fracción II del citado Acuerdo.
Por lo anterior, previas las acciones de verificación mediante oficio DGP/24954/2023, de fecha 20 de septiembre de 2023, la Dirección General de Oficinas de Pasaportes envió a la Unidad de Administración y Finanzas el dictamen favorable, a fin de continuar con los trámites para obtener la autorización correspondiente para la apertura de una Oficina Municipal de Enlace en el Municipio de Puerto Peñasco, en el Estado de Sonora.
Que mediante el oficio SRE/UAF/04938/2023 de fecha 05 de octubre de 2023, la Unidad de Administración y Finanzas, informó a la Dirección General de Oficinas de Pasaportes la procedencia para la apertura de la Oficina Municipal de Enlace con sede en el Municipio de Puerto Peñasco, perteneciente al Estado de Sonora.
QUINTO.- EL AYUNTAMIENTO en este acto manifiesta que es su deseo brindar el apoyo necesario para el funcionamiento de la Oficina Municipal de Enlace con LA SECRETARÍA, por lo que LAS PARTES se encuentran dispuestas a suscribir el presente instrumento al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes:
DECLARACIONES
I.

LA SECRETARÍA DECLARA QUE:

I.1

Es una dependencia de la Administración Pública Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 2o. fracción I, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2.-

El artículo 15, fracción XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, establece que el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, tendrá la facultad de autorizar la apertura, suspensión o cierre de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace, a propuesta del Director General de Oficinas de Pasaportes, por lo que cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa.

I.3.-

Las Oficinas Municipales de Enlace con LA SECRETARÍA son oficinas administrativas que dependen económica y administrativamente de una Entidad Federativa o Municipio, según sea el caso, cuyo establecimiento y operación se autoriza por la Secretaría de Relaciones Exteriores,

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 30/01/2024

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha30/01/2024

Nro. de páginas316

Nro. de ediciones3422

Primera edición01/01/2011

Ultima edición13/05/2024

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