Diario Oficial El Peruano del 30/12/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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Institucional y sean servicios estrictamente temporales. Es decir, el locador deberá prestar servicios solamente en actividades eventuales, específicas, complementarias o suplementarias y no para cubrir trabajos de naturaleza permanente que pueden ser hechos por trabajadores con contrato sujeto a modalidad o a plazo indeterminado.
La adquisición de vestuario solo se realiza para los trabajadores que cuenten con contrato laboral a plazo indeterminado y plazo fijo, así como la condición de que ocupe una plaza aprobada y presupuestada en el Cuadro de Puestos vigente de EMSAPUNO S.A. La adquisición de vestuario para personal de proyectos se hará con cargo a sus respectivos presupuestos.
Solo procede la adquisición de bienes y equipos de capital, siempre y cuando se encuentren programados en el presupuesto de la empresa, salvo en casos de emergencia y debidamente sustentados por el área solicitante, previa aprobación de la Gerencia General.
Los viajes al exterior de directivos, ejecutivos y trabajadores de la empresa, con cargo a sus fondos, requieren autorización mediante acuerdo de Directorio, y deben estar orientados a los fines y propósitos de la empresa. El acuerdo de autorización es publicado en el Diario Oficial El Peruano. Los viajes autorizados deben realizarse en categoría económica.
Los rubros de mensajería, publicidad y organización de eventos se restringen a lo mínimo indispensable que guarde relación con el cumplimiento de los objetivos institucionales.
Reducción al mínimo indispensable en los gastos en materia de publicación de memorias institucionales, anuarios, revistas, calendarios y agendas.
Toda adquisición de bienes o servicios guardará relación estricta con el trámite de rigor establecido en el procedimiento respectivo, salvo situaciones de emergencia operativa y comercial. Quedan prohibidos los trámites vía regularización, con el fin de preservar el debido procedimiento administrativo.
La Gerencia de Administración y Finanzas conformará un fondo rotatorio para la adquisición de pasajes aéreos, con el fin de reducir los costos en este rubro.
Queda terminantemente prohibido otorgar habilitaciones de fondos a los trabajadores que tienen hasta tres 3 habilitaciones pendientes de rendición y queda establecido que el plazo para rendiciones es diez días hábiles luego de otorgada la habilitación. En caso el vínculo laboral con el trabajador fenezca, se descontará de su liquidación el monto pendiente de rendición; así como queda a salvo la ejecución de acciones judiciales para el cobro de los montos habilitados que no han sido rendidos.

Conducir procedimientos orientados a una adecuada racionalización de los recursos humanos, conforme a las necesidades del servicio que permitan el uso óptimo de la infraestructura y de los equipos, a fin de mejorar la calidad del servicio.
g. Reducción al mínimo indispensable en la asignación de equipos de telefonía móvil. La diferencia de consumo en la facturación es abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo conforme al procedimiento que se establezca. No se puede asignar más de un equipo por persona. A la Alta Dirección y Gerencias no les son aplicables la restricción de gasto en este servicio.
h. Los gastos con Caja Chica, deberán ceñirse estrictamente a gastos urgentes o de emergencia, y contar con la autorización del gerente o jefe de Oficina del área. Para tal fin la Gerencia de Administración y Finanzas dictará las normas específicas que regulen y restrinjan el gasto por este concepto.
i. Queda prohibido otorgar sumas de dinero con cargo al Presupuesto Institucional, por concepto de viáticos por comisión de servicios, capacitación, instrucción o similares, cuando éstos sean cubiertos por la entidad organizadora o auspiciante del evento, independientemente de la norma que regula la asignación de viáticos o conceptos similares, bajo responsabilidad de la Gerencia General y del funcionario que autoriza el viaje.
j. El otorgamiento de compensaciones por mutuo acuerdo, es concedido por la Gerencia General, de conformidad con los lineamientos establecidos en la directiva correspondiente, y contando con los créditos presupuestarios considerados en el Presupuesto Institucional del año 2020.
k. Los gastos autorizados expresamente por la Gerencia General, orientados a celebraciones de agasajos por fechas festivas, atenciones oficiales y celebraciones de interés empresarial se harán dentro del marco del uso racional y ejecutado a través de las áreas debidamente autorizadas.
l. Los gastos de asesorías y consultorías se limitarán a aquellos que estén establecidos por disposición legal y/o que sean estrictamente necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales; salvo excepciones que se sustenten en afectación grave a los intereses económicos y financieros de la empresa.
m. Con la finalidad de evitar sobrecostos y perjuicios económicos en los procesos administrativos o judiciales que afronta la empresa y en los cuales se prevé que no obtendrá beneficio alguno, la Gerencia General y la Oficina de Asesoría y Defensa Legal deberán propiciar las negociaciones y conciliaciones, según convenga a los intereses de la empresa.
n. Es obligatorio comunicar a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Empresarial los acuerdos, convenios, transacciones judiciales, extrajudiciales por asuntos tributarios, acciones civiles, penales etc., que como consecuencia irroguen desembolso extraordinario a la empresa, con la sustentación correspondiente, previa a la manifestación del compromiso de pago.
o. Toda adquisición de bines y servicios guardara relación estricta con el trámite de rigor establecido en el procedimiento respectivo, salvo situaciones de emergencia operativa.
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En materia de inversiones a
Las inversiones ejecutadas por la empresa deberán estar enmarcadas en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones dentro de esta, los proyectos de inversión y las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación. Para este efecto, la Unidad Formuladora como la Unidad Ejecutora de Inversiones deben observar los procedimientos que para este efecto ha emitido el Ministerio de Economía y Finanzas.
Las intervenciones de inversiones que ejecute la empresa deberán estar aprobadas y priorizadas dentro del Programa Multianual de Inversiones PMI 2019-2021, aprobada por el órgano resolutivo al cual corresponde la empresa.
Las inversiones deben programarse teniendo en cuenta la previsión de recursos para su ejecución y su adecuada operación y mantenimiento, mediante la aplicación del Ciclo de Inversión.
Previo al inicio de la ejecución de las inversiones, bajo cualquier modalidad de ejecución, debe contarse con el expediente técnico aprobado por Resolución de Gerencia General. La Unidad Ejecutora es encargada de controlar que la ejecución financiera de los proyectos no exceda el marco presupuestal aprobado en el Presupuesto Institucional.
Queda prohibido contratar personal, así como la ejecución de gastos orientados al desempeño de funciones permanentes y operativas, con cargo a recursos destinados al financiamiento de inversiones, bajo responsabilidad de quien lo ordene o permita.
La Unidad Formuladora, bajo responsabilidad, en trabajo coordinado con la Gerencia General, con la Gerencia de Operaciones, con la Gerencia Comercial y con la Gerencia de Administración y Finanzas debe elaborar los proyectos denominados IOARR necesarios para asegurar la óptima prestación de los servicios en tanto no se apruebe el proyecto integral financiado por el Ministerio de Vivienda en la ciudad de Puno, debiendo presentarlos en el primer mes del año 2020, para su aprobación y ejecución.

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
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DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD
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Directivas internas de racionalidad a.

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La Gerencia de Administración y Finanzas racionalizará la suscripción de diarios y revistas, así como la adquisición de textos, dando prioridad a la suscripción en formato digital de diarios oficiales, judiciales y textos indispensables para el manejo empresarial, considerando el mínimo de ejemplares necesarios.
Priorizar y determinar las acciones necesarias que permitan el cumplimiento de los objetivos y metas de EMSAPUNO S.A. al menor costo posible.
Los viajes dentro y fuera del país en comisión de servicios se racionalizan a lo estrictamente indispensable.
Se privilegiará la transmisión de documentos internos, así como, de normas legales a través de medios electrónicos.
Los gastos en combustibles, carburantes y lubricantes quedan restringidos exclusivamente a los servicios esenciales de funcionamiento de la empresa. Queda establecido que los vehículos permanecerán en las instalaciones de la empresa durante los días no laborables, salvo en el caso que en tales días sean asignados para el cumplimiento de actividades propias de EMSAPUNO
S.A. Cabe mencionar que, ningún miembro, sea funcionario o servidor podrá tener asignado más de un vehículo a su cargo, independientemente del nivel jerárquico que tenga.

CONVOCATORIA A LA JUNTA DE PROPIETARIOS ORDINARIA Y
EXTRAORDINARIA
De acuerdo a lo establecido en el Articulo Trigésimo Octavo del Reglamento Interno del Centro Comercial el Polo, se cita a todos los propietarios del Centro Comercial el Polo a Sesión Ordinaria y Extraordinaria, de acuerdo a los términos que se precisan a continuación:
SESION ORDINARIA DE JUNTA DE PROPIETARIOS:
1ra convocatoria :
2da convocatoria:

Sábado 11 de enero del 2020 a las 11:00 a.m Jueves 16 de enero del 2020 a las 3:00 p.m.

Agenda:
1. - Aprobación del estado de Ingreso y Egresos correspondientes al período 2019.
2. - Memoria anual de gestión de la directiva del período 2019.
3.- lncremento del monto en el pago de las cuotas de mantenimiento.
4.- Plan de Marketing para el periodo 2020.
5.- Propuesta de proyectos de Infraestructura para el 2020.
6.- Elección de los miembros de la Junta Directiva para el período 2020.
SESION EXTRAORDINARIA DE JUNTA DE PROPIETARIOS:
1ra convocatoria: Sábado 11 de enero del 2020 a las 12:00 m 2da convocatoria: Jueves 16 de enero del 2020 a las 4:00 p.m.
Agenda:
Propuesta de alquiler de área común en la zona B esquina avenida El Polo.

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El Directorio a través de la Gerencia General dictará las normas reglamentarias y complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación de la presente Directiva.
Las donaciones provenientes de instituciones nacionales o internacionales públicas o privadas, serán aprobadas conforme a las normas legales vigentes aplicables.
La empresa podrá adquirir vehículos, maquinaria y/o equipo para actividades operativas en los siguientes casos: i pérdida total del vehículo, maquinaria y/o equipo; o ii cuando resulte necesario reponer aquellos que hayan cumplido su vida útil; o iii cuando se encuentren inoperativos; o iv cuando el costo de mantenimiento resulte oneroso para la empresa; o v cuando su adquisición esté orientada a mejorar la calidad de los servicios en el marco del fortalecimiento de capacidades regulado por el Decreto Legislativo n. 1280, debiendo contar con fuente de financiamiento distinta a recursos directamente recaudados. En todos los casos se debe contar con el requerimiento, sustento y justificación correspondiente.
Todo compromiso que asuma la empresa debe contar con la asignación presupuestal correspondiente por lo que cualquier trámite de pago se aprobará con el Vº Bº de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Empresarial.
Se debe considerar que todo compromiso está supeditado al comportamiento de los ingresos por lo que los órganos y unidades orgánicas de la empresa deberán priorizar la utilización de los recursos asignados mediante sus actividades presupuestales.
La Gerencia de Administración y Finanzas, en base al informe del Órgano de Control Institucional, debe publicar dentro de los 10 primeros días calendario de finalizado cada trimestre, los resultados de la aplicación de las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestaria.
El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Directiva implica responsabilidad de los funcionarios y/o servidores responsables dando lugar a las sanciones administrativas establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo y normas supletorias.
El Órgano de Control Institucional, verificará el cumplimiento de las normas establecidas en la presente Directiva.

DISPOSICIÓN FINAL
Cualquier excepción a la presente Directiva se deberá solicitar debidamente sustentado al Directorio, la misma que previa evaluación dispondrá de ser el caso la autorización correspondiente.
031-1840694

AVISO DE CONVOCATORIA A
JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
EL AUTÓDROMO S.A.
Según lo acordado en Sesión de Directorio de fecha 20 de diciembre de 2019, se convoca a los accionistas de EL AUTÓDROMO S.A. a la Junta General de Accionistas a llevarse a cabo el día 9
de enero de 2020, a las 3:00 pm, en el local sito en calle Los Nogales 777, Dpto. 101-A, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, en primera convocatoria; y para el día 13 de enero de 2020, a las 3:00 p.m., en el local sito en calle Los Nogales 777, Dpto. 101-A, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, en segunda convocatoria, a fin de tratar los siguientes temas de agenda:
1. Informe del Gerente General sobre las ventas, compras y situación financiera de la empresa.
2. Ratificación o remoción del Gerente General y, de ser el caso, nombramiento de su reemplazante;
3. Evaluación de poderes otorgados por la sociedad y, de ser el caso, revocatoria y otorgamiento de poderes.
4. Otros asuntos de interés social.

EDICTO
La Oficina Registral San Borja del RENIEC
con fecha 18 de Octubre de 2019 ha recibido la solicitud presentada por JOYCE ELlZABETH
CULQUICONDOR IBARRA identificado con D.N.I. N 08869325, con Expediente N
2535-2019AM-ORSBORJ, solicitando la Rectificación del Acta de Nacimiento N 1000166354 Acta RENIEC inscrita ante la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad de Surquillo en el sentido que se ha consignado como nombre del padre: SANTOS JOSÉ CULQUICONDOR PANTA
siendo lo correcto: SANTOS CULQUICONDOR
PANTA. Asimismo el nombre de la madre dice:
CELIA ZOILA IBARRA GUADALUPE siendo lo correcto: CELIA IBARRA GUADALUPE.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con el artículo 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM.
San Borja, 18 de Octubre de 2019
CARLOS ORTIZ PADILLA
Jefe de Oficina Registral - San Borja Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 009-1840490-1

Lima, 23 de diciembre de 2019

LUGAR:
Ambas sesiones se realizarán en el Hotel Apart El Polo, Salón Hunt, ubicado el Centro Comercial El Polo - Block D- 202- 7mo. piso, Santiago de Surco.

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BOLETIN OFICIAL

Lima, lunes 30 de diciembre de 2019 I EL PERUANO

EL DIRECTORIO
002-1840984-1

Santiago de Surco, 30 de diciembre del 2019
JUNTA DE PROPIETARIOS CENTRO COMERCIAL EL POLO
CRlSLI S.A.
Representado por MARIA ADELE BENAVIDES MATARAZZO
DNI N 09139531
PRESIDENTA

CONVOCATORIA A ACREEDORES
Según el ar t. 88 de la Ley 21621, el Liquidador : CMR Operador Logístico E.I.R.L., convoca a los acreedores, dentro del plazo de 30 días contados a partir de la última publicación.
Lima, 23 de diciembre de 2019
Liquidador: Mario Henry Chumacero Garavito CMR OPERADOR LOGÍSTICO

075-1840890-1
002-1840773-1

002-1840417-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 30/12/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha30/12/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones2744

Primera edición01/01/2016

Ultima edición19/05/2024

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