Diario Oficial El Peruano del 30/11/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, sábado 30 de noviembre de 2019

AVISO DE REORGANIZACIÓN MÚLTIPLE
Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad
AVISO
NOTIFICACIÓN DE LEVANTAMIENTO DEL PLANO DE CONJUNTO DEL TERRITORIO DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS
EN LA REGIÓN LORETO; EN CONCORDANCIA A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N 468-2016-MINAGRI, LINEAMIENTOS
PARA EL DESLINDE Y TITULACIÓN DEL TERRITORIO DE COMUNIDADES CAMPESINAS.
SE HACE DE CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL, QUE SE PROCEDERÁ AL LEVANTAMIENTO DEL PLANO DE
CONJUNTO PARA EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DEL TERRITORIO DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS, CONFORME
SE DETALLA:
ID PROVINCIA

DISTRITO

1

LORETO

URARINAS NUEVO SAN JUAN

2

LORETO

URARINAS TRES FRONTERAS

3

LORETO

URARINAS NUEVO ANGORA

4

LORETO

URARINAS PANDORA

5

MAYNAS

ALTO
NANAY
ALTO
NANAY

COMUNIDAD

TIPO DE PROCESO

GEOREFERENCIACIÓN
CHAMBIRA R.D.292-1997-CTAR-DRA
Y AMPLIACIÓN
GEOREFERENCIACIÓN
TIGRILLO R.D.131-1997-CTAR-DRA
Y AMPLIACIÓN
GEOREFERENCIACIÓN
TIGRILLO R.D.121-1997-CTAR-DRA
Y AMPLIACIÓN
GEOREFERENCIACIÓN
TIGRILLO R.D.120-1997-CTAR-DRA
Y AMPLIACIÓN

SANTA MARIA

6

MAYNAS

7

MAYNAS

IQUITOS

8
9

MAYNAS
MAYNAS

IQUITOS
IQUITOS

RESOLUCIÓN DE
RECONOCIMIENTO

CUENCA

AMPLIACIÓN

LOS SEIS HERMANOS GEOREFERENCIACIÓN
DEL PINTUYACU
Y AMPLIACIÓN
MARAVILLARIO
TITULACIÓN
NANAY
TARAPOTO
AMPLIACIÓN
SAMITO
AMPLIACIÓN

NANAY

R.D.071-2003-GRL-DRA-L

NANAY

R.D.650-1997-CTAR-DRA

NANAY

R.D. N 232-2006-GRL-DRA-L

NANAY
NANAY

R.D.417-2016-GRL-DRA-L
R.D.069-2003-GRL-DRA-L

Por el presente medio y única vez, en cumplimiento del Artículo 5 de la Ley N 24657 se NOTIFICA a la mencionada Comunidad y a los propietarios de los predios colindantes para que se constituyan a la DILIGENCIA que la Dirección Regional Agraria Loreto practicará en los lugares y fecha que se comunicará mediante notificaciones personales Iquitos, 21 de noviembre del 2019
DIRECCION REGIONAL AGRARIA
REGION LORETO
Ing. RAFAEL PEZO GUIBIN
Director de la Dirección de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Agraria
029-1831839-1

PERÚ

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
Viceministerio de Turismo
NEWPORT CAPITAL SAC NC, GOLDEN GAMING SA GG, NEWPORT CAPITAL INMOBILIARIA
SAC NI e INMOBILIARIA FLAMENGO SA IF, al amparo del artículo 392º de la Ley General de Sociedades LGS y mediante las Juntas Generales de Accionistas de las sociedades indicadas, todas ellas celebradas el 28 de octubre 2019, acordaron aprobar el Proyecto de Reorganización Múltiple El Proyecto, en los siguientes términos:
1. NC escindirá al amparo del numeral 2 del artículo 367º de la LGS, un bloque patrimonial que será absorbido por NI y absorberá asimismo un bloque patrimonial que será escindido de NI, todo lo cual determinará que su Capital Social se reduzca en la suma de S/. 2254,542 Soles, mediante la amortización de 2254,542 acciones de un valor nominal de S/. 1.00 cada una, quedando finalmente en la suma de S/. 17745,458 Soles.
2. GG escindirá, al amparo del numeral 2 del artículo 367º de la LGS, dos bloques patrimoniales que serán absorbidos por IF y NI respectivamente, en virtud de lo cual su capital social se reducirá en la suma de S/. 6386,627 Soles mediante la amortización de 6386,627 acciones de un valor nominal de S/. 1.00 cada una, quedando fijado en la suma de S/. 2996,373 Soles.
3. IF absorberá uno de los bloques patrimoniales que será escindido por GG, constituido por acciones de propia emisión, a consecuencia de lo cual procederá al aumento e inmediata reducción de su capital social, mediante la amortización de 2269,610 acciones de valor nominal de S/. 1.00 cada una, luego de lo cual su capital social quedará fijado en la suma de S/. 702,050 Soles. De forma inmediatamente posterior, al amparo del numeral 2 del artículo 344 de la LGS, IF será absorbida en bloque y a título universal por NI, sociedad absorbente, por lo que como consecuencia de la fusión IF se extinguirá sin liquidarse.
4. NI segregará un bloque patrimonial que será absorbido por NC conforme a lo señalado en el punto 1, absorbiendo los bloques patrimoniales escindidos de NC y GG conforme a lo señalado en los puntos 1 y 2 que anteceden, de conformidad a lo previsto por el inciso 2 del artículo 367 de la LGS. Asimismo, NI absorberá en bloque y a título universal el patrimonio de IF, al amparo del numeral 2 del artículo 344 de la LGS, lo cual originará la extinción de la personalidad jurídica de IF. En virtud de todo lo anterior, el Capital Social de NI se reducirá en la suma de S/. 1926,391 Soles, mediante la amortización de 1926,391 acciones de un valor nominal de S/. 1.00 cada una, quedando finalmente fijada la cifra de su Capital Social en la suma de S/. 20083,609 Soles.
La fecha de entrada en vigencia del Proceso de Reorganización Múltiple, fue fijada en el Proyecto para el día 1 de noviembre del 2019.
Se publica el presente aviso, conforme a lo dispuesto en los artículos 43º, 355º, 380º y 392º de la LGS.
Lima, 13 de octubre del 2019
La Gerencia NEWPORT CAPITAL S.A.C
RUC 20513020792

Dirección General de Juegos de Casino y Máq. Tragamonedas
PERÚ

DIRECCIÓN GENERAL DE JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS

Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas Calle Uno Oeste N 050, Urb. Córpac San Isidro Lima
La Gerencia INMOBILIARIA FLAMENGO
S.A.
RUC 20101856373

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Transportes
Viceministerio de Transportes
Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres Año de la Lucha contra la Corrupción y la Impunidad
En observancia de lo previsto en el literal b del artículo 8 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N 009-2002-MINCETUR, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.2
del artículo 17 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N 006-2008-MINCETUR
y normas modificatorias, se pone en conocimiento de terceros interesados y de la colectividad en general, la siguiente infonnación:

Cualquier información con respecto a la empresa CASINOS DEL NORTE S.A.C. Adquirente, vinculada aI cumplimiento de la ley N 27153 y normas modificatorias, así como los Reglamentos aprobados mediante Decreto Supremo N 009-2002-MINCETUR y Decreto Supremo N
006-2008-MINCETUR y normas modificatorias, puede ser remitida a la siguiente dirección:

La Gerencia NEWPORT CAPITAL
IMOBIILIARIA S.A.C
RUC 20562793268

075-1827450-1

Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres
Mediante Expediente N 1264108-2019-MINCETUR, de fecha 28.06.2019, las empresas: SERVICIOS
3041 S.A.C. Transferente y CASINOS DEL NORTE S.A.C. Adquirente, presentan una solicitud de autorización expresa a favor de la empresa adquiriente, como consecuencia de la transferencia de la sala de juegos MOULIN ROUGE, del Restaurante Cinco Tenedores Turístico: MESA CRIOLLA
ubicada en la Av. Javier Prado Este N 5235, Urbanización Camacho, Distrito de La Molina, Provincia y Departamento de Lima.

La Gerencia GOLDEN GAMING S.A.
RUC 20145118493

HOJA DE NOTIFICACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con los artículos 20.1.3, 23.1.2, así como artículo 171º, artículo 248º, 255.3
del TUO de Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.
SE CUMPLE CON NOTIFICAR:
PERSONA
NATURAL Y/O
JURIDICA
CLEDER JEN
TRINIDAD
ROSAS
DNI Nº 46350541

Teléfono: 5136100 anexo 9000, 5136122

DIRECCION
REPORTADA

DOCUMENTO A
NOTIFICAR

Jr. Bolognesi S/N
Ambo Ambo
Huánuco, Jr. Aguilar Nº 627, Cent.
C.U. Huánuco, en la misma Agencia Crucero, distrito y provincia de Huánuco
Oficio Nº 1502019-MTC/22.02
I n fo r m e F i n a l de Instr ucción Nº 085-2019MTC/22.01

Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas
ASUNTO A NOTIFICAR

EXPEDIENTE

INFORME FINAL DE INSTRUCCIÓN Nº 085-2019-MTC/22.01, de fecha 7 de noviembre de 2019, emitido por la Dirección de Fiscalizaciones en Transportes. Al respecto, es preciso señalar que en el referido informe, la citada Dirección ha concluido que el sr.
CLEDER JEN TRINIDAD ROSAS ha incurrido en la infracción contenida en el numeral 32.3
del artículo 32º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Hoja de Ruta Nº I-168967-2019
copia EXPEDIENTE Nº 097-2019-DFISTMTC

XXX--1
075-1832050-1

COMUNICADO
La red de Salud de Chepén, comunica que de acuerdo a la Resolución Directoral Nº0325-2019/GRLL/GRS/
RSCH-DE. Emitida el 26 Noviembre del 2019.
SE RESUELVE:
Encargar la responsabilidad de remitir las ofertas de empleo a las instancias señaladas en el Decreto Supremo N 012-2004-TR y Resolución de Presidencia Ejecutiva N 107-2011-SERVIR/PE, cuando corresponda, al Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Red Salud Chepén EDGARDO DANIEL
VERTIZ HERNANDEZ. Red de Salud de Chepén Unidad Ejecutora N 404.
GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
GERENCIA REGIONAL DE SALUD
RED DE SALUD DE CHEPEN

Mediante el Texto Integrado del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 950-2019-MTC, cuyo artículo 146º señala que la Dirección de Sanciones en Transportes; órgano de línea de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Transportes, es la unidad orgánica encargada de la evaluación y ejecución de sanciones administrativas que resulten de las actividades provenientes de la fiscalización posterior en el marco de los procedimientos administrativos sancionadores iniciados por Dirección de Fiscalizaciones en Transportes como órgano instructor. Asimismo, cabe precisar que el administrado tiene el plazo de CINCO 05
días hábiles para presentar sus descargos, en el Jr. Zorritos Nº 1203, Cercado de Lima, Lima.
Encontrándose los expedientes señalados a disposición de los administrados para su estudio y expendio de copias.
005-1831549-1

M.C. Jorge TORRES DIAZ
DIRECTOR EJECUTIVO
071-1831608-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE UCAYALI
Se hace de conocimiento público que en el Marco del D.S. N 130-2001-EF, se está procediendo con el Saneamiento Físico Legal a favor del Estado Peruano representado por el Ministerio de Educación, de los siguientes bienes inmuebles:
Denominación del Inmueble
Ubicación del Inmueble Departamento /
Distrito Localidad Provincia
I.E.I. N 353

Ucayali / Coronel Portillo
I.E.P. N 64793

Ucayali / Coronel Portillo
Yarinacocha
Caserío Nueva Alejandria
Iparia
CCNN Dos de Mayo
Dra. Edu. Juana Tello Rios Director Regional de Educación
Área m2

Acto Registral
2,000m2

Inmatriculación
10,000m
2

Independización P.E N40000780

051-1831603-1

EDICTO

EDICTO

Ante la Oficina Registral San Borja del RENIEC, con fecha 01/08/2019, se ha presentado IVAN OBALLE
MARTINEZ, identificado con DNI N 09530753, con Exp. N 1782-2019, solicitando la rectificación administrativa de su acta de nacimiento, inscrito con el N 1012662923 ACTA RENIEC, en el extremo de corregir los nombres de los padres, que figuran como:
GASTON OBALLE MORANTE Y LUISA MARTINEZ
DE OBALLE, debiendo decir: GASTON GERARDO
OBALLE MORANTE Y LUISA MARTINEZ GANOZA
DE OBALLE.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con el artículo 73 del D.S. N 015-98-PCM.

Ante la OR LlMA RENIEC, STEVE ADOLFO ARANA
CAMARENA, mediante Exp. N 4251-2019-AMORLlMA, solicita la rectificación administrativa de su acta de nacimiento N 1002417430, en el sentido que se consignó erróneamente el nombre de la Madre del Titular, que dice: GINA MARIA CAMARENA DE
ARANA, debe decir: GINA MARIA CAMARENA
MERCADO DE ARANA.

San Borja, 26 de noviembre del año 2019
CARLOS ORTIZ PADILLA
Jefe e Oficina Registral - San Borja Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 002-1831470-1

Se efectúa la presente publicación en virtud al Artículo 73 del D.S. N 015-98-PCM.
Lima, 11 de noviembre del 2019
Mg. CARLOS ALCIBIADES CELSO LA TORRE CASTILLO
Jefe e de Oficina Registral - Cercado de Lima Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 002-1831487-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 30/11/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha30/11/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2747

Primera edición01/01/2016

Ultima edición06/06/2024

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