Diario Oficial El Peruano del 28/9/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

Firmado Digitalmente por:
EDITORA PERU
Fecha: 28/09/2019 04:29:25

Gerente de Publicaciones Oficiales:

SÁBADO 28

RICARDO MONTERO REYES

DE SEPTIEMBRE DE 2019
AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
11
11

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Clasificados
Provincias
16

15

Inscripción y Rectificación de Partidas Patrimonio Familiar Sucesión Intestada
AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, hace de conocimiento al público en general, la relación de obligados que no pudieron ser notificados en sus respectivos domicilios, por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso 20.1.3 del numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 17º y el literal d del artículo 33º del T.U.O. de la Ley N 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva; se resuelve TRABAR MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO DEFINITIVO EN FORMA DE RETENCION BANCARIA contra los siguientes obligados:
N 1
1.-

AUTORIDAD QUE NOTIFICA
OBLIGADO
DOCUMENTO
EL DOCUMENTO
EJECUTORÍA COACTIVA
LASANTA CENTRO DE
RUC 20101668615
- ILM
APOYO MÉDICO S.C.R.L.

EXPEDIENTE COACTIVO

RESOLUCIÓN
N

TIPO DE RESOLUCIÓN

FECHA DEL
DOCUMENTO

MULTA

MONTO DEL
EMBARGO

NRO DE CUENTA SUNAFIL EN
EL BANCO DE LA NACIÓN

EXPEDIENTE COACTIVO N
0753-2018-SUNAFIL/ILM-EC01

DOS

EMBARGO EN FORMA
DE RETENCIÓN

15/01/2019

259-2018-SUNAFIL/
ILM/SIRE3

S/ 21,830.38

0068337089

La medida cautelar de embargo definitivo en forma de retención bancaria recae sobre todos y cada uno de los derechos de créditos actuales y futuros, custodias, depósitos, fondos, retenciones, valores, acciones, acreencias sin excepción de ninguna clase, así como sobre todas y cada una de las cuentas corrientes, de crédito y otros rubros de captación, recaudación y títulos valores en general, que sean susceptibles de embargo de acuerdo al ordenamiento jurídico y legal vigentes procediendo conforme al último párrafo del numeral 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil, si fuera el caso, en forma individual o conjunta, extendiéndose la medida al ejecutado, sea cual fuera la denominación que utilice en sus operaciones comerciales bancarias y financieras, los mismos que se encuentran en poder de terceros, en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera pertenecientes a los obligados antes detallados, debiendo TRANSCRIBIRSE Y NOTIFICARSE a los Representantes Legales de las diferentes Entidades del Sector Financiero y Bancario de la capital y Representantes Legales de los Terceros notificados, a fin de que cumplan con poner a orden y disposición de esta Ejecutoría Coactiva las cantidades retenidas, subsistiendo la medida de embargo hasta que sea levantada por este Despacho en forma expresa, facultándose al Auxiliar Coactivo que da cuenta en los presentes, a efectuar la toma de dicho a los representantes legales de dichas Instituciones en el acto de la diligencia de notificación en el acto de la diligencia de notificación. Debiendo ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD de los terceros que resulten notificados, en caso de incurrir en las causales establecidas en los numerales 18.1, 18.2, 18.3, 18.4 y 18.5 del artículo 18 y el inciso d del segundo párrafo del artículo 33º del T.U.O. de la Ley N 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva.

El obligado podrá solicitar una copia del documento en las oficinas de SUNAFIL, ubicadas en Av. Salaverry 655 -2do piso - Jesús MaríaLima, consultando por el área de Ejecución Coactiva.
Para efectuar el pago total de su deuda, deberá solicitar la actualización correspondiente de la misma al teléfono 3902800 Anexo 2007 o escribir a coactivo@sunafil.gob.pe AREA RESPONSABLE: EJECUCIÓN COACTIVA

ANA MARIA RIVASPLATA SANTOLALLA
Ejecutor Coactivo Intendencia de Lima Metropolitana Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
005-1811559-1

EDICTO

NOTIFICACIÓN POR EDICTO
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, hace de conocimiento al público en general, la relación de resoluciones de ejecución coactiva que no pudieron ser notificados al presente obligado en su respectivo domicilio, por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso 20.1.3 del numeral 20.1 del artículo 20 del T.U.O. de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 17 y el literal d del artículo 33 del T.U.O. de la Ley N 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva; se resuelve notificar las siguientes resoluciones:

N

AUTORIDAD
QUE
NOTIFICA EL
DOCUMENTO

OBLIGADO

LASANTA
CENTRO DE
EJECUTORÍA
1 COACTIVA - ILM APOYO MÉDICO
S.C.R.L.

DOCUMENTO

EXPEDIENTE
COACTIVO

EXP. COACTIVO N
20101668615 00264-2018-SUNAFIL/
ILM-EC01

RESOLUCIÓN
N

TIPO DE
RESOLUCIÓN

TRES

EMBARGO EN
FORMA DE
RETENCION
A TERCERO MASTERCARD

FECHA DEL
DOCUMENTO

MULTA

12/12/2018

100-2018SUNAFIL/ILM/
SIRE2

MONTO DEL
EMBARGO

S/ 12,143.99

NRO DE CUENTA
SUNAFIL EN EL
BANCO DE LA
NACIÓN

0068337089

1.- La medida cautelar de embargo definitivo en forma de retención bancaria recae sobre todos y cada uno de los derechos de créditos actuales y futuros, custodias, depósitos, fondos, retenciones, valores, acciones, acreencias sin excepción de ninguna clase, así como sobre todas y cada una de las cuentas corrientes, de crédito y otros rubros de captación, recaudación y títulos valores en general, que sean susceptibles de embargo de acuerdo al ordenamiento jurídico y legal vigentes procediendo conforme al último párrafo del numeral 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil, si fuera el caso, en forma individual o conjunta, extendiéndose la medida al ejecutado, sea cual fuera la denominación que utilice en sus operaciones comerciales bancarias y financieras, los mismos que se encuentran en poder de terceros, en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera pertenecientes al obligado en mención, debiendo TRANSCRIBIRSE Y NOTIFICARSE AL
TERCERO PROCESOS DE MEDIO DE PAGO SAC en su domicilio fiscal ubicado en AV. JORGE CHÁVEZ Nº 275 INT. P7, MIRAFLORES para que cumpla con retener la suma antes señalada. Siendo obligaciones del retenedor conforme al art. 18 de la citada Ley: A Poner en conocimiento del Ejecutor Coactivo el monto de la retención en el plazo máximo de cinco 5 días hábiles de notificada la presente. B Sin perjuicio a lo anterior, el Auxiliar Coactivo está facultado a efectuar la toma de dicho para constatar la existencia o inexistencia de fondos. C Señalar en la comunicación el origen de la acreencia D Si el tercero niega la existencia de créditos y/o bienes, aun cuando estos existan o incumple la orden de retener y paga al obligado o a un designado por cuenta de aquel, estará obligado a pagar el monto que omitió retener, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar. E Mantener el embargo por el monto ordenado y retener hasta el momento de su entrega al Ejecutor Coactivo. En caso que no se cubra la totalidad del monto ordenado, la medida subsistirá y comprenderá nuevas acreencias o derechos sobre créditos u otras operaciones de propiedad del obligado. F Del monto total de la acreencia, retener y poner a disposición de la SUNAFIL, el equivalente al 100%; del total de la deuda. G Entregar el monto retenido en moneda nacional, mediante transferencia interbancaria a la Cuenta Corriente en Soles del Banco de la Nación N 0068-337089, Código de Cuenta Interbancario N 018-068-000068337089-74, a nombre de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL.
Debiendo ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD del tercero, en caso de incurrir en las causales establecidas en los numerales 18.1, 18.2, 18.3, 18.4 y 18.5 del artículo 18 y el inciso d del segundo párrafo del artículo 33º del T.U.O. de la Ley N 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva.
El obligado podrá solicitar una copia del documento en las oficinas de SUNAFIL, ubicada en Av. Salaverry 655 -2do piso - Jesús MaríaLima, consultando por el área de Ejecución Coactiva.
Para efectuar el pago total de su deuda, deberá solicitar la actualización correspondiente de la misma al teléfono 3902800 Anexo 2007 o escribir a coactivo@sunafil.gob.pe AREA RESPONSABLE: EJECUCIÓN COACTIVA.
005-1811570-1

ANA MARIA RIVASPLATA SANTOLALLA - Ejecutor Coactivo Intendencia de Lima Metropolitana - Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
Ante la Oficina Registral San Borja del Reniec, con fecha 02 de agosto del año 2019, se ha presentado donña JAVIER EMILIO
RAMIREZ INGUNZA, identificado con DNI No.
06587612, Exp. No. 1794-2019, solicitando la rectificación administrativa del acta de matrimonio No. 1010470578 ACTA RENIEC
de LUIS ALBERTO JIMENEZ MANRIQUE
Y MARIA JESUS CUBILLAS CAJALEON, en el extremo de corregir el nombre de la contrayente, debiendo decir: MARIA JESÚS
CUBILLAS CAJALEON.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con el artículo 73 del D.S. No. 015-98PCM.
San Borja, 11 de setiembre del año 2019
CARLOS ORTIZ PADILLA
Jefe e Oficina Registral - San Borja Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 002-1811259-1

EDICTO
La Oficina Registral San Borja del RENIEC con fecha 17 de setiembre de 2019 ha recibido la solicitud presentada por MARITZA ISABEL
VEGA VILCALURI identificada con D.N.I. N
42792767 con Expediente N 2217-2019AMORSBORJ, solicitando la Rectificación del Acta de Defunción N 5000383977 inscrita ante la Oficina Registral Jesus Maria la cual corresponde a FELlX VEGA NAPAN en el extremo que el nombre del fallecido debe quedar consignado como: FELlX ANTONIO
VEGA NAPÁN.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con el artículo 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM.
San Borja, 17 de setiembre de 2019
CARLOS ORTIZ PADILLA
Jefe de Oficina Registral - San Borja Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 002-1811591-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 28/9/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha28/09/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2743

Primera edición01/01/2016

Ultima edición15/05/2024

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