Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/9/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4
APLICACIÓN

338.226.09

APLICACIÓN

2311.479.00

B.O.P. DE CADIZ NUM. 184
DISMINUCIONES

DENOMINACIÓN

Gastos diversos festejos populares TOTAL

AUMENTO

DENOMINACIÓN

Fondo Emergencia empresarial COVID-19
TOTAL

IMPORTE €

75.000,00
75.000,00

IMPORTE €

75.000,00

75.000,00

Contra la aprobación definitiva los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación de la modificación presupuestaria.

Villamartín, a 09/09/2020. El Alcalde. Fdo. Juan Luis Morales Gallardo.
Nº 49.891


AYUNTAMIENTO DE VILLAMARTIN
EDICTO

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 30 de julio de 2020, sobre el expediente de modificación de créditos nº 5/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario para amortizar deuda, financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido:
APLICACIÓN
011 91300

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
DESCRIPCION
AMORTIZACION DE PRESTAMOS

IMPORTE
211.726,77

Contra la aprobación definitiva los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación de la modificación presupuestaria.

En Villamartín, a 09/09/2020. El Alcalde. Fdo. Juan Luis Morales Gallardo.
Nº 49.898


AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
DECRETO DE LA ALCALDÍA

En la ciudad de Algeciras, a la fecha de la firma del presente documento.

De conformidad con las atribuciones que me confiere el articulo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Comprobada la necesidad de adoptar cuantas medidas de carácter administrativo agilicen la tramitación de los expedientes relacionados con la movilidad urbana, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de Régimen Juridico del Sector Publico y 43 del Reglamento de Organización, Funcionamieno y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
HE RESUELTO

PRIMERO.- Delegar en D. Francisco Javier Rodríguez Ros, Teniente de Alcalde Delegado de Contratación, Movilidad Urbana, Deportes, Protección Civil, Servicio contra Incendios, la competencia para resolver los decretos de los expedientes que en materia de movilidad urbana corresponda tramitar al Ayuntamiento de Algeciras.

SEGUNDO.- El Teniente de Alcalde deberá hacer constar expresamente en cuantas resoluciones y acuerdos dicte en virtud de este Decreto que ejerce competencias por delegación.

TERCERO.- La presente delegación de competencias entrará en vigor al día de la fecha de este decreto, no obstante de la preceptiva publicación de este Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento.

04/09/20. Así lo dijo, manda y firma el Iltmo. Sr. Alcalde D. José Ignacio Landaluce Calleja, ante mí, el Secretario General, D. José Luis López Guio de lo que certifico.
Nº 49.911


AYUNTAMIENTO DE CADIZ
ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2020, al punto sexto, aprobó inicialmente el texto de la Modificación de la Ordenanza Reguladora de las Ayudas al Programa Municipal de Alquiler y el borrador del Texto Refundido, así como someterlo a información pública y audiencia a los interesados, por medio de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por un plazo de TREINTA DÍAS, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias.

24 de septiembre de 2020

En caso de no presentarse alegaciones, reclamaciones o sugerencias en el periodo de información pública, conforme a lo dispuesto en el art. 49 de la TRLBRL, se entenderá adoptado definitivamente el acuerdo hasta entonces provisional y, por consiguiente, aprobado el borrador del Texto Refundido propuesto.

Así mismo, se publicará esta información en el Tablón de Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento, ubicado en la siguiente dirección: http institucional.
cadiz.es/.

Lo que se hace público para general conocimiento. Cádiz, 4 de septiembre de 2020. LA SECRETARIA GENERAL ACCIDENTAL DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ. Fdo: Marta Spínola Amilibia. El Gerente de Procasa.
Fdo.: Jesús Martínez Caño.
Nº 49.914


AYUNTAMIENTO DE OLVERA
ANUNCIO

El Pleno del Ayuntamiento de Olvera, en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de mayo de 2020, aprobó con carácter provisional la derogación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasas por derechos de exámen.

Cumplido el trámite de exposición pública previsto en el apartado primero del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, realizada en el B.O.P. de Cádiz número 139, de 23 de julio de 2020, no se han presentado alegaciones o reclamaciones al expediente, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero del mencionado precepto se entienden definitivamente adoptado el acuerdo de derogación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasas por derechos de exámen.

Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndose constar que conforme al art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, la modificación entrará en vigor una vez publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.

09/09/2020. ELALCALDE. Francisco Párraga Rodríguez. LAALCALDESA
ACCTAL. Fdo.: Remedios Palma Zambrana.
Nº 50.030


AYUNTAMIENTO DE ROTA
ANUNCIO

Aprobadas por éste Ayuntamiento la Listas Cobratorias que seguidamente se indican, relativas al presente ejercicio de 2020, por el presente se exponen el público durante el plazo de Quince Días, contados a partir del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el cual los interesados legítimos podrán examinarlas y formular las alegaciones que estimen oportunas. Dichas Listas Cobratorias se encuentran expuestas en las Oficinas del Área de Gestión Tributaria Municipal en horario de 9,00 a 13,30 de días laborables.

De conformidad con lo previsto en el Art. 14.2.c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra las cuotas comprendidas en las referidas Listas Cobratorias solo podrá interponerse recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública de los Padrones que nos ocupan.

La Lista Cobratoria referida se contrae a la siguiente:

Impuesto sobre Actividades Económicas.

En cumplimiento del Art. 102.3 de la Ley General Tributaria, se hace constar que el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones, por los tributos y ejercicio referidos, se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas éstas el día en que finaliza la exposición pública de las Listas Cobratorias que se indican.

Asimismo se acordó fijar como fecha de pago en periodo voluntario de las cuotas resultantes, y relativas al tributo referido anteriormente, desde el día 01 de SEPTIEMBRE hasta el próximo 05 de DICIEMBRE de 2020.

El pago de los mismos podrá efectuarse mediante el ingreso en cualquiera de las siguientes Entidades Bancarias, como gestora y colaboradoras en la recaudación municipal, o a través de Domiciliación Bancaria:

CAJASUR BBK; CAJA RURAL DEL SUR; UNICAJA; BANCO
POPULAR; BANCO SANTANDER; BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, BANKIA, CAIXA Y MARE NOSTRUM.

Transcurridos los plazos indicados se iniciará el procedimiento ejecutivo pertinente, efectuándose el cobro de las cuotas no satisfechas con los recargos establecidos en las normas de aplicación e intereses de demora correspondientes.

Lo que se hace público para general conocimiento de los afectados legítimos.
09/09/2020. EL PRIMER TENIENTE DE ALCALDE. Fdo.: Daniel Manrique de Lara Quiros Decreto nº 2020-0115 de 10/01/2020, BOP nº 18 de 20/01/2020.
Nº 50.076


AYUNTAMIENTO DE BARBATE
ANUNCIO

Esta Alcaldía, por Decreto BRSEC-00100-2020, de fecha 8 de septiembre de 2020, ha resuelto lo siguiente:

RESULTANDO: Que por Decreto de esta Alcaldía BRSEC-00099-2019, de fecha 17 de junio de 2019 y posterior con nº BRSEC-00105-2019, de 20 de junio, por esta Alcaldía se efectuaron nombramientos de Tenientes de Alcalde de esta Corporación, correspondiendo a Doña Tamara Caro Pomares la tercera Tenencia de Alcaldía.

RESULTANDO: Que por Decreto de esta Alcaldía BRSEC-00106-2019, de 20 de junio de 2019, se estructuró la organización administrativa de esta Corporación correspondiendo a la Sra. Caro Pomares la titularidad de la Concejalía con delegación genérica de Economía y Hacienda, comprensiva de las siguientes materias:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 24/9/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha24/09/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6008

Primera edición02/01/2001

Ultima edición02/05/2024

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