Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/9/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 176

La persona becada deberá cumplir con las obligaciones fiscales que le sean imputables como consecuencia del otorgamiento de esta beca de acuerdo con la legislación tributaria El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones mencionadas, dará lugar a la incoación de un expediente de reintegro por parte del IEDT conducente a exigir la devolución de las cantidades percibidas, más los correspondientes intereses en los términos previstos la legislación de subvenciones.

12. Normativa de aplicación en lo no regulado expresamente en esta convocatoria.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.
Ordenanza General de Subvenciones del IEDT de la Diputación Provincial de Cádiz de 21 de octubre de 2008 BOP nº 201
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales La Vicepresidenta del IEDT
por delegación de la Presidencia Ana Belén Carrera Armario ANEXO
MODELO DE SOLICITUD
FORMULARIO SOLICITUD BECA PARA MATRICULA EN EL MÁSTER DE
GESTIÓN, INNOVACIÓN Y CULTURA GASTRONÓMICA, MASTERÑAM DE
LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ.
1 DATOS DEL INTERESADO/A

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:
TIPO DE VÍA
MUNICIPIO
TELÉFONO

N.I.F.

DOMICILIO

PROVINCIA
MÓVIL

TITULACION EXIGIDA EN LA
CONVOCATORIA

NÚMERO CÓDIGO POSTAL
PAÍS

CORREO ELECTRÓNICO

FECHA DE
EXPEDICIÓN

UNIVERSIDAD

2 DATOS DE EL/LA REPRESENTANTE
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:

N.I.F.

TIPO DE VÍA

DOMICILIO

NÚMERO

TELÉFONO

MÓVIL

CORREO ELECTRÓNICO

MUNICIPIO

CONDICIÓN EN LA QUE ACTÚA
3

PROVINCIA

CÓDIGO POSTAL
PAÍS

MEDIO DE NOTIFICACIÓN PARA ESTA SOLICITUD

NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
Las personas físicas tienen derecho a elegir si desean que el medio de notificación preferente para esta solicitud sea electrónico, mediante comparecencia en la sede electrónica de la Diputación de Cádiz o postal marcando para ello la casilla que proceda, salvo que estén obligadas por Ley a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas .
Están obligados por Ley a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que se mencionan en el art. 14 de la Ley 39/2015. i En cualquier caso, para poder llevar a cabo las notificaciones electrónicas, deberá indicar el correo electrónico y el número de teléfono móvil donde desea recibir un aviso de notificación que le indicará que acceda a la sede electrónica para consultar el contenido de la notificación. Si acepta este modo de notificación, se somete expresamente a lo dispuesto en el Título VII del Reglamento de Administración Electrónica de la Diputación de Cádiz. Podrá, en cualquier momento, revocar su consentimiento para que las notificaciones dejen de efectuarse por vía electrónica, dirigiéndose al órgano competente e indicándole la dirección postal donde practicar las futuras notificaciones, salvo que esté obligado a mantenerlo conforme al art 14 Ley 39/2015. Para más información consulte el siguiente enlace https sede.
dipucadiz.es/ayuda CORREO ELECTRÓNICO

TELÉFONO MÓVIL

NOTIFICACIÓN POSTAL
Si desea que el medio de notificación preferente para esta solicitud sea mediante correo postal, y no está obligado a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, indique el domicilio donde desea recibir las posibles notificaciones que se deriven de esta solicitud, en el caso de que sea diferente del domicilio indicado en el apartado 1 de este formulario:
4

EXPONE

QUE DECLARA EXPRESAMENTE BAJO SU RESPONSABILIDAD NO HABER
PERCIBIDO NI SOLICITADO OTRAS AYUDAS PARA LA MISMA FINALIDAD
Y QUE REUNE LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA CONVOCATORIA Y
ACOMPAÑAA LA PRESENTE SOLICITUD LA DOCUMENTACIÓN EXIGIDA
EN LA MISMA, POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO

14 de septiembre de 2020

5

SOLICITA

6

DOCUMENTACIÓN QUE APORTA

7

INFORMACION PROTECCION DE DATOS

LA CONCESIÓN DE UNA BECA POR IMPORTE DE DOS MIL NOVECIENTOS
EUROS 2.900,00 € DESTINADA A LA MATRÍCULA DEL MÁSTER DE
GESTIÓN, INNOVACIÓN Y CULTURA GASTRONÓMICA MASTERÑAM.
- Informe de la situación administrativa de la demanda de empleo del SAE en la fecha que se presente la solicitud.
- Acreditación de la titulación exigida en la convocatoria.
- Expediente académico personal de la Universidad con nota media.
- Avance del Trabajo de Fin de Máster a desarrollar según apartado 4. B.
- Vida Laboral Actualizada, contratos de trabajo y/o certificados de empresa.
- Currículum Vitae en el que incluya otras titulaciones académicas doctorado, grado o licenciatura, máster o curso de experto, cursos, publicaciones, comunicaciones, artículos
- NIF o NIE.
Los datos personales facilitados mediante el presente formulario y en la documentación adjunta serán tratados por la Diputación Provincial de Cádiz, para la tramitación, y gestión de la misma. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación o portabilidad: dirigiéndose al Delegado de Protección de Datos por correo electrónico: dpd@dipucadiz.es, o al teléfono 956240320; de forma electrónica a través de la Sede electrónica https sede.dipucadiz.es; o de forma postal enviando un escrito al Registro General de Diputación Edificio Roma, en Avenida 4 de diciembre de 1977, 12, 11071 de Cádiz.
Puede consultar toda la información completa en https www.dipucadiz.es/
protecciondedatos/.
AL INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO
Y TECNOLÓGICO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ.
i Art. 14 .2 Ley 39/2015. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a Las personas jurídicas.
b Las entidades sin personalidad jurídica.
c Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
3. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Nº 49.947

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BARBATE
ANUNCIO

Acuerdo del Pleno de fecha 5 de agosto de 2020 del Ayuntamiento de Barbate por el que se aprueba inicialmente el Reglamento que regula la Organización y Funcionamiento de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias del Ayuntamiento de Barbate Cádiz.

Aprobado inicialmente el Reglamento regulador de la Organización y Funcionamiento de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias del Ayuntamiento de Barbate Cádiz por Acuerdo del Pleno de fecha 5
de agosto de 2020, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de TREINTA DÍAS, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinado y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales Secretaría General para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.barbate.es .

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación del mencionado Reglamento.

Punto 4.- PROPUESTA DE LA DELEGACIÓN MUNICIPAL DE
PROTECCIÓN CIVIL: Aprobación inicial del Reglamento de Organización y funcionamiento de la Agrupación Local de voluntarios de protección civil y emergencias.

Dictaminada favorablemente en la Comisión Informativa de Presidencia, Administración General y de Régimen Interior, en sesión celebrada el día 29 de julio de 2020, se somete al Pleno la siguiente propuesta:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/9/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha14/09/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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