Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/6/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

12 de junio de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 110

3. Adquisición de material inventariable cuyo objeto sea la realización del programa o proyecto de actividades que se solicita.

Se considerarán preferentes aquellos proyectos que trabajen las siguientes temáticas:
La prevención e intervención de las violencias machistas.
La promoción de la igualdad de oportunidades, con especial atención a la integración social y laboral de las mujeres.
La formación en igualdad y género.
La corresponsabilidad.
La educación afectivo-sexual de la ciudadanía, con especial referencia a la población joven.

Podrán ser subvencionados también aquellos proyectos que contemplen, entre otras, las siguientes iniciativas:
La participación social ,cultural, política y económica de las mujeres.
La atención a la diversidad de las mujeres y a su especificidad.
El impulso, el crecimiento y la creación de redes en torno al movimiento asociativo.
La igualdad de oportunidades con perspectiva de género como derecho humano.
La salud diferencial de las mujeres.
La formación y el acceso a las nuevas tecnologías de las mujeres.
La formación de la población masculina en igualdad y género.
La formación en lenguaje inclusivo.
La perspectiva de género en la publicidad y en los medios de comunicación.
La atención a la diversidad cultural y la feminización de la pobreza.
La prevención e intervención en la explotación sexual.
La formación y participación en la promoción de la igualdad de género de la población infanto-juvenil.
La visibilidad de las mujeres a lo largo de la historia.
Los estudios e investigaciones con perspectiva de género.

Tercero.- Convocatoria.

La Convocatoria tiene por finalidad, regular la concesión de subvenciones que el Ayuntamiento de Chiclana, a través de la Delegación de Mujer, destina a las asociaciones y federaciones de mujeres y otras entidades sin ánimo de lucro, para la financiación de programas y proyectos en materia de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres.

A fin de garantizar la suficiente difusión de la Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el art. 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la misma se podrá consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que opera como sistema nacional de publicidad de subvenciones.

Cuarto.- Cuantía.

El Ayuntamiento de Chiclana destinará a estos efectos la cantidad de hasta VEINTIDOS MIL EUROS 22.000? con cargo al presupuesto municipal de 2020, distribuida de la siguiente forma:
a La cantidad de hasta MIL EUROS 1.000?, correspondiente a la línea de subvención de mantenimiento de locales sociales de asociaciones de mujeres de la localidad.
b La cantidad de hasta VEINTE MIL EUROS EUROS 20.000?, correspondiente a la línea de subvención de proyectos y programas cuyo objeto sea la igualdad de género.
c La cantidad de hasta MIL EUROS 1.000?, correspondiente a la línea de subvención de adquisición de bienes inventariables.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes podrán presentarse durante los 30 días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Las solicitudes de subvención se formularán ajustándose al modelo que figura como Anexo I a la Convocatoria, debidamente cumplimentado en todos sus apartados y suscrito por la persona que ostente la representación legal de la entidad.

Las solicitudes y la documentación exigidas deberán presentarse de forma electrónica, bien a través de la ventanilla virtual del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, https www.chiclana.es/oficina-virtual/acceso-ventanilla-virtual/, bien a través de otro medio electrónico de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 16, la Disposición Transitoria Segunda y demás de aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto.- Otros datos.

Las solicitudes deberán presentarse acompañadas del correspondiente proyecto y presupuesto, cumplimentando los oportunos Anexos. Las organizaciones o entidades solicitantes sólo podrán presentar un proyecto a la línea de subvención para mantenimiento de locales sociales de asociaciones y/o federaciones de mujeres, y dos proyectos como máximo por cada una de las otras dos lineas de subvenciones a la presente convocatoria.

Los pagos de las subvenciones se efectuarán conforme se dispone en las Bases de Ejecución del Presupuesto, según las disponibilidades de caja existentes, y conforme a las prioridades, órdenes y directrices emanadas de la Delegación de Hacienda de este Ayuntamiento
Chiclana de la Frontera, 28 de mayo de 2020. Susana Rivas Cordoba.
Nº 27.024


AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA
ANUNCIO

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 10 de marzo de 2020
acordó someter a información pública la Modificación del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución del Área de Reforma Interior SUNC 4-ARI-TU-14 Las Quintas, presentado por Don Pedro Medina Muñoz, actuando en su condición de
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abogado en representación de los promotores Don E.R.C., Doña M.C.P., Doña M.S.M., que a su vez representa a su hijo Don J.R.S., y Doña
E.R.S..

En cumplimiento del mencionado acuerdo, dicho documento se somete al trámite de información pública de conformidad con lo establecido en el artículo 101.1.c de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por plazo de VEINTE DÍAS, mediante anuncios insertos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos digital del Ayuntamiento, para que cualquier persona física o jurídica interesada o afectada pueda formular las alegaciones que estime pertinentes, a cuyo fin el citado expediente podrá ser consultado en las oficinas de la Delegación Municipal de Urbanismo y Diseminado, sitas en la Calle Constitución n.º 4, 1 planta, en días y horas hábiles. Igualmente se publicará en la página web oficial del Ayuntamiento https www.chiclana.es/delegaciones-y-servicios/urbanismo/tablon-de-anuncios y en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento en la sección Normativa y documentos en tramitación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Chiclana de la Frontera, a 02/06/2020. LA TTE. DE ALCALDE
DELEGADA DE URBANISMO Y DISEMINADO. Fdo.: Ana María González Bueno.
Nº 27.079


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2020, en el punto noveno del Orden del Día, aprobó inicialmente la Modificación Puntual del Reglamento de Uso y Funcionamiento del Castillo de Chipiona y Centro de Interpretación Cádiz y el Nuevo Mundo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente tramitado a información pública por el plazo de TEINTA DÍAS, a cuyos efectos se expone el presente anuncio en el Tablón de Anuncios y en el Portal de Transparencia durante dicho plazo, que comenzará a contarse a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Dentro del referido periodo los interesados podrán examinar el expediente en el Departamento de Cultura, en horario de oficina, y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Chipiona y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, que serán resueltas por el Pleno, que adoptará el correspondiente acuerdo sobre la aprobación definitiva del reglamento. Caso de no presentarse reclamaciones ni sugerencias durante el citado periodo de exposición pública, se entenderá definitivamente aprobado, procediéndose a su publicación según lo dispuesto en el artículo 70.2 en relación al artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Así mismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7.c de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y el artículo 13.1.c de la Ley 1/2014, de 24 de junio de Transparencia Pública de Andalucía, se procede a la publicación del acuerdo provisionalmente aprobado en el Tablón de Anuncios y el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Chipiona.

Lo que se hace público para general conocimiento. En Chipiona, a 2
de junio de 2020. El Alcalde-Presidente. Fdo: Luis Mario Aparcero Fernández de Retana.
Nº 27.092


AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2020, en el punto octavo del Orden del Día, aprobó inicialmente el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión para la Revisión del Callejero Municipal.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente tramitado a información pública por el plazo de TEINTA DÍAS, a cuyos efectos se expone el presente anuncio en el Tablón de Anuncios y en el Portal de Transparencia durante dicho plazo, que comenzará a contarse a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Dentro del referido periodo los interesados podrán examinar el expediente en el Departamento de Cultura, en horario de oficina, y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Chipiona y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, que serán resueltas por el Pleno, que adoptará el correspondiente acuerdo sobre la aprobación definitiva del reglamento. Caso de no presentarse reclamaciones ni sugerencias durante el citado periodo de exposición pública, se entenderá definitivamente aprobado, procediéndose a su publicación según lo dispuesto en el artículo 70.2 en relación al artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Así mismo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7.c de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y el artículo 13.1.c de la Ley 1/2014, de 24 de junio de Transparencia Pública de Andalucía, se procede a la publicación del acuerdo provisionalmente aprobado en el Tablón de Anuncios y el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Chipiona.

Lo que se hace público para general conocimiento. En Chipiona, a 2
de junio de 2020. El Alcalde-Presidente. Fdo: Luis Mario Aparcero Fernández de Retana.
Nº 27.094

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/6/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha12/06/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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