Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/6/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

4 de junio de 2020

Página 3

B.O.P. DE CADIZ NUM. 104

80 % de la inversión o gastos presentados para el reinicio de la actividad por el beneficiario.

Beneficiarios.-Tendrá la consideración de beneficiario de la subvención, el autónomo o Micropyme que estando de alta en su actividad hayan vista afectada la misma con la declaración del estado de alarma y cierre de sus establecimientos o locales comerciales, y con carácter general todas las personas físicas, jurídicas y Entidades que estando en la situación anterior a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria tenga sede en Sanlúcar de Barrameda
Los autónomos o Micropymes que figuren de alta en dos o más epígrafes del IAE, serán considerados como posibles beneficiarios siempre que se hayan visto obligados a suspender todas las actividades que llevaban a cabo en el local o establecimiento para el que solicitan la ayuda.

Presentación de solicitudes.- Las solicitudes se presentarán por los autónomos o Micropymes, una vez abierta la convocatoria y se formularán en el modelo de solicitud que figura como Anexo de esta convocatoria y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda presentando las en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas y siempre dentro del ejercicio de la convocatoria. En dicho Registro se dará número de registro dejando constancia de fecha y hora, dando copia a las personas interesadas, en todo caso.

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
- Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firme la solicitud copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, copia del DNI, etc..
- Declaración responsable de que en el solicitante no concurre en ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 8 de estas bases.
- Declaración responsable del solicitante acreditativo de la fecha de reapertura del local comercial o establecimiento para el cual pide la ayuda. En caso de haberse procedido a la reapertura con fecha anterior a la solicitud de ayuda - Documento que acredite la situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
- Vida laboral del Código de Cuenta de Cotización del periodo 01/01/2020 a 31/03/2020.
- Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y/o la Comunidad autónoma de Andalucía y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y/o que sean deudores en período ejecutivo del Ayuntamiento por cualquier otro ingreso de derecho público, salvo lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Subvenciones, R.D 887/2006 de 21 de julio. Se deberán presentar certificados originales positivos expedidos por dichas administraciones con una vigencia de al menos de cinco meses a la fecha de la solicitud.
- Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria en la que solicita el ingreso de la ayuda - Facturas con justificante bancario del abono de los gastos para los cuales pide la Ayuda.

Obligaciones de los beneficiarios.- Sin perjuicio de otras obligaciones que se deriven de la presente Convocatoria, el Beneficiario de la subvención estará obligado a la apertura del local comercial o establecimiento en el plazo máximo de 10
días hábiles desde el levantamiento del estado de alarma, y a acreditar ante la Unidad de Fomento de Empresas en dicho plazo la reapertura; así como a mantener la actividad durante seis meses desde esa fecha, cuya acreditación deber presentar en el plazo de justificación.

Justificación.- Serán subvencionables los gastos estructurales y de funcionamiento en general que tengan carácter corriente abonados entre el 1 de febrero y el 15 de julio de 2020 para la presentación de solicitudes. Las facturas acreditativas del gastos deberán ajustarse a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación y deberán de presentarse junto a la solicitud y acompañadas de justificante de pago no se admite el pago en metálico. La acreditación también podrá efectuarse mediante factura electrónica siempre que cumpla los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.

Para la justificación de apertura del local o establecimiento al publico, se presentará ante la Unidad de Fomento de empresas, declaración responsable de la fecha de reapertura en el plazo de 10 días hábiles desde que se produzca, en caso de no haberse presentado dicho documento junto con la solicitud de ayuda, y para la justificación del mantenimiento de la actividad durante 6 meses desde la reapertura del local o establecimiento, en el plazo de 15 días hábiles desde el cumplimiento de los 6
meses de reapertura, se presentará ante la Unidad de Fomento de empresas, certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT. Transcurrido dicho plazo sin haberla presentado en la Unidad de fomento de empresas, ésta requerirá al beneficiario su presentación en el plazo improrrogable de quince días hábiles, indicándole que la falta de presentación de la justificación del proyecto en este nuevo plazo, llevará consigo el reintegro del incentivo aprobado o anulación en su caso.

La falta de presentación de la justificación del proyecto en ese plazo o la suspensión de la actividad antes de los seis meses desde la reapertura del local/
establecimiento, llevará consigo el reintegro del incentivo aprobado.

Sanlúcar de Barrameda, 18 de mayo de 2020. El Acalde-Presidente, D.
Víctor Mora Escobar.
Nº 25.820


AYUNTAMIENTO DE TARIFA
E.L.A. DE TAHIVILLA
ANUNCIO APROBACIÓN DE BASES

APROBACION CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS QUE
REGIRÁN LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE PERSONAL LABORAL
TEMPORAL PARA CUBRIR EL PUESTO DE LIMPIADORA DE ENTIDAD LOCAL
AUTÓNOMA DE TAHIVILLA.

Por Acuerdo de la Junta vecinal Ordinaria de Tahivilla de fecha 22.05.2020, se ha aprobado la CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN
LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL <PERSONAL DE LIMPIEZA>> PARA CUBRIR NECESIDADES COYUNTURALES
URGENTES, EXCEPCIONALES E INAPLAZABLES QUE PUEDAN PRODUCIRSE
EN SERVICIOS PRIORITARIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS PÚBLICOS Y
SERVICIOS ESENCIALES QUE HAN DE PRESTARSE EN LA ENTIDAD LOCAL
AUTÓNOMA DE TAHIVILLA.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, de la página web del Ayuntamiento, en los términos establecidos en la correspondientes Bases.

Toda la documentación estará disponible en la Entidad Local Autónoma de Tahivilla y/o Ayuntamiento de Tarifa Oficina de Atención al Ciudadano y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tarifa sede.aytotarifa.com/.

Lo que se hace público para general conocimiento. Tahivilla a 25/05/2020.
El Presidente. Fdo.:Diego España Calderón. El Secretario General. Fdo.: Antonio Aragón Román.
Nº 25.830


AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO
LISTA PROVISIONAL ADMITIDOS Y EXCLUIDOS 1 PLAZA
DE ARQUITECTO, FUNCIONARIO DE CARRERA.

Esta Alcaldía en virtud de las competencias que me confiere el ordenamiento jurídico, ha aprobado la lista provisional de admitidos y excluidos para las pruebas de selección de funcionario de carrera, de una plaza de Arquitecto, de acuerdo con la OEP 2017, lo que se hace público:

D. José Juan Franco Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción Cádiz, en virtud de las competencias que me confiere el ordenamiento jurídico, vengo a dictar el siguiente, Decreto nº Decreto firmado electrónicamente Departamento: Personal.
Expte: BRBR/ 40 /2020.
Asunto: Aprobando lista provisional de admitidos y excluidos para las pruebas de selección de funcionario de carrera, de una plaza de Arquitecto, de acuerdo con la OEP 2017.

Vistas las Bases para la selección de una plaza de funcionario de carrera de Arquitecto, las cuales fueron aprobadas por Resolución de esta Alcaldía de fecha 12 de Junio de 2018 y de rectificación de fecha 14 de agosto de 2019.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo, cuyas Bases de publicaron íntegramente en el BOP de Cádiz nº 128, 5/07/2018 y de rectificación nº 176, 13/09/2019 y en el BOJA nº 150, 3/08/2018 y de rectificación 207, 25/10/2019.

Y de conformidad con lo dispuesto en la Base cuarta de la convocatoria y en virtud del artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y del art. 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, RESUELVO:

Primero.- Aprobar la siguiente lista provisional de admitidos y excluidos para la selección de una plaza de Arquitecto ADMITIDOS:

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

- Baena García, Manuel
74.93.

- Fernández Expósito, Manuel
45.73.

- Basallote Neto, Francisco Jose - Gallardo Domínguez, Santiago
- Guajardo-Fajardo Puente, Francisco Javier - Heredero Herrera, Rafael - Herrera Díaz, Mirian
- Marc Ruiz, Juan José - Macias Espada, Alba
- Pacheco Montero, Alegría - Rebull Moreno, Eva M.

- Revuelta Rueda, Isabel Eugenia - Rodríguez Pedrosa, Ismael
- Rodríguez Romero, Carlos J
- Román Rios, Jesus
- Sena Rodríguez, Angel
- Torres Carrasco, M. Dolores
3.397.
4.234.
.1.024
.957.3
32.05.
.5.935
6.432.
.050.4
.653.9
.1.313
.7.913
.8.023
.937.7
.4.811

8.738.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/6/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha04/06/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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