Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2019 - Tercera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Tercera Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.053 - Tercera Sección
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Lunes 11 de febrero de 2019

DICTÁMENES DEEVALUACIÓN

AEROLÍNEAS ARGENTINASS.A.

DICTAMEN TÉCNICO
El presente Dictamen Técnico expone los fundamentos de la solicitud de autorización para la contratación de firmas o profesionales extranjeros para la prestación del servicio de consultoría que será detallado en profundidad en este documento. Demás está aclarar, la importancia que reviste para Aerolíneas ArgentinasS.A., en adelante ARSA, la sustitución de las aeronaves Boeing 737-700 msn 33938 y msn 35962 en el 2021, y su reemplazo por aeronaves más eficientes y modernas. Ante el mencionado escenario se encuentran dos caminos posibles:
1- realizar una operación de venta y posterior alquiler Sale and lease back, en adelante S&LB, en 2019 operando las aeronaves hasta Mayo y Junio 2021, fecha de ingreso de las nuevas aeronaves, ó 2- su venta entre Mayo y Junio de 2021 una vez que ingresen los Boing 737-MAX8 de reemplazo.
En relación con lo aquí planteado, surge la necesidad de recibir el asesoramiento de una o más firmas consultoras idóneas, que hayan participado en procesos de esta envergadura y que tengan experiencia comprobable en la industria aeronáutica con el objeto de que emitan su opinión profesional, respecto del escenario planteado en los puntos 1 y 2 más arriba.
En ese sentido, se aclara que éste dictamen técnico, se emite a los fines de dar cumplimiento al requisito exigido por el artículo 16 de la Ley N18.875 el cual prevé que: Se podrá contratar con firmas o profesionales extranjeros únicamente en casos excepcionales, aprobados previamente por Resolución del Ministerio competente, que sólo podrá fundarse en la falta de capacidad técnica local en el asunto del servicio o de la consulta, e imposible de suplir por vía de subcontratación.
ARSA considera necesario realizar el proceso de selección internacional del servicio de consultoría que puedan acreditar suficiente idoneidad y experiencia debido a que, limitar el procedimiento sólo a oferentes locales llevaría a la situación de que aquel resulte desierto sin oferentes aptos, es decir consultoras calificadas y admisibles. Para su mejor entendimiento, este dictámen ha sido estructurado de la siguiente manera:
1. Contexto 2. Necesidad de la contratación de una firma consultora y proceso de selección 3. Falta de capacidad técnica local 1. CONTEXTO
Como punto de partida de la nueva gestión del Grupo Aerolíneas, se definió una agenda con el Estado Argentino basada en cuatro pilares estratégicos a saber:
1. Sustentabilidad: eliminar el déficit financiero para no depender de aportes de capital del Estado;
2. Desarrollo de la Red: lograr un desarrollo de la industria de cabotaje que permita un crecimiento del 50% en los pasajeros transportados y fortalecer la red internacional;
3. Excelencia en Servicio y Seguridad: mantener los más altos estándares de seguridad y puntualidad de la operación asegurando la satisfacción de nuestros clientes;
4. Procesos y Transparencia: diseñar los procesos necesarios para asegurar la transparencia y solidez institucional.
El Grupo Aerolíneas diseñó un plan integral de gestión con el objetivo de lograr el cumplimiento de la agenda definida, para fin del mandato presidencial actual, que se materializó en el llamado Plan Estratégico.
Dentro de dicho plan, se definieron una lista de objetivos a cumplir estructurados alrededor de los pilares estratégicos y ordenados estableciendo un orden de prelación en función del impacto económico para el Grupo Aerolíneas.
Si bien se ha avanzado mucho en la reducción del déficit y el monto de subsidios recibidos de parte del Estado Nacional, cada aporte en el que se pueda avanzar, será fundamental para este proceso.
Mejorar la eficiencia de la flota, es uno de los objetivos críticos del Plan Estratégico de la compañía.
En el mes de Agosto de 2018, se lanzó un requerimiento de propuestas no vinculantes, en adelante RFP, con el objeto de recibir ofertas para el S&LB de las aeronaves Boeing 737-700 msn 33938 y msn 35962.
2. NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN DE UNA FIRMA CONSULTORA Y PROCESO DE SELECCIÓN
En este contexto, con el objetivo de cumplir con el plan de flota de ARSA, y debido a la importancia y magnitud económica de la operación, se requiere la contratación de un servicio de consultoría a fin de:
a realizar un diagnóstico y evaluación de las propuestas recibidas en el RFP realizado;
b emitir una opinión profesional respecto de la razonabilidad / conveniencia económica en la ejecución del S&LB
versus la alternativa de venta de las aeronaves en 2021.
Resulta imprescindible que aquel potencial prestador del servicio de consultoría haya llevado a cabo procesos de similar envergadura por los que pueda acreditar vasta y comprobable experiencia.
Cabe señalar que, asegurar la contratación de una consultora que reúna todas esas características, solo es alcanzable con la utilización de un método de selección en el que el precio no sea el único requerimiento de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/2019 - Tercera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Tercera Sección

PaísArgentina

Fecha11/02/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones9261

Primera edición02/01/1989

Ultima edición16/05/2024

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