Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, jueves 17
de marzo de 2016

Año CXXIV
Número 33.339
Precio $ 6,00

Sumario Pág.

DECRETOS

DECRETOS
MINISTERIO DEHACIENDA YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 490/2016
Dispónese adelanto financiero a la Provincia de Mendoza 1
PERSONAL MILITAR
Decreto 488/2016
Nómbrase en Misión Permanente como Agregado Aeronáutico a la Embajada Argentina en la República Oriental del Uruguay 2
JUSTICIA
Decreto 491/2016
Acéptase renuncia 2
COMISIÓN FEDERAL DEIMPUESTOS
Decreto 486/2016
Designaciones 2
PERSONAL MILITAR
Decreto 489/2016
Nómbrase en Misión Permanente como Agregado Aeronáutico a la Embajada Argentina en la República del Paraguay 3
CONSEJO NACIONAL DECOORDINACIÓN DEPOLÍTICAS SOCIALES
Decreto 493/2016
Designación 3
RÉGIMEN DEASIGNACIONES FAMILIARES
Decreto 492/2016
Ley N24.714. Modificación 3
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 487/2016
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Reino de Bélgica..5
TÉLAM SOCIEDAD DELESTADO
Decreto 485/2016
Desígnase Director Titular 5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
CONSEJO FEDERAL DEEDUCACIÓN
Decisión Administrativa 195/2016
Incorpórase cargo 5
JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 191/2016
Decisión Administrativa N 477/1998. Modificación 5
MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA
Decisión Administrativa 192/2016
Decisión Administrativa N477/1998. Modificación 5
MINISTERIO DEPRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 193/2016
Apruébase estructura 6
MINISTERIO DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS YVIVIENDA
Decisión Administrativa 194/2016
Desígnase Director Nacional Electoral 15
Continúa en página 2

MINISTERIO DEHACIENDA
YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 490/2016
Dispónese adelanto financiero a la Provincia de Mendoza.

Bs. As., 16/03/2016
VISTO el Expediente N S01:0045118/2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA
Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014 y la Ley N23.548 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de MENDOZA se ve impedido, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas.
Que en función de ello, resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesa la Provincia.
Que el Artículo 124 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o.
2014, autoriza al ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actual MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a acordar a las Provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los Impuestos Nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal.
Que conforme a la norma reseñada en el considerando anterior, dichos anticipos deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante la retención del producido de los mismos impuestos coparticipados.
Que, por su lado, el citado artículo dispone que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con
PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN
SecretarÍa Legal y TÉcnica
Dr. PABLO CLUSELLAS
Secretario
DirecciÓn Nacional del Registro Oficial
LIC. RICARDO SARINELlI
Director Nacional
opinión favorable del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, podrá ampliar dicho plazo de devolución, sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue.
Que, asimismo, la norma en trato dispone que los montos anticipados devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, de acuerdo con la tasa y la modalidad que allí se establece.
Que en virtud de lo expuesto, y teniendo en cuenta el requerimiento formulado por la Provincia de MENDOZA, así como su participación en el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, corresponde otorgar el mentado anticipo, cuya devolución operará dentro del presente ejercicio fiscal, con el fin de cubrir dificultades financieras transitorias.
Que el Artículo 56 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014 dispone, entre otras cuestiones, que la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 70 in fine de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificaciones, afectará la Coparticipación Federal de Impuestos de aquellas Provincias y/o Municipios que mantengan deudas con el TESORO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 124 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dispónese otorgar, a través de la SECRETARÍA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, un adelanto financiero a la Provincia de MENDOZA, por hasta la suma total de PESOS
OCHOCIENTOS MILLONES $800.000.000.
Art. 2 Facúltase a la SECRETARÍA DE HACIENDA a disponer la cancelación de los anticipos otorgados con más los intereses que se de-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/03/2016

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9361

Primera edición02/01/1989

Ultima edición09/06/2024

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