Boletín Oficial de la República Argentina del 15/10/2013 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 15 de octubre de 2013

Primera Sección

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL
Resolución Nº899/2013
Bs. As., 7/10/2013
VISTO el Expediente NºS01:0194206/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los Decretos Nros. 239 de fecha 15 de marzo de 2007 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Disposición Nº108 de fecha 7 de agosto de 2001 y la Disposición Nº100 de fecha 23 de octubre de 2008, ambas del ex - COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA, y CONSIDERANDO:
Que por Disposición Nº108 de fecha 7 de agosto de 2001 del ex - COMANDO DE REGIONES
AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA y sus actualizaciones, se establecieron los aranceles correspondientes a diversos servicios prestados por los distintos organismos del ex - COMANDO
DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA.
Que por Disposición Nº 100 de fecha 23 de octubre de 2008 del ex - COMANDO DE REGIONES AEREAS se establecieron los aranceles correspondientes a servicios prestados por la entonces DIRECCION NACIONAL DE AERONAVEGABILIDAD dependiente del ex - COMANDO DE
REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA.
Que mediante el Expediente Nº S01:0088735/2013 se encuentra en estudio la unificación, adecuación y actualización de la normativa y valores en materia de aranceles percibidos por la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ANAC.
Que hasta tanto se resuelva dicho análisis, corresponde considerar el pedido de la aviación general referido a la eximición de aranceles cuando se trata de costos vinculados o asociados al fomento de la aviación.
Que por Decreto Nº239 de fecha 15 de marzo de 2007 se crea en el ámbito de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE dependiente actualmente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL como Autoridad Aeronáutica Nacional con las funciones y competencias establecidas en el Código Aeronáutico, en la Ley 19.030 de política aérea; en los tratados y acuerdos internacionales, leyes, decretos y disposiciones que regulan la aeronáutica civil en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que por Decreto Nº1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 se transfirieron las misiones y funciones del ex - COMANDO DE REGIONES AEREAS, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE
AVIACION CIVIL.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL tiene entre sus funciones y facultades establecidas de conformidad con el Decreto Nº1770 de fecha 29 de noviembre de de 2007, las de: 4. Desarrollar un sistema institucional que promueva políticas y planes estratégicos, que regulen el desarrollo y/o el fomento del transporte de la aeronavegación civil, comercial y general.
5. Elaborar y aprobar la planificación a corto, mediano y largo plazo de la Aviación Civil en materia de servicios aeroportuarios y de seguridad aérea, de servicios de seguridad y fomento a la aviación, de regulación aeronáutica, de controles, certificaciones y fiscalizaciones que establezca la normativa vigente, así como también las actividades de gestión interna 9. Estimular la aeronavegación, dentro de un marco compatible con el normal desarrollo de la vida de la comunidad y de protección del medio ambiente, de los usuarios y consumidores de los servicios aeronáuticos, adoptando las medidas de control necesarias para optimizar la seguridad de los vuelos y aplicando las sanciones correspondientes
Que mediante Resolución ANAC Nro. 474 de fecha 17 de julio de 2012, se instruyó a la Unidad de Planificación y Control de Gestión de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL para que elabore el PROGRAMA NACIONAL DE FOMENTO A LA AVIACION CIVIL
ARGENTINA.
Que la eximición de aranceles de la ANAC a las instituciones aerodeportivas sin fines de lucro es parte de la política aprobada por esta Administración.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta de conformidad con lo previsto en el Decreto Nº239 de fecha 15 de marzo de 2007 y el Decreto Nº1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Exceptúese del pago de los aranceles vigentes a las instituciones aerodeportivas sin fines de lucro que deban realizar trámites administrativos en la ADMINISTRACION
NACIONAL DE AVIACION CIVIL ANAC para las aeronaves propias y/o afectadas a la escuela de vuelo junto con su material aéreo.
ARTICULO 2 La excepción de pago de aranceles aprobada en el artículo precedente no aplicará para trámites administrativos de aquellas instituciones aerodeportivas que contengan talleres habilitados para realizar trabajos a terceros, cuando dichos trabajos sean para aeronaves o material de vuelo de propiedad o afectadas a terceros.
ARTICULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, ANAC, Administrador Nacional de Aviación Civil.
e. 15/10/2013 Nº81135/13 v. 15/10/2013

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº1207/2013
Bs. As., 8/10/2013
VISTO los Expedientes Nros. 413.00.0/12; 413.01.0/12; 413.02.0/12; 413.03.0/12; 413.04.0/12;
413.05.0/12; 413.06.0/12; 413.07.0/12, 413.08.0/12, 413.09.0/12, 413.10.0/12 y 413.11.0/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
BOLETIN OFICIAL Nº 32.743

81

CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Visto documentan el concurso público convocado por esta AUTORIDAD FEDERAL, mediante Resolución Nº 1378-AFSCA/12, complementada por Resolución Nº 2275-AFSCA/12, con el objeto de adjudicar CUATRO 4 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de MALARGE, provincia de MENDOZA.
Que conforme surge del acta de apertura del concurso público se verificó la presentación de ONCE 11 ofertas, realizadas por Cristian Roberto CONTRERAS, Graciela Zoraida GATTAS, NEVADO SOCIEDAD ANONIMA en formación, Natalia Jimena BUSTAMANTE, Ana Maria LEPEZ, Aarón Nephtali BRAVO, Florcina del Carmen GONZALEZ VAZQUEZ, Mario JEREZ, Walter Hernán TRONCOSO GONZALEZ, Maria Isabel FLORES y Reveca Tamar SOTO, quedando documentadas como Expedientes Nros. 413.01.0/12; 413.02.0/12; 413.03.0/12; 413.04.0/12; 413.05.0/12;
413.06.0/12; 413.07.0/12, 413.08.0/12, 413.09.0/12, 413.10.0/12 y 413.11.0/12 respectivamente.
Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución Nº698-AFSCA/12 y sus circulares aclaratorias aprobadas por Resoluciones Nros. 1040-AFSCA/12 y 1378-AFSCA/12, para la adjudicación a personas físicas o personas de existencia ideal con fines de lucro de licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categorías E, F y G Anexo B.
Que el procedimiento contemplado en el artículo 21 del pliego que documenta el Anexo B
de la Resolución Nº 698-AFSCA/12 dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes, en función de los requisitos y aspectos exigidos por los artículos que lo anteceden, teniendo en cuenta los elementos de admisibilidad relativos al cumplimiento de los requisitos de los aspectos personal y societario; patrimonial y técnico; y la sujeción de la propuesta a los porcentajes de contenidos y producción establecidos por la Ley Nº26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº1225/10, con relación a la propuesta de programación.
Que las áreas de esta AUTORIDAD FEDERAL, conforme la competencia asignada, han evaluado los aspectos personales, patrimoniales, y técnicos; y la propuesta de programación, practicando un detallado análisis con relación a las condiciones exigidas por la Ley Nº26.522, su reglamentación y por el correspondiente pliego de bases y condiciones para el acceso a las licencias del servicio de que se trata.
Que de las conclusiones arribadas por las áreas intervinientes se desprende que las ofertas documentadas en los Expedientes Nros. 413.03.0/12, 413.06.0/12, 413.07.0/12, 413.08.0/12, 413.09.0/12, 413.10.0/12 y 413.11.0/12 han merecido observaciones que determinan su inadmisibilidad en los términos del artículo 21 del pliego que rige el proceso de selección.
Que las ofertas que documentan los Expedientes Nros. 413.01.0/12, 413.02.0/12, 413.04.0/12
y 413.05.0/12 han cumplido la totalidad de los recaudos de admisibilidad previstos por la Ley Nº26.522, su reglamentación y el pliego de bases y condiciones.
Que ha tomado intervención el Jurado conformado en sorteo celebrado con presencia de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION.
Que conforme lo establece el artículo 23 del pliego, la SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS REGULATORIOS, área competente para la evaluación de las propuestas comunicacionales, ha establecido el orden de mérito.
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley Nº 26.522 corresponde a esta AUTORIDAD FEDERAL el dictado del acto administrativo por el cual se adjudiquen las licencias objeto del concurso.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha emitido el dictamen pertinente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso 11 de la Ley Nº26.522.
Por ello, EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébanse los actos del concurso público número 413, convocado por esta AUTORIDAD FEDERAL, mediante Resolución Nº1378-AFSCA/12, complementada por Resolución Nº2275-AFSCA/12, con el objeto de adjudicar CUATRO 4 licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de MALARGE, provincia de MENDOZA.
ARTICULO 2 Adjudícase a la señora Graciela Zoraida GATTAS DNI Nº11.082.208, cuya oferta quedara primera en orden de mérito, la licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 99.5 MHz., canal 258, con categoría E, en la localidad de MALARGE, provincia de MENDOZA.
ARTICULO 3 Adjudícase al señor Cristian Roberto CONTRERAS DNI Nº23.276.368, cuya oferta quedara segunda en orden de mérito, la licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 89.5 MHz., canal 208, con categoría E, en la localidad de MALARGE, provincia de MENDOZA.
ARTICULO 4 Adjudícase a la señora Natalia Jimena BUSTAMANTE DNI Nº27.985.084, cuya oferta quedara tercera en orden de mérito, la licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 99.9 MHz., canal 260, con categoría E, en la localidad de MALARGE, provincia de MENDOZA.
ARTICULO 5 Adjudícase a la señora Ana Maria LEPEZ DNI Nº14.878.318, cuya oferta quedara cuarta en orden de mérito, la licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 91.5
MHz., canal 218, con categoría E, en la localidad de MALARGE, provincia de MENDOZA.
ARTICULO 6 Recházanse por inadmisibles las ofertas presentadas por NEVADO SOCIEDAD ANONIMA en formación, Aarón Nephtali BRAVO, Florcina del Carmen GONZALEZ VAZQUEZ, Mario JEREZ, Walter Hernán TRONCOSO GONZALEZ, Maria Isabel FLORES y Reveca Tamar SOTO; documentadas en los Expedientes Nros. 413.03.0/12, 413.06.0/12, 413.07.0/12,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/10/2013 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha15/10/2013

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones9356

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2013>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031