Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MIERCOLES 13 DE FEBRERO DE 2002

$ 0,70

AÑO CX

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.837
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

www.boletin.jus.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 173.974

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

través de la Ley 5194/97, de la jurisdicción y el dominio eminente sobre un área de 15.060 hectáreas, ubicada en el Departamento de Mburucuyá, cuyas nomenclaturas catastrales figuran en la mencionada ley provincial como anexo I Datos Catastrales.
ARTICULO 2º Acéptase expresamente las condiciones bajo las cuales la provincia de Corrientes ha cedido su jurisdicción al gobierno de la Nación sobre la porción de su territorio que se precisa en el artículo 1º de la Ley 4930.
ARTICULO 3º En cumplimiento de la condición institucional aceptada mediante el artículo precedente y por encontrarse cabalmente reunidos los requisitos previstos en los artículos 1º, 2º, 3º y concordantes de la Ley 22.351, declárase el área cedida y aceptada mediante el presente acto legislativo como Parque Nacional Mburucuyá, el cual a partir de la promulgación de la presente, quedará sometido al régimen de la citada Ley 22.351.
ARTICULO 4º Las leyes de la Provincia de Corrientes Nº 4930/95 y 5194/97, su anexo I Datos Catastrales y el Acta de donación de la Administración de Parques Nacionales y la Mensura Nº 775 I de unificación y amojonamiento del inmueble, que se adjunta, forman parte de la presente ley.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

LEY Nº 5194
EL HONORABLE SENADO Y
LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

REGISTRADA BAJO EL Nº 25.447
RAFAEL PASCUAL. MARIO A. LOSADA.
Guillermo Aramburu. Juan C. Oyarzún.
PODER LEGISLATIVO CORRIENTES

ARTICULO 2º. COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo.
Dado en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes, a los ocho días de julio de mil novecientos noventa y siete.
Dr. Ismael R. Cortinas, Presidente H. Cámara de Diputados. Cdor. Luis María Díaz Colodrero,
LEYES

PARQUES NACIONALES
Ley 25.447
Acéptase la cesión efectuada por la provincia de Corrientes al Estado nacional, mediante las Leyes Nros. 4930 y 5194, de un área ubicada en el Departamento de Mburucuyá, declarándola como Parque Nacional Mburucuyá.
Sancionada: Junio 27 de 2001.
Promulgada: Enero 17 de 2002.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con Fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Acéptase la cesión, efectuada por la provincia de Corrientes al Estado nacional, mediante la ley sancionada el 21 de junio de 1995 por la Honorable Legislatura de esa provincia que lleva a 4930, doblemente sancionada a
EL HONORABLE SENADO Y
LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1. CEDESE al Estado Nacional, a los fines de su afectación al régimen de la Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, el dominio eminente y jurisdicción del área situada en el Departamento de Mburucuyá, cuya superficie abarca un total de 15.060 hectáreas y cuyos datos catastrales y dominiales se consignan en el ANEXO I que en cinco fojas forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2. COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo.
Dado en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, a los veinte días de junio de mil novecientos noventa y cinco.
Dr. Ismael R. Cortinas, Presidente H. Cámara de Diputados. Cdor. Luis María Díaz Colodrero, Vicepresidente 1º, a/c, Presidencia H. Senado.
Dr. Roberto Gómez Cullen, Secretario, H. Cámara de Diputados. Dr. Carlos María Regunaga, Secretario Honorable Senado.

1 a Ubicación y extensión:
Un campo ubicado en la 3 Sección rural del Departamento de Mburucuyá, constante de 14.629
Hectáreas, 1 área, 69 centiáreas, inscripto en el Protocolo de Mburucuyá al folio 30, Nº 29 el 13 de marzo de 1963 y en la Dirección de Catastro en ADREMA M1-87-3.
b Linderos:
Comprendido al Norte, Cañada Zapallos, propiedad de los Sucesores de Aquilino RAMIREZ y Pedrona G. de SANABRIA, de Juan ORTIZ, Teo-

SUMARIO
Pág.
CONTRIBUCIONES PATRONALES
Decreto 284/2002
Dase por prorrogada la vigencia del artículo 1º del Decreto Nº 1034 de fecha 14.8.2001, desde el 1º de enero hasta el 31.12.2002, del incremento de las referidas contribuciones para los empleadores titulares de establecimientos educacionales privados cuyas actividades se encuentren comprendidas por las Leyes Nros. 24.195
y 24.521 y sus respectivas modificaciones.

7

LEY Nº 4930
Promulgada por Decreto Nº 1483/95 B.O. 5/7/95.

ANEXO I
DATOS CATASTRALES

ARTICULO 1º. RATIFICASE en todas sus partes y en calidad de segunda sanción en los términos del Artículo 2º de la Constitución de la Provincia, el contenido de la Ley Provincial 4930
y su Anexo I promulgada por Decreto 1483 del 28
de junio de 1995 del Poder Ejecutivo Provincial.

ARTICULO 5º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL UNO.

Vicepresidente 1º a/c, Presidencia H. Senado.
Dr. Roberto Gómez Cullen, Secretario, H. Cámara de Diputados. Raúl Iturri, Prosecretario, a/c Secretaría de H. Senado.

PODER LEGISLATIVO CORRIENTES

EMERGENCIA ECONOMICA
Y FINANCIERA
Decreto 282/2002
Modificaciones Legislativas y Saneamiento y Capitalización del Sector Privado. Derógase el artículo 1º y modifícase el artículo 42 del Decreto Nº 1387/2001.
HUESPEDES OFICIALES
Decreto 278/2002
Declárase Huésped Oficial al Canciller Federal de la República Federal de Alemania.
JUSTICIA
Decreto 280/2002
Acéptase la renuncia de un Juez de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza.
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 98/2002
Modifícase la Resolución Nº 17/2002, por la que se designó Director Nacional de Protección de Datos Personales.

7

Pág.
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 271/2002
Traslado de un funcionario.

7

Decreto 286/2002
Exceptúase al citado Departamento de Estado de las restricciones establecidas por la Ley Nº 25.401, para proceder a la cobertura del cargo de Director General de Relaciones Institucionales de la Secretaría de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales y Asuntos Consulares.

7

PARQUES NACIONALES
Ley 25.447
Acéptase la cesión efectuada por la provincia de Corrientes al Estado nacional, mediante las Leyes Nros. 4930 y 5194, de un área ubicada en el Departamento de Mburucuyá, declarándola como Parque Nacional Mburucuyá.

1

PERSONAL MILITAR
Decreto 275/2002
Estado Mayor General de la Armada.
Promoción de Oficiales Jefes.

8

SERVICIO EXTERIOR
Decreto 274/2002
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República de Mongolia.

8

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
DE LA NAVEGACION
Decreto 273/2002
Nómbrase Procurador Fiscal Auxiliar.

8

7

7

AVISOS OFICIALES
8

Nuevos
9

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/02/2002

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9341

Primera edición02/01/1989

Ultima edición20/05/2024

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