Boletín Oficial de la República Argentina del 21/09/2001 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, VIERNES 21 DE SETIEMBRE DE 2001

AÑO CIX

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.737
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. VIRGILIO J. LOIÁCONO
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 105.174

RESOLUCIONES

Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor
DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Resolución 118/2001
Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional el Reglamento Técnico Mercosur sobre la indicación de contenido nominal de los productos servilletas. toallas y pañuelos de papel.
Bs. As., 18/9/2001
VISTO el Expediente Nº 064-010409/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO:
Que con la finalidad de satisfacer el objetivo de construir un Mercado Común, los Estados Partes del Tratado de Asunción aprobado por Ley Nº 23.981, han definido claramente las indicaciones del contenido nominal que deberán llevar en su rotulación las servilletas, toallas y pañuelos de papel que se comercialicen como premedidos, a los efectos de facilitar el intercambio comercial entre los países signatarios.

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Que en cumplimiento de ello, el Grupo Mercado Común, en su carácter de órgano ejecutivo del referido Tratado, ha dictado la Resolución GMC Nº 02 del 26 de Abril de 2001, donde en su Anexo se establece el Reglamento Técnico Mercosur para la indicación del contenido nominal de los productos servilletas, toallas y pañuelos de papel.

MINISTERIO DE ECONOMIA

CONSIDERANDO:

Resolución 480/2001

Bs. As., 17/9/2001

Que por Acta de Asamblea de Accionistas de SISTEVAL SOCIEDAD ANONIMA de fecha 4 de mayo de 2000, se dispuso la disolución y posterior liquidación de dicha sociedad, en ese entonces dependiente de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que por lo tanto corresponde adoptar e incluir en la legislación nacional el reglamento dictado por el Grupo Mercado Común.

VISTO el Expediente Nº 090-002313/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
Que el artículo 64 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que procede hacer uso de las facultades conferidas por el Artículo 14 inc. a y d de la Ley Nº 22.802, el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, el Decreto Nº 575 del 4 de Julio de 2000, el Decreto Nº 58 del 22 de enero de 2001 y el Decreto Nº 431 del 17 de abril de 2001.
Por ello, EL SECRETARIO DE LA COMPETENCIA, LA DESREGULACiON Y LA DEFENSA
DEL CONSUMIDOR
RESUELVE:
Artículo 1º Incorpórase a nuestro ordenamiento jurídico nacional el Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la indicación del contenido nominal de los productos servilletas, toallas y pañuelos de papel, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.
Art. 2º Las infracciones a lo dispuesto por la presente Resolución serán sancionadas de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 22.802.
Art. 3º La presente Resolución comenzará a regir a partir de los CIENTO OCHENTA 180 días de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Carlos Winograd.
ANEXO I
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR
PARA LA INDICACION
DEL CONTENIDO NOMINAL DE LOS
PRODUCTOS SERVILLETAS, TOALLAS Y PAÑUELOS DE PAPEL
ARTICULO 1º La indicación del contenido nominal de los productos, servilletas, toallas y pañuelos de papel, deben consignar el número de unidades que contiene cada paquete, como así también expresar las dimensiones lineales largo y ancho individuales de cada servilleta, toalla y pañuelo de papel.
ARTICULO 2º La indicación del contenido nominal de los productos toallas de papel en rollos, debe consignar el número de toallas contenido en cada rollo, así como sus respectivas dimensiones largo y ancho.
ARTICULO 3º En la indicación del contenido nominal de toallas de papel en rollos, cuando son comercializados en embalajes colectivos, debe constar el número de rollos, así como la cantidad de toallas que cada uno contiene y sus respectivas dimensiones largo y ancho.

Acéptase la renuncia del Liquidador de Sisteval Sociedad Anónima en liquidación.

SUMARIO
Pág.
COMERCIO EXTERIOR
Resolución 226/2001-SC
Declárase procedente la apertura de investigación relativa a la existencia de dumping en operaciones con neumáticos nuevos de caucho del tipo de los utilizados en bicicletas, originarios de la República Popular China, República de Indonesia y Reino de Tailandia.
DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Resolución 117/2001-SCDDC
Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional el Reglamento Técnico Mercosur sobre Contenidos Netos de Productos Industrializados Promedios.
Resolución 118/2001-SCDDC
Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional el Reglamento Técnico Mercosur sobre la indicación de contenido nominal de los productos servilletas, toallas y pañuelos de papel.
DEUDA PUBLICA
Resolución 481/2001-ME
Modifícase la planilla Nº 15 anexa al Artículo 9º de la Ley Nº 25.401.
METROLOGIA LEGAL
Resolución 119/2001-SCDDC
Modifícase el Anexo I de la Resolución Conjunta Nros. 86/2000-SDCC y 279/2000-SICYM, en relación con los instrumentos para el pasaje de vehículos por ejes o tandem de ejes.
MINISTERIO DE ECONOMIA
Resolución 480/2001-ME
Acéptase la renuncia del Liquidador de Sisteval Sociedad Anónima en liquidación.
SERVICIO TELEFONICO
Resolución 340/2001-SC
Asígnase numeración para el Servicio Básico Telefónico en diversas localidades.
Resolución 346/2001-SC
Asígnase numeración geográfica para ser utilizada en el Servicio de Telefonía Móvil, modalidad abonado llamante paga.
Resolución 347/2001-SC
Asígnanse Código de Identificación de Operador de Larga Distancia y numeración no geográfica para el Servicio de Cobro Revertido Automático.

Pág.
Resolución 354/2001-SC
Asígnase numeración para el Servicio Básico Telefónico en diversas localidades.

7

Resolución 355/2001-SC
Asígnase numeración adicional para el Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

7

Resolución 356/2001-SC
Asígnase numeración para el Servicio Básico Telefónico.

8

Resolución 357/2001-SC
Asígnase numeración no geográfica para el Servicio de Acceso a Internet.

8

TELECOMUNICACIONES
Resolución 339/2001-SC
Otórgase licencia única de servicios de telecomunicaciones, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764/2000.

3

Resolución 341/2001-SC
Regístrase a nombre de Impsat Sociedad Anónima el Servicio de Telefonía Pública.

3

Resolución 342/2001-SC
Otórgase licencia única de servicios de telecomunicaciones, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764/2000.

3

Resolución 343/2001-SC
Regístrase a nombre de la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios Públicos y Turísticos de San Martín de los Andes, el Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

4

Resolución 344/2001-SC
Otórgase licencia única de servicios de telecomunicaciones, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764/2000.

4

Resolución 345/2001-SC
Aclaración de la Resolución Nº 190/2001, mediante la cual se otorgó licencia única de servicios de telecomunicaciones.

4

8

5

1

5

2

1

6

CONCURSOS OFICIALES
6

Nuevos Anteriores
11
14

REMATES OFICIALES
Anteriores
15

6
AVISOS OFICIALES

Resolución 351/2001-SC
Asígnase numeración adicional para el Servicio Básico Telefónico.

7

Nuevos Anteriores
11
15

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/09/2001 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha21/09/2001

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9359

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/06/2024

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