Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 21/2/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 36

21 de febrero de 2020

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Artículo 68. El Ayuntamiento de Monreal del Campo presentará mensualmente a través de la Escuela, y previa domiciliación bancaria, el importe correspondiente a las asignaturas cursadas por cada alumno. Las cuotas a satisfacer serán las contempladas en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por enseñanza de música y prácticas instrumentales que incluye también las especialidades de dancísticas, cuya copia obrará en poder de la Escuela.
Artículo 69. Cada alumno deberá abonar los siguientes pagos:
- Cuota anual en concepto de matrícula si la hubiese.
- Cuota mensual en concepto de la/s asignaturas cursadas.
- A la cuota mensual se le sumará la del préstamo de instrumento si el alumno se está beneficiando del mismo.
CAPÍTULO 9: CALENDARIO ESCOLAR
Artículo 70. La Escuela Municipal de Música y Danza de Monreal del Campo seguirá, en la impartición de clases, el calendario escolar que para cada curso determine la Comunidad de Aragón en la provincia de Teruel.
Artículo 71. Los días no lectivos se podrán utilizar para las siguientes situaciones, previo aviso a los alumnos y consenso con la Dirección:
--Recuperación de clases.
- Ensayos de agrupaciones, dúos, tríos, etc.
- Preparación de conciertos, audiciones, etc.
CAPÍTULO 10: TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN
Artículo 72. En la Escuela de Música y Danza Director, Consejo Escolar, Profesores, Padres se encargarán del acercamiento de información de cuanto pueda interesar a los miembros de la misma, así como de cuántas cuestiones afecten a la organización y funcionamiento del centro.
- Los medios a utilizar para ello son: circulares, notificaciones internas, tablones de anuncios, radio local, correo electrónico, página web y cuántos medios puedan desarrollarse con la evolución y aplicación de las nuevas tecnologías.
- Toda la información referente a organización, plazos, requisitos, convocatorias, etc., figurará en los tablones de anuncios con la debida antelación. Sin menoscabo de la posibilidad de recibir información telefónica, es obligación de padres y alumnos consultar la información que figura en dichos tablones. El centro no se hace responsable de los errores en los que se pudiera incurrir por no leer debidamente la información contenida en los tablones de anuncios.
- La información de carácter general que pudieran incorporar los padres o alumnos a los tablones de anuncios u otros medios de información, no es responsabilidad de la Escuela de Música.
Artículo 73. Higiene y limpieza del centro.
Para establecer una mejor convivencia y respeto mutuo, necesarios en cualquier centro educativo, es responsabilidad y deber de todos el cumplir las siguientes normas que hacen referencia al mantenimiento, buen uso, limpieza e higiene de las instalaciones. Para ello:
- La Escuela de Música se mantendrá limpia de papeles y cualquier otro tipo de desperdicios.
- Se cuidarán y utilizarán correctamente los bienes muebles de las aulas, y despachos pupitres, pizarras, sillas, letreros, equipos de música, atriles, sillas, mesas, instrumental, etc. así como los distintos materiales que el Centro pone a disposición de alumnos y profesores.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas normas municipales, acuerdos o disposiciones, contradigan lo establecido en el presente Reglamento, y en especial el Reglamento de Funcionamiento de la Escuela de Música de Monreal del Campo aprobado en 1998 y modificado en 2010 y 2012.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Reglamento entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragon con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Monreal del Campo, a 10 de febrero de 2020.- El Alcalde, Carlos Redón Sánchez documento firmado electrónicamente.

Núm. 2020-0462

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 21/2/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha21/02/2020

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones5740

Primera edición02/01/2001

Ultima edición09/05/2024

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