Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 30/8/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 30 de agosto de 2022

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 20053

ESelección de candidatos/as:
La designación del personal directivo se realizará a propuesta de la Vicepresidenta del Consorcio. La selección debe realizarse conforme a criterios de competencia profesional,experiencia e idoneidad, garantizado por la publicidad y la concurrencia y bajo los principios, mérito y capacidad.
FNombramiento de candidatos/as seleccionados/as:
La autorización de la contratación corresponde a la Junta General de manera motivada mediante acuerdo, a propuesta de la Vicepresidencia del Consorcio, que incluirá el modelo de contrato del alta dirección, así como sus retribuciones. Las cuantías de sus retribuciones serán objeto de actualización conforme determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año y procederá el abono de trienios que tuvieran reconocidos en su Administración de origen, si fuera el caso.
La convocatoria podrá también declararse desierta si se entendiera que no se reúnen por los candidatos/as los requerimientos mínimos de mérito, capacidad e idoneidad en relación con el puesto convocado.
BASES REGULADORAS PARA LA DESIGNACIÓN COMO PERSONAL DIRECTIVO DE ADJUNTO/A 2 SERVICIOS GENERALES A LA GERENCIA
DEL CONSORCIO PARA LA PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE SEVILLA Y SU CONTRATACIÓN

El Consorcio para la Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla es una entidad pública de carácter voluntario y asociativo, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad para crear y gestionar servicios y actividades de interés común, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes y en virtud del artículo 78.3 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, tiene la consideración de Entidad Local de cooperación territorial. El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 231, de 1 de diciembre de 2017 publicó la aprobación de sus Estatutos.
APerfil del puesto directivo.
El perfil del puesto directivo de la presente convocatoria viene determinado por las funciones comunes de los Adjuntos/as a la Gerencia dentro de su ámbito de responsabilidad, que se recogen a continuación, así como por las funciones específicas que se le puedan atribuir en función de la especialidad del ámbito, objetivo y contenido del puesto, atendiendo al Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla al que se adscribirá y a los objetivos, competencias, servicios y unidades administrativas que se atribuyen a éste y que deberán constar en resolución de esta Vicepresidencia en virtud de la cual se determinen los candidatos/as seleccionados/as como directivo/a profesional del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla.
Funciones comunes:
Bajo las directrices del Gerente/a realizará, entre otras, las siguientes funciones:
Coordinar las actividades del personal de administración del Consorcio.
Planificar y programar la contratación administrativa del Consorcio.
Redacción de las propuestas de acuerdos a elevar al Consejo Rector y la Junta General del Consorcio.
Convocar las sesiones de las Comisiones Técnicas y de Participación Social del Consorcio.
Colaborar en la elaboración del anteproyecto de los presupuestos anuales del Consorcio.
Supervisar y asegurar la coordinación y coherencia de la Gestión presupuestaria y el seguimiento y control de la ejecución de los presupuestos del Consorcio.
Supervisar y asegurar la coordinación y coherencia para garantizar la protección de datos de carácter personal y transparencia del Consorcio el cumplimiento de las políticas de calidad del Consorcio.
Supervisar y asegurar la coordinación y coherencia para garantizar las acciones formativas del personal de administración.
Supervisar y asegurar la coordinación y coherencia para garantizar la aplicación de las medidas de prevención y riesgos laborables que se adopten para el personal de administración del Consorcio.
Supervisar y asegurar la coordinación y coherencia para garantizar la aplicación de las de las políticas de recursos humanos y la administración y gestión de los mismos del Consorcio.
Suplir a el/la Gerente/a en casos ausencia o enfermedad.
El régimen de contratación se determinará conforme a lo establecido en el artículo 21 de los Estatutos del Consorcio. Se someterá al régimen jurídico de los contratos de alta dirección establecidos en el Real Decreto 1382/1985 de 1 de agosto o norma vigente en cada momento de aplicación que lo sustituya.
La retribución total anual serán equivalentes a un puesto de similares características en la Diputación Provincial de Sevilla.
El personal de alta dirección queda sometido al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en otras normas estatales o autonómicas que resulten de aplicación.
BRequisitos de acceso:
Los candidatos serán seleccionados atendiendo a criterios de competencia profesional, experiencia e idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia, entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.
No obstante, dadas las características específicas de las funciones del puesto en base al ámbito funcional y objeto del Consorcio y de las relacionadas con el sector económico empresarial que constituye el ámbito de trabajo ordinario de las funciones directivas o gerenciales, se incluye como requisito de acceso en la convocatoria la de tener la condición de personal laboral fijo de las Administraciones Públicas en puestos que requieran titulación superior o con contrato de alta dirección, o bien se trate de un profesional del sector empresarial público o privado, titulado superior en todo caso, con más de tres años de experiencia en funciones directivas, gerenciales.
En todo caso los requisitos de acceso al empleo público recogidos en el art. 56 del EBEP son aplicables. Así:
a Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.
b Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
cTener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 30/8/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha30/08/2022

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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