Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 6 de noviembre de 2020

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 25841

Contra las presentes bases se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante este Ayuntamiento en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente, recurso contenciosoadministrativo, en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, -LRJCA-.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Gerena a 20 de octubre de 2020.El Alcalde-Presidente, Javier Fernández Gualda.
34W-6579

VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA
Doña Susana Garrido Gandullo, Alcaldesa del Ayuntamiento de esta villa, hace saber.
Primero: Que con fecha 19 de octubre esta Alcaldía ha dictado Resolución núm. 611/2020, dentro del expediente número 767/2020 del procedimiento: Revocación Delegación Competencias, referido al asunto de: Revocación de Competencias de Alcaldía, delegadas a la Junta de Gobierno Local, cuyos términos es como a continuación se transcribe:
Resolución de Alcaldía núm. 611/2020.
Visto que es necesario para mayor agilidad y operatividad de los asuntos, debo avocar las competencias en su día delegadas en la Junta de Gobierno Local., aprobadas por Resolución de Alcaldía 299/2019 de fecha 26 de Junio, en relación con el ejercicio de la competencia relativas a:
Artículo 21.a. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
g. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
j. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
Asimismo:
1. Las resoluciones de expedientes de calificación ambiental, así como la concesión de licencias de apertura donde se ejerzan dicho tipo de actividades.
2. El reconocimiento de obligaciones y la aprobación de facturas cualquiera que sea su cuantía.
3. La aprobación de toda clase de padrones fiscales y tributarios, así como, de las relaciones de sujetos pasivos de precios públicos.
4. La aprobación de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a toda clase de personas y entidades y la convocatoria de las mismas, así como su concesión en concreto y la aprobación de la justificación que hayan realizado sus beneficiarios.
5. La adopción de acuerdos que las diferentes normas reglamentarias municipales, las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, los pliegos de cláusulas administrativas particulares o las bases reguladoras de convocatorias con cualquier finalidad atribuyan a la Junta de Gobierno Local.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:
Primero.Revocar la delegación de competencia realizada mediante Resolución de Alcaldía número 299/2019 de fecha 26 de Junio, relativas a:
Artículo 21.a. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
g. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
j. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
Asimismo:
1. Las resoluciones de expedientes de calificación ambiental, así como la concesión de licencias de apertura donde se ejerzan dicho tipo de actividades.
2. El reconocimiento de obligaciones y la aprobación de facturas cualquiera que sea su cuantía.
3. La aprobación de toda clase de padrones fiscales y tributarios, así como, de las relaciones de sujetos pasivos de precios públicos.
4. La aprobación de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a toda clase de personas y entidades y la convocatoria de las mismas, así como su concesión en concreto y la aprobación de la justificación que hayan realizado sus beneficiarios.
5. La adopción de acuerdos que las diferentes normas reglamentarias municipales, las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, los pliegos de cláusulas administrativas particulares o las bases reguladoras de convocatorias con cualquier finalidad atribuyan a la Junta de Gobierno Local.
Quedando la Junta de Gobierno Local con el siguiente contenido, que coinciden con las delegadas por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria de organización, siendo estas:
j. El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria.
k. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
m. La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto, salvo las de Tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 6/11/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha06/11/2020

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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