Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 140

Jueves 18 de junio de 2020

Después de que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declarase pandemia internacional a la situación de emergencia de salud pública provocada por la COVID-19, el Gobierno de la Nación mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Dicho estado de alarma se ha prorrogado en varias ocasiones con el respaldo del Congreso de los Diputados y la adopción de medidas excepcionales en la lucha por el control de la pandemia que incide en el desarrollo de la actividad económica, principalmente de trabajadores/ras autónomos/as.
Esta situación va a ser más grave en los municipios de la provincia de Sevilla con menor población, donde el colectivo va a encontrar mayores dificultades para su recuperación económica por los medios con que cuenta la zona, lo cual va a provocar una disminución del empleo y con ello va a incidir negativamente en la situación de despoblamiento de dichos municipios.
La Diputación de Sevilla en el marco de sus competencias y en concreto a la establecida en el art. 36.1 d de la Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local LBRL, va a implementar cuantas actuaciones sean necesarias para apoyar la recuperación económica de los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia, mediante el sostenimiento de la actividad empresarial en sus territorios con la finalidad de reactivar la economía, y mantener con ello el empleo, lucha básica para evitar el despoblamiento de las zonas rurales.
En la lucha contra la despoblación de las zonas rurales, objetivo prioritario de la Diputación de Sevilla se creó por resolución de la Presidencia núm. 3749/2019, de 25 de octubre, la Oficina contra la Despoblación, cuyo objetivo es el llevar a cabo políticas encaminadas a evitar el despoblamiento del territorio de manera transversal.
Esta oficina es gestionada por Prodetur, SAU, Sociedad Instrumental de la Corporación, que coordina y coopera en la ejecución de proyectos conjuntos para dicho fin, por lo que dispone de personal cualificado y experiencia en la gestión de actuaciones para el cumplimiento de los mismos, lo que se desprende del Informe emitido por lo Departamentos Jurídicos y Económicos-Financiero de la citada Entidad de fecha 30 de abril de 2020.
El coste efectivo del equipo de trabajo destinado a la ejecución de este encargo ha sido valorado en 149.904,09 €, costes suscritos por los Departamentos de Recursos Humanos y Empleo y Formación de Prodetur, SAU de fecha 23 de abril de 2020, que servirá de referencia en ausencia de tarifas aprobadas por la Entidad Pública de la que depende el medio propio personificado, conforme a lo dispuesto en el art. 32.2 a del párrafo tercero de la LCSP.
En este sentido, de acuerdo con los arts. 31.1 y 32.2 de la LCSP y entendiendo que Prodetur SAU, cumple con todos los requisitos para ser considerado medio propio personificado de esta Corporación, de acuerdo al marco establecido para los encargos de ejecución de proyectos y actividades de la Diputación y Entes Locales de la provincia a los Entes Instrumentales Provinciales y de las encomiendas de gestión solicitadas a la Diputación Provincial, aprobado por Resolución de la Presidencia núm. 924/2018, de 5 de 20marzo, por lo que visto informe de la Secretaría General de fecha 20 de mayo de 2020 y de la Intervención de Fondos de fecha 18
de mayo de 2020, vengo a resolver:
Primero. Aprobar el Encargo de Ejecución que permita gestionar Convocatoria de Subvenciones de la Excma. Diputación de Sevilla destinadas a trabajadores/as autónomos/as para mantener la actividad económica en los municipios de la provincia de Sevilla menores de 20.000 habitantes ante la crisis generada por COVID-19.
Segundo.Objeto del encargo.
La Sociedad Prodetur SAU, medio propio personificado de esta Diputación, realizará las siguientes actuaciones en el encargo de ejecución:
1. Fase de diseño y planificación.
1.1 Elaboración de documentos.
Colaborará con los Servicios Generales del Área de Concertación en la elaboración del borrador de las Bases de la Convocatoria, proponiendo el texto a la Dirección del Área, así como confeccionará los documentos y/o anexos que se consideren necesarios para esta convocatoria, copias de los mismos se remitirá a los Servicios Generales de Desarrollo Local del Área para su inclusión en la página web de la Diputación de Sevilla.
1.2. Información en la web de Prodetur SAU.
Mantendrán en la página web de Prodetur, SAU información actualizada de esta convocatoria, facilitando con ello el acceso a los diferentes modelos y anexos de la misma y a la información necesaria y relativa a esta convocatoria.
1.3. Comité Permanente a partir de ahora El Comité.
Para la gestión de estas ayudas se designará un comité permanente formado por la/s persona/s designadas por el Área de Concertación y Prodetur, SAU. Actuando como Secretario la persona del comité que represente al Área de Concertación.
Prodetur, SAU notificará por escrito al Área de Concertación, quien o quienes serán designados para formar parte de dicho comité permanente, igualmente el Área notificará a la persona o personas que integren el mismo a esta Entidad, en el plazo de 10 días desde la aceptación del Encargo.
Las funciones de este Comité vendrán relacionadas con la gestión de la convocatoria de acuerdo con las Bases Reguladoras de éstas, tendrá carácter técnico en el desarrollo de la misma, proponiendo al Área la adopción de las medidas necesarias para llegar al máximo de beneficiarios con mayor agilidad y eficacia posible, así como cualquier otro asunto que sea de interés para la gestión de estas ayudas.
Sus reuniones serán mensuales durante la tramitación de las ayudas y hasta su total justificación, sin perjuicio de que cualquiera de las partes pueda solicitar reuniones en periodos inferiores cuando así lo requiera la ejecución del proyecto.
La primera convocatoria se celebrará a la publicación de las Bases Reguladoras con el fin de iniciar la coordinación de los trabajos.
De las mismas se levantará acta con los asuntos tratados y propuestas realizadas que se comunicará a la Dirección del Área de Concertación y a los Servicios Generales de Desarrollo Local, para su conocimiento y custodia, así como para la adopción de las medidas que fuesen necesarias, por dar lugar a tramitación administrativa.
Asimismo le será de aplicación lo dispuesto para los órganos colegiados en los arts. 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha18/06/2020

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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