Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 24/2/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 45

Lunes 24 de febrero de 2020

sin perjuicio de reajustar las sucesivas programaciones mensuales de ordenación de pagos, a fin de recuperar las prioridades previstas con carácter general en este Plan.
Quinta:Cuando se trate de gastos financiados con subvenciones finalistas en los que el cobro de las mismas esté condicionado a la justificación del pago de los citados gastos, en los supuestos en que finalice el plazo de justificación, dichos gastos tendrán carácter prioritario. No obstante, la citada afectación respetará, en todo caso, la prioridad de los niveles 1.º y 2 de este Plan de Disposición de Fondos. En estos supuestos, el Servicio correspondiente deberá informar formalmente de esta circunstancia a la Tesorería municipal.
Sexta:El Alcalde, como ordenador de pagos, podrá ordenar el pago de obligaciones no preferentes con nivel de prioridad 4 correspondientes a servicios, suministros, gastos de inversión, que se consideren esenciales para el correcto funcionamiento de los servicios básicos municipales, dejando constancia formal de ello en el correspondiente pago.
Séptima:A los efectos de no incumplir el principio de prelación de pagos, se establece como procedimiento de pago generalizado el pago ordinario mediante transferencia bancaria, previa presentación de factura correspondiente en el Ayuntamiento, siendo el procedimiento de pagos a justificar un procedimiento muy excepcional y que deberá estar motivado y justificado previamente.
Ordenación de las fechas de pago:
1. Como regla general los pagos se realizarán:
a Entre los días 25 a 30 de cada mes se incluirán:

Nóminas correspondientes a ese mes.

Seguros sociales del mes anterior.

Retención IRPF en los plazos establecidos por la normativa reguladora.
b Entre los días 1 a 5 de cada mes se incluirán:

Facturas registradas en el mes anterior.

Cuotas de Mancomunidades devengadas en el anterior mes.
Se exceptúan de la regla general anterior los siguientes pagos:

Las obligaciones cuya fecha de pago venga determinada por disposición legal, contrato o convenio y sea diferente al período señalado en el párrafo anterior. Facturas domiciliadas, según Bases de ejecución del presupuesto.

Los pagos originados en anticipados de caja fija, pagos a justificar y anticipos de nómina.
2. Los pagos por certificaciones de obras o los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato se abonarán dentro de los plazos establecidos en el artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Vigencia:
El presente Plan de Disposición de Fondos entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, a los efectos del artículo 52 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo en los términos, forma y plazos previsto en la jurisdicción contencioso-administrativa y tendrá validez hasta su modificación o revocación por órgano competente. En Gelves a 5 de febrero del 2020. El Tesorero: Aurelio Ibáñez Tapia.
Esta Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, y artículo 186 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y demás disposiciones de aplicación, en el ejercicio de las competencias que las mismas me confieren, vengo en resolver:
Primero:Aprobar el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería municipal en los términos señalados en la propuesta formulada por el Tesorero de la Corporación.
Segundo:Dese traslado de la presente resolución a la Tesorería municipal así como a la Intervención de Fondos, y procédase a la tramitación reglamentaria y publicación en el Boletín Oficial de la provincia, dado su carácter normativo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Plan de Disposición de Fondos entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, a los efectos del artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la aprobación del Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, que se contará igualmente desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo que establece el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Gelves a 14 de febrero de 2020.La Alcaldesa, Isabel Herrera Segura.
34W-1257

OLIVARES
Subvención para asociaciones y entidades sin animo de lucro de Olivares.- Convocatoria 2020.
BDNS Identif: 496926.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 24/2/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha24/02/2020

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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