Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 17/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 17 de enero de 2020

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 1371

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se le presenten y para adoptar los acuerdos necesarios, en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria..
5.Procedimiento de selección.
5.1 El procedimiento de selección será mediante sistema de concurso, regulándose por las normas que a continuación se relacionan.
5.2 Fase de valoración de méritos: Consiste en la valoración de méritos conforme al baremo que consta en el anexo. La puntuación máxima que se podrá obtener será de nueve puntos, siendo necesario una puntuación mínima de cinco puntos para poder pasar a la entrevista.
5.3 Fase de entrevista: Consistirá en una entrevista técnica en la que se constatan elementos curriculares del aspirante, con un punto.
5.4 La calificación final del concurso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de todas las fases de la misma. En caso de empate entre los aspirantes, prevalecerá el que haya obtenido mayor puntuación en la fase de méritos.
La publicación del resultado de la valoración habrá de contener para cada aspirante su puntuación, con indicación de la obtenida en cada apartado.
6.Puntuación y propuesta de selección.
6.1 La relación definitiva de aprobados, que el Tribunal hará pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la web municipal, será elevada por el Alcalde con la correspondiente propuesta de contratación.
6.2 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes a las plazas convocadas.
7.Presentación de documentos y nombramiento o contratación.
7.1 Los aspirantes propuestos por el Tribunal aportarán ante la Corporación, en un plazo máximo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
7.2 La no presentación, en el plazo exigido, de la documentación, excepto en caso de fuerza mayor, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante, comportando la nulidad de los actos del Tribunal en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar la contratación. En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de los aspirante, según orden de puntuación obtenida, que habiendo superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas tenga cabida en el número de plazas convocadas, como consecuencia de la citada anulación.
7.3 El Alcalde, una vez que el aspirante propuesto haya presentado la documentación acreditativa de los requisitos, procederá a la contratación laboral a tiempo parcial con una duración sujeta al compromiso de financiación del programa correspondiente al Plan de Cohesión Social e Igualdad 2019-2021 por parte de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, debiendo ser formalizado el contrato en el plazo de dos días a contar desde el siguiente en que le sea notificado la propuesta de contratación al aspirante con mayor puntuación.
7.4 Quien sin causa justificada no formalice el contrato en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de la superación de lo establecido en estas bases.
8.Régimen jurídico.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación lo dispuesto en el art. 55.2 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local y el R.D.L. 781/1986, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes de Régimen Local.
9.Interpretación de las bases e incidencias.
Se atribuye al Tribunal de Selección la facultad de interpretar estas bases y de resolución de incidencias y recursos, hasta el acto de constitución del Tribunal Calificador, en que se atribuirá a este la facultad de interpretación y resolución de incidencias hasta la terminación de las pruebas.
10.Derecho supletorio.
En lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en esta materia.
Anexo I
Delegación municipal: Igualdad 1.Contrato: Asesor/a jurídico/a.
2.Número de contratos: Uno.
3.Duración del contrato: Según compromiso de financiación del programa dentro del Plan de Cohesión Social e Igualdad 2019-2023 de la Excma. Diputación de Sevilla.
4.Sistema de selección: Concurso de méritos.
6.Plazo de presentación de solicitudes: Diez días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial de la provincia.
7.Plazo de subsanación de deficiencias en la solicitud: tres días hábiles.
8.Fase de concurso: Conforme a las presentes bases y el siguiente baremos de méritos:
A.Fase de valoración de méritos máximo 9 puntos.
A.1.Cursos de formación o perfeccionamiento relacionados con la plaza, máximo de 4 puntos:
Cursos 10-20 horas de duración: 0,10 puntos.
Cursos 21-40 horas de duración: 0,15 puntos.
Cursos 41-100 horas de duración: 0,25 puntos.
Cursos de más de 100 horas: 0,50 puntos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 17/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha17/01/2020

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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