Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 17/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 13

Viernes 17 de enero de 2020

BASES PARA SELECCIONAR UN/A ASESOR/A JURÍDICO/A DEL PUNTO DE IGUALDAD MUNICIPAL

1.Naturaleza y características de los contratos y sistemas selectivo elegido.
El objeto de la presente convocatoria es la contratación a tiempo parcial de un/a asesor/a jurídico/a para el Punto de Igualdad Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Guillena, al amparo del Convenio de Colaboración existente entre el Área de Cohesión Social e Igualdad de la Diputación de Sevilla y este Ayuntamiento el cual establece que la financiación del Plan será revisable anualmente, con lo que los costes se adecuarán a lo establecido en el mismo. Estos costes se podrán incrementar, con financiación municipal, en el caso que el volumen de trabajo sea superior al habitual, según informe del área, incrementándose el porcentaje de contratación un máximo de un 20%. La contratación será por dos años coincidiendo con la vigencia de dicho Convenio pudiéndose prorrogar la contratación si el convenio se prorrogase por dos años más.
2.Condiciones y requisitos que deben de cumplir los aspirantes.
aSer español/a, así mismo podrán ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los nacionales de otros estados en los términos previstos en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
b Tener cumplidos los 16 años de edad y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.
c Estar en posesión del título que se indica en los anexos que se acompañan.
d Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e Poseer carné de conducir.
fNo haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los requisitos establecidos en las presentes Bases, deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias.
3.Instancias y documentos a presentar.
3.1. Los aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se inserta al final de estas bases, dirigida al Sr. Alcalde y presentada en el Registro General del Ayuntamiento de Guillena o en sus registros auxiliares de las pedanías de Torre de la Reina y las Pajanosas, debiendo adjuntar los siguientes documentos:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia del título académico exigido.
Fotocopia del permiso de conducir.
Certificaciones acreditativas de los méritos alegados expedidos por el fedatario público de la Administración correspondiente o certificados de empresa y contratos de trabajo correspondientes a los períodos expresados en dichos certificados, para los períodos de trabajo en empresas privadas.
Certificados de la realización de cursos organizados por la Administración Pública u Organismos Oficiales, relacionados con las funciones a desempeñar.
Declaración responsable que recogerá el no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función, no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica prevista en la legislación vigente, no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para la función pública.
3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, tal y como figura en el anexo I, apartado 6, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la provincia.
3.3. Expirado el plazo de presentación de instancias, por el Alcalde de la Corporación se dictará resolución en término máximo de diez días, declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos y excluidos, e indicando, en su caso, la causa de exclusión.
En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios y en la web municipal, se establecerá un plazo de 3 días, anexo I, apartado 7, para subsanación del defecto o defectos que hubiera motivado la exclusión.
En el supuesto que ningún aspirante hubiera sido provisionalmente excluido o ningún aspirante provisionalmente excluido haya presentado, en el plazo establecido, documentación para subsanar los errores, el Alcalde de la Corporación dictará resolución en el plazo de 15 días declarando aprobada la lista definitiva de admitidos, que se publicará en el tablón de anuncios y en la web municipal.
3.4. En todo caso, la lista definitiva de aspirantes admitidos y/o excluidos se expondrá en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Guillena sito en Plaza de España n.º 1, así como en los tablones de edictos de las pedanías.
4.Tribunales.
De conformidad con el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Art. 60: Órganos de Selección:
1.Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá así mismo a la paridad entre mujer y hombre.
2.El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
3.La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta es representación o por cuenta de nadie.
4.Los miembros deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el puesto, y estará integrado por:
Presidente, titular y suplente, dos Vocales, titulares y suplentes y un Secretario, titular y suplente, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes, siendo imprescindible la asistencia del Presidente y del Secretario. Adoptará sus acuerdos por mayoría de sus miembros asistentes, dirimiendo los empates el voto de calidad del Presidente.
Los miembros del Tribunal se abstendrán y podrán ser recusados cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Su actuación se sujetará a las bases de la convocatoria y supletoriamente a lo establecido en los arts. 22 y siguientes de la indicada Ley.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 17/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha17/01/2020

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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