Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 21/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Sábado 21 de diciembre de 2019

Número 294

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Metro de Sevilla, Sdad. Concesionaria de la Junta de Andalucía, S.A.
Expediente: 41/01/0175/2019.
Fecha: 11 de noviembre de 2019.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: José Luis Sebastián Aranda.
Código: 41005082012010.
Visto el Convenio Colectivo de la empresa Metro de Sevilla, Sdad. Concesionaria de la Junta de Andalucía, S.A. Código 41005082012010, suscrito por la referida Entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia del 1 de enero de 2019 a 31 de diciembre de 2022.
Visto lo dispuesto en el artículo 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T., por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores Boletín Oficial del Estado 255, de 24 de octubre de 2015, de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado 143, de 12 de junio de 2010, sobre registro y depósitos de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo Boletín Oficial del Estado n.º 143 de 12 de junio, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, que regula la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, que modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019, de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 31, de 14 de febrero de 2019.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero.Registrar y ordenar el depósito del convenio colectivo de la Empresa Metro de Sevilla, Sdad. Concesionaria de la Junta de Andalucía, S.A. Código 41005082012010, suscrito por la referida Entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia del 1 de enero de 2019 a 31 de diciembre de 2022.
Segundo.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sevilla a 11 de noviembre de 2019.La Delegada Territorial, María del Mar Rull Fernández.
IV CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA DE METRO DE SEVILLA, SOCIEDAD CONCESIONARIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, S.A.

Título I.Ámbito.
Articulo 1:Ámbito de aplicación.
1. Ámbito personal y funcional.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todos los/las trabajadores/as de Metro de Sevilla S.C.J.A. S.A. en adelante, Metro de Sevilla.
Quedan expresamente excluidas las relaciones laborales especiales de alta dirección a las que hace referencia el artículo 2.a del Estatuto de los Trabajadores en adelante, ET y que se encuentran reguladas por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto y las del personal incluido en el artículo 1.3.c del ET.
2. Ámbito territorial:
El Convenio Colectivo tendrá aplicación en todas las dependencias constituidas y que puedan constituirse en el futuro, en que se desarrolle la actividad de la empresa.
3. Ámbito temporal:
La vigencia del presente convenio colectivo se extenderá desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre del año 2022, con independencia de la fecha en que se lleve a efecto la publicación oficial del mismo por el Organismo administrativo competente.
Las Tablas Salariales pactadas, tendrán carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2019. El abono de las diferencias retributivas retroactivas se producirá en un plazo máximo de dos meses desde la firma del texto definitivo del Convenio.
El Convenio Colectivo se prorrogará de año en año si no mediara denuncia de alguna de las partes al menos con un mes de antelación a la fecha de finalización, y si mediara denuncia en ese plazo mantendrá su vigencia en la totalidad de sus cláusulas, tanto obligacionales como normativas, hasta tanto no se logre acuerdo que lo sustituya.
Articulo 2:Comisión paritaria.
Se constituirá una Comisión Paritaria de Interpretación y Vigilancia del presente Convenio Colectivo para entender de cuantas cuestiones se deriven de la interpretación, desarrollo, aplicación, control y vigilancia del cumplimiento del mismo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 21/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha21/12/2019

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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