Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 27/7/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 27 de julio de 2018

Número 173

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Economía y Conocimiento - Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Fundación Cajasol.
Expediente: 41/01/0077/2018.
Fecha: 30 de mayo de 2018.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: María Isabel Arteaga Jiménez.
Código 41100821012018.
Visto el Convenio Colectivo de la Fundación Cajasol, Código 41100821012018, suscrito por la referida Entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de junio de 2018 a el 31 de junio de 2022.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre E.T., de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los arts. 3, 6 y 8 del RD 713/2010, de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
Esta Delegación Territorial, acuerda:
Primero. Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo de la Fundación Cajasol, Código 41100821012018, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de junio de 2018 a el 31 de junio de 2022.
Segundo. Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
El Delegado Territorial de economía Innovación Ciencia y Empleo en Sevilla, Juan Borrego Romero.
Convenio Colectivo de la Fundación Cajasol Capítulo I
Disposiciones generales Artículo 1. Partes concertantes.
El presente Convenio Colectivo se concierta entre el Delegado de Personal de la Fundación Cajasol y el representante de la Fundación, designado por la Presidencia del Patronato de la Fundación Cajasol.
Artículo 2. Ámbito personal.
El ámbito del presente Convenio Colectivo comprende a todas las personas que tienen la calidad de trabajadores/as por cuenta de la Fundación Cajasol, que prestan sus servicios, mediante relación contractual de carácter laboral, con excepción de aquél al que sea de aplicación el artículo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 3. Ámbito funcional.
El presente Convenio Colectivo regula las relaciones laborales y condiciones de trabajo que serán de aplicación en la Fundación Cajasol en adelante la Fundación Cajasol.
Artículo 4. Ámbito territorial.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación al centro de trabajo de Plaza San Francisco, 1, en Sevilla.
Artículo 5. Vigencia.
El Presente convenio colectivo estará en vigor desde el día 1 de junio de 2018, independientemente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla.
Artículo 6. Duración.
El presente Convenio Colectivo tendrá una duración de 4 años, por lo cual sus efectos se extinguirán el 31 de mayo de 2022.
Artículo 7. Denuncia.
La denuncia para la revisión del Convenio Colectivo se efectuará por escrito y dentro del plazo de tres meses antes de la fecha de su vencimiento inicial o de cualquiera de sus prórrogas.
Podrá efectuar la denuncia cualquiera de las representaciones firmantes del Convenio Colectivo, debiendo comunicarlo a la otra representación y a la Autoridad Laboral, razonando sobre los motivos de su denuncia y los puntos a discutir, iniciándose las deliberaciones para un nuevo Convenio en el plazo máximo de un mes desde la denuncia.
Artículo 8. Prórroga.
El Convenio Colectivo quedará automáticamente prorrogado al finalizar su vigencia y en los mismos términos, por períodos sucesivos de un año cada uno de ellos, si ninguna de las representaciones procede a su denuncia, de conformidad con lo que se establece en el artículo 7.
Las Tablas Salariales se revisarán cada año, incluso en caso de que no se denunciase el Convenio Colectivo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 27/7/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha27/07/2018

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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