Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/7/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 3 de julio de 2018

Número 152

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Economía y Conocimiento - Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Milosan Travel, S.L. 41/2018/69.
Expediente: 41/04/0072/2018.
Fecha: 8 de mayo de 2018.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Manuel Gallego Reyes.
Código: 41104392042018.
Vista el acta de finalización del procedimiento de Conciliación-Mediación previo a la convocatoria de huelga ante la Comisión de Conciliación-Mediación del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía Sercla, su referencia: 41/2018/0069, promovido por UGT y el Comité de Huelga, frente a la empresa Milonsan Travel, S.L.
Visto lo dispuesto en el art. 8 punto 2 del Real Decreto Ley 17/77, de 4 de marzo in fine, BOE de 11 de marzo de 1977, a cuyo tenor se determina, que el pacto que ponga fin a la huelga tendrá la misma eficacia que lo acordado en Convenio Colectivo.
Visto lo dispuesto en el art. 90 del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre en relación con el art. 2.1.d in fine del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, según el cual, serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, así como los Acuerdos que ponen fin a la huelga.
Visto lo dispuesto en el art. 4, punto 1 in fine del Reglamento de Funcionamiento y Procedimiento del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía Sercla BOJA número 23, de 4 de febrero de 2004, que determina que, el texto del Acuerdo o Laudo que tenga atribuida eficacia de Convenio Colectivo, será remitido a la Autoridad Laboral para su registro y publicación, en los términos previstos en el art. 90 del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre.
Visto lo dispuesto en el art.6.1.c del RD 713/2010, de 28 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, que establece que los Laudos arbitrales y los Acuerdos de Mediación acordados en el seno de un sistema de Mediación o Arbitraje, serán objeto de inscripción a solicitud del órgano de dirección del organismo correspondiente.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero: Registrar y ordenar el depósito del acuerdo adoptado en el Sercla, de fecha 13 de abril de 2018, entre la empresa Milosan Travel, S.L. y el Comité de Huelga y U.G.T.
Segundo: Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Sevilla a 8 de mayo de 2018.Delegado Territorial, Juan Borrego Romero.
ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A HUELGA ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN

En Sevilla, a 13 de abril de 2018, en el conflicto número 4120180069, don Rafael García Serrano, D.N.I. 28402642B, en nombre y representación de Secretario de Organización del Sindicato de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT, y el Comité de Huelga de Milosan Travel, S.L., frente a Milosan Travel, S.L. , se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los miembros que al final se relacionan:
Antecedentes:
Con fecha 10 de abril de 2018, se celebró sesión de mediación con relación al precitado expediente, en la que tras varias intervenciones por parte de todos los asistentes se acordó suspender dicho acto, quedando todos ellos emplazados para una nueva reunión que se celebraría en esta misma sede el día de la fecha, por lo que convocadas las partes en tiempo y forma comparecen:
Por la parte promotora, don Juan Antonio González Marín, con DNI: 28601020Z, representación que es reconocida de contrario, don Rafael Cabrera Pérez, D.N.I. 46622717S en su calidad de Delegado Sindical en la empresa.
En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto: Don Carlos Valenzuela Iglesias, con DNI: 31689711N
representación que acredita mediante poder otorgado ante la notario del Ilustre Colegio de Andalucía doña María Dolores Conesa Lorenzo, de fecha 27 de diciembre de 2016, bajo el número 1421 de su protocolo.
Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación: Se avenga la empresa a abonar las horas extras años 2017 y 2018, las dietas de los años 2017 y 2018, el abono de las diferencias salariales en nóminas, al abono de los sábados y domingos no disfrutados y a disfrute de las vacaciones de los años 2016 y 2017.
Se hace constar que en el supuesto de que el procedimiento ante el Sercla finalice con avenencia, este Sistema solicitará a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme a los artículos 2.1.d y 6.1.c del R.D. 713/2010, de 28 de mayo.
El presente acto comienza a las 12:30 horas, finalizando a las 13:45 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 20.
Iniciada la sesión, conforme a las normas legales y convencionales de aplicación, todas las partes interesadas, exponen a los miembros de la CCM, sus respectivas posturas, iniciándose un debate sobre el objeto del conflicto.
Finalmente, tras varias intervenciones por parte de todos los asistentes se logra alcanzar los siguientes Acuerdos sobre los temas objetos del presente conflicto:
Acuerdos:
La empresa reconoce la cantidad líquida de 41.000 € en relación a la deuda pendiente contraída con los trabajadores correspondiente a los atrasos del año 2017, abonándose pagos mensuales de 4.000 € líquidos, los días 25 de los meses de mayo a agosto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 3/7/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha03/07/2018

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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