Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/6/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Junio, 24 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 69
LEYES - DECRETOS - RESOLUCIONES

DECRETO Nº 1338-E/2020.EXPTE Nº 1057-1121/2014.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Educación a imputar la erogación derivada del Expediente N 1057-1121-2014, caratulado "NOTA N 170SGE/14 S/RECONOCIMIENTO DE SERVICIO DEL PERSONAL SERVICIOS GENERALES" DEL I.F.D. N AUTORIZADOS POR EL MINISTRO DE
EDUCACION", cuando por derecho corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26 "Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de y Organización "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos: Ejercicio 2020, Ley N 6149, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 3.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su conocimiento y difusión. Cumplido pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto; Hecho, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 410-SEP/2022.EXPTE. Nº 1057-1121/2014.SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAYO 2022.EL SECRETARIO DE EGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Modificar el ejercicio económico consignado en el Artículo 1 del Decreto N 1338-E-2020 y autorizar la imputación del gasto contra los créditos presupuestarios del Ejercicio 2022 - Ley N 6256.ARTICULO 2.- Previo registro, pase al Tribunal de Cuentas para toma de razón del Decreto N 1338-E-2020 y luego remítanse estas actuaciones a Contaduría de la Provincia.C.P.N. Fortunato Esteban Daher Secretario de Egresos Públicos DECRETO Nº 1604-ISPTYV/2020.EXPTE Nº 3740-M/1983.Agreg. Expte. Nº 0516-166/2009.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 SET. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos a confeccionar la correspondiente Escritura de Carta de Pago a favor de la Sra.
Vaquel, Silvia Mabel, DNI N 21.607.049, del terreno fiscal individualizado como Lote N 17, Manzana N 103, Padrón D -3266, Matricula D-6985, ubicado en el Barrio Belgrano de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, de conformidad a los motivos expresados en el exordio.ARTÍCULO 2.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos; Dirección Provincial de Inmuebles, Dirección Provincial de Rentas. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2120-MS/2020.EXPTE Nº 412-046/2015.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DIC. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorícese a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del Expediente N 412-046/2015 caratulado: Planillas de liquidación de haberes correspondiente al Pago de la diferencia entre Titulo Universitario de 05 años a la OFICIAL SUB INSPECTOR RAMOS ALEJANDRA
MELINA, D.N.I. N 28.998.457, Legajo N 15.789, a la Partida L. DEUDA PUBLICA 03-10-15-01-26 para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores prevista en el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos Ejercicio 2020 Ley N 6.1149, informada por la Dirección de Presupuesto, debiendo Policía de la Provincia de Jujuy cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.ARTICULO 3.- Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/6/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha23/06/2022

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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