Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 06 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 102

DECRETO Nº 8878-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº MA -641-159/2005.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 MAR. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Ratifícase la Resolución N 06/2012-IJC de fecha 28 de Marzo de 2012, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase a Título Gratuito a la Sra. Rioja, Eudosia, DNI N 4.143.736, la Parcela N 1000, Padrón K-5291 con una superficie de 70 Has 6479,70
m2 ubicada en el Distrito Puesto del Marqués, Departamento Cochinoca, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones, aprobado bajo el N 08553 por la Dirección Provincial de Inmuebles, en fecha 21 de Octubre de 2008.ARTICULO 2.-Establécese que .los. Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N 5206 y Decreto N 789-G-2004 y el Articulo 15 primer apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTICULO 3.- Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto Nacional N 456/97, Artículo 15 segundo apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTICULO 4º.-Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese este acto a los titulares de las Minas y Cateos.ARTICULO 5.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor de la adjudicataria.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8879-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº MA-641-200/2005.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 MAR. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Ratifícase la Resolución N 27/2011-IJC de fecha 16 de Noviembre de 2011, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase a Título Gratuito al Sr. Vilca, Marino Nicolás, DNI N 18.115.505, la Parcela N 980, Padrón K-5044 con una superficie de 229 Has 2933 m2 ubicada en el Distrito Puesto del Marqués, Departamento Cochinoca, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones, aprobado bajo el N 07414 por la Dirección General de Inmuebles, en fecha 24 de Agosto de 2007.ARTÍCULO 2.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N 5206 y Decreto N 789-G-2004 y el Articulo 15 primer apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTÍCULO 3.- Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto Nacional N 456/97, Artículo 15 segundo apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTÍCULO 4.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese este acto a los titulares de las Minas y Cateos.ARTÍCULO 5.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8934-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 0630-600/2009.Agreg. Expte. Nº 0630-599/2009.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 MAR. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Rechazase el pedido de designación en Planta Permanente del Sr. Marcelo Héctor Herrera, DNI N 13.889.466 como Encargado de Oficina de la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones SUSEPU, de conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio.-

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JURISDICCION: R MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos 24 c-4
2 Agrup. Técnico Esc. General =
TOTAL
2 CREASE:
Categoría Nº de Cargos 13 c-4
2 Agrup. Técnico Esc. General =
TOTAL
2 ARTÍCULO 2º.-Téngase por designada a la señora Laura Lorena Benicio, CUIL 2730399230-3, en el cargo categoría 13 c-4, Agrupamiento técnico, escalafón general, de la Unidad de Organización R601-03, Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 01 de mayo de 2018.ARTICULO 3.- Téngase por designada a la señora Melina Griselda Gerón, CUIL 2732930668-8, en el cargo categoría 13 c-4, Agrupamiento técnico, escalafón general, de la Unidad de Organización R601-03, Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 01 de mayo de 2018.ARTICULO 4.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 2 téngase por rescindido el Contrato de Locación de Servicios que detenta la señora Laura Lorena Benicio, CUIL 27-30399230-3, en el cargo categoría 13 c-4, agrupamiento técnico en el Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 30 de abril de 2018.ARTICULO 5.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 3 téngase por rescindido el Contrato de Locación de Servicios que detenta señora Melina Griselda Gerón, CUIL 27-32930668-8, en el cargo categoría 13 c-4, agrupamiento técnico en el Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 30 de abril de 2018.ARTICULO 6.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto vigente que a continuación se indican:
Ejercicio 2019:
Con la respectiva partida de Gasto en personal asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana".EJERCICIOS ANTERIORES: Periodo no consolidado:
Deuda Pública Provincial "03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no comprometidas Presupuestariannente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L"
Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría da la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. ARTICULO 7.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de alud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9315-E/2019.EXPTE. Nº 200-394-2018.C/Agregados: 1050-659-18 y 1050-633-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SRA. MARÍA ELENA TEJERINA, D.N.I. N
26.793.447, en contra de la Resolución N 9252-E-18 de fecha 13 de junio de 2018, por las razones expuestas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 9333-S/2019.EXPTE. Nº 200-661/18 y Agdo. Nº 700-635/18; y Nº 741-748/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
DECRETO Nº 9054-ISPTyV/2019.ARTICULO 1º.- Rechazase por inadmisible y extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por el EXPTE. Nº MA 641-136/2005.Dr. Aníbal Massaccesi en el carácter de Apoderado Legal de la Sra. BECERRA VICTORIA, D.N.I. Nº SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 ABR. 2019.14.787.531, en contra de la Resolución Nº 3698-S-18, emitida por el Sr. Ministro de Salud en fecha 24
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
de setiembre de 2018.DECRETA:
ARTICULO 2.- Déjese constancia que el presente acto administrativo se emite al solo efecto de dar ARTICULO 1º.- Ratificase la Resolución N 15/2018-IJC de fecha 02 de Julio de 2018, dictada por el cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 33 de la Constitución Provincial, sin que su emisión implique la Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase a Título Gratuito al Sr. Suares, Julio reapertura de instancias fenecidas o caducas ni la reanudación de plazos procesales vencidos.Domingo, DNI N 8.175.464, la Parcela N 1097, Padrón K-5505 con una superficie de 511 Has 8.611,26 m2
ubicada en el Distrito de Guayrazul, Departamento Cochinoca, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
de Fracciones, aprobado bajo el N 14403 por la Dirección Provincial de Inmuebles, en fecha 14 de Agosto GOBERNADOR
de 2014.ARTICULO 2.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales DECRETO Nº 9417-ISPTyV/2019.vigentes, Ley Provincial N 5206 y Decreto N 789-G-2004 y el Articulo 150 primer apartado del EXPTE. Nº 612-218/18.Convenio N 169 de O.I.T.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAYO 2019.ARTICULO 3.-Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto DECRETA:
Nacional N 456/97, Artículo 15 segundo apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTICULO 1º.- Promuévase a la Categoría 24 del Escalafón General, Agrupamiento Administrativo ARTICULO 4º.-Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese este acto a los titulares de las Minas previsto en la Ley N 3161/74, con retroactividad al 01 de enero de 2019, al agente Clara Narcisa y Cateos.VALLEJOS, CUIL N 27-11664555-1 personal de Planta Permanente de la DIRECCIÓN GENERAL
ARTICULO 5.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura DE ARQUITECTURA, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3, Anexo I del Decreto N
Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.8865-H/2007, reglamentario de la Ley N 5502/05.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo anterior se C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
atenderá con la partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N 6113 - Ejercicio 2019 para la Unidad de Organización: "V3A" Dirección GOBERNADOR
General de Arquitectura, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando créditos de la Partida: "K"- Obligaciones a Cargo del Tesoro, denominada: 1-1-1-1-1-60: "Adecuación Ley 5502".DECRETO Nº 9272-S/2019.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la EXPTE. Nº 715-1465/17.condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007 y a lo Agrdo. Nº 715-1466/17.previsto por el Artículo 100º bis de la Ley Provincial N 3161/74, a cuyos efectos arbitrarán los SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAYO 2019.trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, DECRETA:
Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 1º.- Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos y vigente, Ejercicio 2019- Ley 6113, conforme se indica a continuación:
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha05/09/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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