Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 06 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 102

1078

ARTÍCULO 4.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese este acto a los titulares de las Minas y Cateos ARTÍCULO 5.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.-

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 1086-DEyP/2016.EXPTE. Nº 660-272/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 ABR. 2016.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Déjase sin efecto, a partir del 13 de Abril de 2016 la designación del Licenciado en Administración DIEGO MATIAS SUAREZ, D.N.I. N 28.073.774, en el cargo de Director de la Agencia de Comercialización de la Secretaría de Desarrollo Industrial y Comercial.ARTICULO 2.- Desígnase, en forma retroactiva al día 13 de Abril de 2016, al Licenciado en Administración DIEGO MATIAS SUAREZ, D.N.I. N 28.073.774, en el cargo de Secretario de Desarrollo Industrial y Comercial, del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 4238-HF/2017.EXPTE. Nº 0513-418/2011.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Ténganse por asignadas las funciones de Jefe de División Exenciones y Compensaciones de la Dirección Provincial de Rentas, a la C.P.N. SABINA EVA MAZA, DNI N
16.186.431, en carácter transitorio, hasta tanto se realice el concurso para la cobertura del cargo o se dicte un acto administrativo que disponga su reemplazo, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 5
de la Ley N 5682 y Decreto Acuerdo N 9573-G-2011, a partir del 21 de marzo de 2011.ARTICULO 2.- Téngase por reconocido el ADICIONAL POR RESPONSABILIDAD
JERARQUICA previsto en el artículo 11 inciso c de la Ley 4413, a la C.P.N. SABINA EVA MAZA, DNI N 16.186.431, Categoría A-3, Planta Permanente de la Dirección Provincial de Rentas, a partir del 21 de marzo de 2011, fecha de notificación de la Resolución Interna N 286/11.ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriores, se atenderá con las siguientes partidas:
EJERCICIOS 2016 Y 2017:
Jurisdicción C
MINISTERIO DE HACIENDA
U. de O.
3-F DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS
Finalidad 1
ADMINISTRACIÓN GENERAL
Función 1
ADMINISTRACIÓN FISCAL
Sección 1
EROGACIONES CORRIENTES
Sector 1
OPERACIÓN
Part.Ppal.
1 PERSONAL
Part.Pcial.
1 PLANTA PERMANENTE
Part.S.S.Pcial 2
ADICIONALES
Part.S.S.Pcial. 18 Adicional por Responsabilidad Jerárquica Personal Profesional Ejercicios 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015:
Con la Partida 3-10-15-01-26 "P/pago de Obligaciones no comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios anteriores", correspondiente a la U. de O. "L" Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017, Ley N 6001, debiendo cumplirse en la autorización, aprobación y ejecución del gasto con las disposiciones vigentes.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7903-ISPTyV/2018.EXPTE. Nº MA-641-112/2006.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 OCT. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Ratifíquense la Resolución N 36-IJC-2013 y su modificatoria N 43-IJC-2016, dictadas por el Instituto Jujeño de Colonización, y en consecuencia, adjudíquese a Título Gratuito al Sr.
Licantica, Esteban René DNI N 27.982.698, la Parcela N 555, Padrón M-1443, con una superficie de 340 Has 9782,10 m2 ubicado en el Distrito Ciénega de Paicone, Departamento Santa Catalina, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura y División aprobado bajo el N 11025 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 27 de Enero de 2011.ARTÍCULO 2.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N 5206 y Decreto N 789-G-2004 y el Articulo 15 primer apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTÍCULO 3.- Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto Nacional N 456/97 y el artículo 15 segundo apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTÍCULO 4.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese titulares de las Minas y Cateos.ARTÍCULO 5.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la Escritura Traslativa de Dominio a favor de los adjudicatarios.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8008-ISPTyV/2018.EXPTE. Nº MA-641-162/2005.SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 NOV. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Ratifícase la Resolución N 29/2011-IJC de fecha 12 de Diciembre de 2011, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase a Título Gratuito a la Sra. Cristina Patagua, DNI N 10.347.717 la Parcela N 999, Padrón K-5290 con una superficie de 207 Has 7900,44
m2 ubicado en el Distrito Puesto del Marques, Departamento Cochinoca, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones aprobado bajo el N 08553 por la Dirección Provincial de Inmuebles, en fecha 21 de Octubre de 2008.ARTÍCULO 2.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N 5206 y Decreto N 789-G-2004 y el Articulo 15 primer apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTÍCULO 3.- Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto Nacional N 456/97, Artículo 15 segundo apartado del Convenio N 169 de O.I.T.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8362-ISPTyV/2018.EXPTE. Nº MA-641-196/2005.SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DIC. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Ratifíquese la Resolución 03/2017-IJC de fecha 14 de Febrero de 2017, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudíquese a Título Gratuito a la Sra. Norma Francisca Gaspar, DNI N 11.183.084, la Parcela 1001, Padrón K-5292, con una superficie de 159 Has 0483,59 m2 ubicada en el Distrito Puesto del Marques, Departamento Cochinoca, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones aprobado bajo el N 08553 por la Dirección Provincial de Inmuebles, en fecha 21 de Octubre de 2008.ARTÍCULO 2.- Establézcase que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existan o en un futuro se creen en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N 5206 y Decreto N 789-G-2004 y el Artículo 15 primer apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTÍCULO 3.- Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto Nacional N 456/97 y el artículo 15 segundo apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTÍCULO 4.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese este acto a los titulares de las Minas y Cateos.ARTÍCULO 5.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 8723-S/2019.EXPTE. Nº 715-1342/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 FEB. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase a la Dirección del Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana" a realizar el llamado a la Licitación Publica N 1/2018 para la Contratación del Servicio de Vigilancia Privada para el Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana" por los meses de abril a diciembre 2019, quedando expresamente facultado el mencionado organismo para continuar, adjudicar, aprobar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución , adjudicación y rendición de cuentas.ARTÍCULO 2º.- La presente erogación se atenderá con la siguiente partida presupuestaria:
JURISDICCION
R MINISTERIO DE SALUD
U. DE O.
6103 HOSP. MATERNO INFANTIL DR. HECTOR QUINTANA
FINALIDAD
3 SALUD
FUNCION
1 ATENCION MÉDICA
SECCION
1 EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR
1 OPERACIÓN
PART. PPAL.
2 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES
PART. S. PCIAL.
2 SERVICIOS NO PERSONALES
PART. SUB. PPAL. 89 SERVICIOS NO PERSONALES - SEGURIDAD
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCIÓN Nº 006765-S/2019.Expte. Nº 715-1342/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 AGO. 2019.EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Al solo efecto de su regularización administrativa téngase por aprobado el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Publica N 001/2019 para la Contratación del Servicio de Vigilancia Privada para el Hospital Materno InfantilDr. Héctor Quintana por el termino de nueve meses, por el monto estimado de contratación de pesos Dieciocho millones Con 00/10 ctvs.
$18.000.000,00 y sus pertinentes Anexos, de conformidad a lo expresado en el exordio.Dr. Gustavo Alfredo Bouhid Ministro de Salud DECRETO Nº 8749-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº MA 641-124/2007.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 FEB. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Ratificase la Resolución N 13/2014-IJC de fecha 25 de Agosto de 2014, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudicase a Título Gratuito al Sr. Regino Flores, DNI N 22.999.053, la Parcela N 571, Padrón M-1464 con una superficie de 583 Has 9.910,38 m2
ubicado en el Distrito de Paicone, Departamento Santa Catalina, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracción aprobado bajo el N 10590 por la Dirección Provincial de Inmuebles, en fecha 23
de Diciembre de 2010.
ARTICULO 2.- Establécese que los Recursos Naturales y Parques Provinciales y Nacionales que existirán o a crearse en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N 5206 y Decreto N 789-G-2004 y el Articulo 15 primer apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTICULO 3.-Dispónese que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existieran en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación, Decreto Nacional N 456/97, Artículo 15 segundo apartado del Convenio N 169 de O.I.T.ARTICULO 4.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese este acto a los titulares de las Minas y Cateos.ARTICULO 5.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaísArgentina

Fecha05/09/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1199

Primera edición10/01/2018

Ultima edición21/05/2024

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