Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 16/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 34

Viernes, 16 de febrero de 2024

Pág. 2594

los daños y perjuicios causados.
2. Las infracciones y sanciones recogidas en esta Ordenanza se entienden sin perjuicio en su caso, de las posibles responsabilidades penales por daños a bienes de dominio público o por crear situaciones de peligro grave para el tráfico o las personas, en su caso.
Artículo 91. Prescripción de las sanciones.
1. Las sanciones impuestas por la comisión de infracciones leves prescribirán al año; las impuestas por faltas graves a los dos años; y las impuestas por infracciones muy graves a los tres años.
2. El plazo de prescripción de las sanciones empezará a contarse desde el día siguiente a aquel en que sea ejecutable la resolución por la que se impone la sanción o haya transcurrido el plazo para recurrirla.
3. Interrumpirá la prescripción, la iniciación con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si aquel está paralizado durante más de un mes por causa no imputable al infractor.
Disposiciones adicionales Disposición adicional primera De conformidad con el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, todas las denominaciones que se hagan en género masculino para referirse a personas se entenderán referidas tanto a mujeres como a hombres, de acuerdo con los criterios establecidos por la Real Academia Española.
Disposición adicional segunda En el marco de esta Ordenanza serán objeto de especial protección los datos personales contenidos en la información que use el Ayuntamiento y sus organismos públicos vinculados o dependientes, garantizando en todo caso, los derechos inherentes a la protección de los datos personales, para lo cual se establecerán las medidas de seguridad que impidan cualquier trazabilidad personal no amparada por la finalidad o el consentimiento.
Con carácter general se estará al cumplimiento del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo y de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Disposición adicional tercera El Ayuntamiento de Torredelcampo, desde las competencias derivadas de esta Ordenanza, desarrollará iniciativas para mejorar la calidad ambiental del municipio.
Disposición transitoria única Las disposiciones relativas a limpieza de espacios utilizados para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas sujetos a contratos o concesiones

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 16/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha16/02/2024

Nro. de páginas110

Nro. de ediciones5626

Primera edición02/01/2003

Ultima edición04/06/2024

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