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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 29/10/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén
Número 209
Jueves, 29 de octubre de 2020
Pág. 13188
con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. art. 239.4 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre Reguladora de la Jurisdicción Social. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá consignar la cantidad de 25 euros en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones Judiciales aperturada en Banco de Santander con el núm.
2090/0000/30/0065/20.
Póngase la presente resolución en conocimiento del Registro Público concursal para su conocimiento y anotación del despacho de ejecución frente a la empresa demandada.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Iltma. Sra. D MARÍA DOLORES MARTÍN CABRERA, MAGISTRADO-JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE JAEN. Doy fe . EL ILMO. SR.
MAGISTRADO-JUEZ
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación al demandado SALCHICHERÍA EXTREMEÑA HERMANOS GARCÍA
IZQUIERDO S.L ., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
Jaén, a 05 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, MIGUEL ÁNGEL RIVAS CARRASCOSA.