Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 23/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 161

Viernes, 23 de agosto de 2019

Pág. 11912

Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con núm. 2513-0000-61-0423-19 del BANCO
DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese Entidad Gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en ja citada norma en sus art. 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la condición de trabajadores, o con la limitación establecida en el art. 1.3 del mismo texto legal.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PERFUME VIP, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de Auto, Sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Madrid, a 31 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, CARMEN RODRÍGUEZ VOZMEDIANO.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 23/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha23/08/2019

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones5603

Primera edición02/01/2003

Ultima edición03/05/2024

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