Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 30/1/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Pág. 596

BOLETÍN

2 Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.
A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio a instancia de los interesados/as.
Cuarta.Plazo y forma de presentación de documentos.
Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Cazorla o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil.
En el caso de su presentación en las Oficinas de Correos, las instancias se presentarán en sobre abierto, a fin de que por el empleado que admita el envío se estampe el sello de fechas en el documento, de manera que aparezcan, con claridad, el nombre de la Oficina y la fecha de presentación.
En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por telegrama a la Secretaría del Ayuntamiento de Cazorla, en el plazo de 10 días naturales desde que terminó el plazo de presentación de instancias.
Quinta.Derechos de examen.

OFICIAL

Núm. 24 / 30 de Enero de 2003

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Séptima.Procedimiento de selección de los/as aspirantes.
El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición libre.
La selección constará de dos fases: Una fase de Concurso y otra de Oposición libre.
La fase de Concurso será previa a la de Oposición.
Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el aspirante seleccionado. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.
La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
1. Fase de Concurso.
A Méritos Profesionales:
Servicios prestados:
Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Cazorla en plaza o puesto de Delineante o Inspector de Obras o ambos: 0,20 puntos.
Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Locales, en plaza o puesto de Delineante o Inspector de Obras o ambos: 0,10 puntos.

Los derechos de examen serán de 30,05 euros, que deberán abonarse mediante pago directo en las oficinas de la Tesorería Municipal, donde se expedirá al interesado el recibo o carta de pago.

Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de Delineante o Inspector de Obras o ambos: 0,050 puntos.

Los derechos de examen podrán ser satisfechos, también, por medio de Giro Postal o Telegráfico, dirigido a la citada Tesorería, haciendo constar en tales giros el nombre del aspirante y la prueba selectiva a que se presenta, identificándola específicamente.

Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas Privadas, con la categoría de Delineante: 0,030 puntos.
Se establecen los siguientes límites de puntuación para los méritos profesionales alegados, siendo éstos:

Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as, en el supuesto de no ser admitidos/as.

para los del apartado a:

3 puntos.

Para los del apartado b:

2 puntos.

En el documento de ingreso se consignará el nombre del interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.

Para los del apartado c y d: 1 punto.

El justificante de haber efectuado el ingreso deberá acompañarse a la instancia.
Sexta.Lista de admitidos/as y excluidos/as.
Expirado el plazo de presentación de instancias, por el Alcalde-Presidente se dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, e indicando, en su caso, la causa de su exclusión.
En dicha Resolución, que deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, se indicará el lugar en que serán expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días para subsanación del defecto que haya motivado la exclusión.
También se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.
Asimismo, el Excmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, a los efectos de recusación previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992.
Contra la exclusión definitiva podrán interponerse recurso de reposición potestativo ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
B Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.
Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público.
Por la participación como asistente:
Puntos
Hasta 14 horas o 2 días
0,15

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días
0,20

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días
0,30

De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días
0,40

De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días
0,50

De más de 200 horas o más de 40 días
1,00

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
El límite de puntos por los méritos alegados en este apartado se establece en 4 puntos.
Justificación de los méritos alegados.
A Experiencia profesional.
Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 30/1/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaísEspaña

Fecha30/01/2003

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones5629

Primera edición02/01/2003

Ultima edición07/06/2024

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