Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 13/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 237

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Granada, viernes, 13 de diciembre de 2019

La puntuación máxima por este apartado B será de 2,00 puntos.
Las actividades formativas cuyos documentos acreditativos no especifiquen su duración en horas lectivas, se puntuarán con sólo 0,02 puntos.
5. SEGUNDA FASE: SUPUESTO PRÁCTICO.
Las personas aspirantes dispondrán de una hora para la realización de un supuesto práctico a propuesta de la Comisión de Selección, relacionado con el puesto al que se opta.
A continuación se procederá a la lectura del supuesto práctico con un tiempo máximo de 20 minutos, pudiendo la comisión hacer las preguntas aclaratorias que considere necesarias.
La puntuación máxima será de 6,00 puntos.
La realización, tanto de la fase de concurso como de la fase de entrevista tendrá lugar en el mismo día, realizándose la fase de concurso de forma previa y la de realización del supuesto práctico acto seguido, fijándose el día y la hora en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes.
6. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Una vez finalizada la valoración de la segunda fase, la Comisión hará pública la propuesta de nombramiento.
La propuesta, en número igual al de puestos convocados, deberá recaer sobre las personas aspirantes que, habiendo superado la segunda fase, haya/n obtenido mayor puntuación final, sumados los resultados totales de las dos fases.
Junto a la propuesta figurará la relación de aspirantes por orden de puntuación, en la que constarán las puntuaciones obtenidas en cada fase y el resultado final sumados los resultados totales de las dos fases. Sólo podrá ser seleccionado el número de candidatos que coincida con el número de plazas ofertadas para la Agrupación de Trabajo Sociocultural.
En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la segunda fase.
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir supuestos de cese, renuncia, sustitución o baja.
La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá la exclusión de la bolsa, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias, en cuyo caso el aspirante mantendrá su lugar en la bolsa.
- Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de tres años.
La gestión de la bolsa de trabajo constituida corresponderá al Ayuntamiento contratante de la Agrupación, se publicará en la página Web del Ayuntamiento contratante o en el tablón de anuncios del mismo. Además se enviará una copia de la misma a la Diputación Provincial a objeto de ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública.

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7. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
La persona aspirante dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, a contar del día siguiente a aquel en que se haga pública la propuesta de la Comisión, para presentar en la Entidad que vaya a efectuar el nombramiento la documentación que a continuación se indica y tomar posesión, quedando constancia de la comparecencia:
a Fotocopias del D.N.I. y del permiso de conducir en su caso, acompañadas del original para su compulsa.
b Fotocopia del título académico exigido o del documento oficial de solicitud del mismo y abono de los derechos de su expedición, acompañada del original para su compulsa, o en su caso, copia electrónica correspondiente.
c Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a de forma absoluta para el ejercicio de funciones públicas o de forma especial para obtener el empleo público objeto de la convocatoria u otro análogo.
d Declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en causa de incapacidad específica conforme al artículo 36 del Reglamento de Funcionario de Administración Local.
e Declaración jurada o promesa de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión del puesto, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la ley 53/1984, de 26 de diciembre.
8. COMISIÓN DE SELECCIÓN
El tribunal calificador estará integrado por un Presidente y suplente, dos vocales, titulares y suplentes y un Secretario, titular y suplente, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Todo ello de conformidad con el art. 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso al empleo público en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, notificándolo a la autoridad que los haya designado.
El Presidente del Tribunal podrá exigir de los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias anteriormente previstas.
Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del/de la Presidente/a, Secretario/a y de la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente. El Tribunal podrá disponer la incorporación a los trabajos en que se estime pertinente de asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base a las cuales colabora-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 13/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaísEspaña

Fecha13/12/2019

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones5525

Primera edición01/06/2002

Ultima edición07/06/2024

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